martes, 10 de septiembre de 2019

bolsas de trabajo temporal a tiempo parcial de profesores de música en diversas especialidades: Piano, Guitarra, Saxofón, Flauta, Clarinete, Oboe, Percusión, Violín, Trompeta. Ayuntamiento de Massamagrell

Anuncio del Ayuntamiento de Massamagrell sobre aprobación de las bases y convocatoria para la creación de bolsas de trabajo temporal de profesores de música de distintas especialidades. Expediente 3137/2019.
ANUNCIO
Mediante el presente anuncio se pone en conocimiento de todas las personas interesadas, que por Decreto de Alcaldía núm. 2019-0942, de 14 de agosto, se han aprobado las bases y convocatoria para la creación de bolsas de trabajo temporal a tiempo parcial de profesores de música en diversas especialidades, cuyo contenido literal de las mismas es el siguiente:
1.- OBJETO DE LA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL El objeto de la presente convocatoria es la constitución de bolsas de trabajo para la selección y provisión temporal de profesorado de música de diferentes especialidades, para llevar a cabo contratación de personal laboral en los casos en que proceda, cuando el puesto esté vacante o existan necesidades de llevar a cabo sustituciones temporales.
Las bolsas de trabajo de profesor/a serán de las siguientes especialidades:
Piano, Guitarra, Saxofón, Flauta, Clarinete, Oboe, Percusión, Violín, Trompeta, especialidades que todas ellas deberán conocer el lenguaje musical, ya que algunos puestos que imparten dichas especialidades también imparten lenguaje musical.
El procedimiento selectivo será el concurso-oposición, la oposición consistirá en la presentación y exposición de una unidad didáctica y el concurso en la valoración de méritos especificados en estas bases.
2.- RÉGIMEN JURÍDICO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS El régimen jurídico aplicable será el laboral, modalidad contractual por obra o servicio con carácter temporal y a jornada parcial, dependiendo del puesto que ocupe, cuya jornada se informará al aspirante al que se llame en cada momento. El salario será el establecido para cada uno de los puestos en el presupuesto municipal, con una asignación al subgrupo de categoría profesional A2 y con un nivel de complemento de destino 22.
3.- REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario reunir los requisitos del artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (TREBEP).
1.- Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del TREBEP o la de cualquiera de los estados miembros de la Unión Europea en los términos que establece la Ley 17/1993, de 23 de diciembre. En aquellos casos de extranjeros cuya nacionalidad no esté comprendida entre los estados miembros de la Unión Europea, les será de aplicación lo establecido en la Ley 4/2000.
2.- Tener cumplidos 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
3.- Estar en posesión de la titulación que le habilite para impartir la especialidad a la que aspira, o cumplir las condiciones requeridas para obtenerlo. Los títulos extranjeros deberán estar debidamente homologados en la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. A estos efectos las titulaciones serán las siguientes: Título de Grado Medio, Plan del 66 de Música o Título Profesional de Música, Plan 92.
4.- No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las funciones del puesto de trabajo.
5.- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública o inhabilitado en los términos del artículo 56.1. d) del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
6.- No tener antecedentes penales de delitos de naturaleza sexual, requisito que deberá justificarse con el certificado de delitos de naturaleza sexual expedido por el Ministerio de Justicia, se puede obtener en https://sede.mjusticia.gob.es.
Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta la firma del contrato laboral. 
5.- SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas se realizarán mediante instancia dirigida al Sr. Alcalde, sirviendo el modelo de instancia general de que dispone el Ayuntamiento de Massamagrell, que se presentarán en el Registro General del ayuntamiento, ya sea de forma presencial o vía telemática, o a través de cualquier medio previsto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo. A las instancias se deberá adjuntar obligatoriamente la siguiente documentación:
-Fotocopia del DNI.
-Fotocopia de la titulación requerida.
-Fotocopia de todos aquellos méritos a ser valorados por el órgano de selección, relacionados en estas bases.
-Unidad didáctica a desarrollar ante el órgano de selección, que se presentará en sobre cerrado y firmado por el aspirante, salvo si se presenta vía telemática.
- Justificante del abono de las tasas de derechos de examen; la falta de este requisito no será subsanable.
La acreditación de la formación y de la experiencia sólo serán valorables si se acreditan dentro del plazo de presentación de instancias. Y la experiencia quedará demostrada mediante entrega de vida laboral o certificación expedida por el organismo competente, donde conste grupo de cotización, categoría profesional y lugar de desempeño del puesto. Se deberán aportar obligatoriamente junto con la vida laboral, los contratos de trabajo o el certificado de empresa donde conste el puesto de trabajo desempeñado.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de Entrada del ayuntamiento de Massamagrell en horario de oficina de 09:00 a 13:30h, en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el BOP de Valencia {del 11 al 24 de septiembre de 2019, a.i.}; o bien mediante cualquier otra forma de las previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.- PUBLICIDAD DE LAS BASES
Las presentes bases se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia y en el tablón de anuncios de la sede electrónica del Ayuntamiento de Massamagrell https://massamagrell.sedelectronica.es. Los trámites siguientes serán publicados en la sede electrónica del ayuntamiento.

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