miércoles, 5 de junio de 2019

16 plazas de Auxiliar Administrativo/a (C2). Bases. Ayuntamiento de Elda

Convocatoria y las Bases Específicas que han de regir la provisión en propiedad, de 16 plazas de AUXILIAR DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, mediante el sistema de Concurso-Oposición, por el  turno libre:
“BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA PROVEER EN PROPIEDAD, 16 PLAZAS DE AUXILIAR DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, POR TURNO LIBRE (1 RESERVADA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD). 
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y SISTEMA DE SELECCIÓN. Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, 16 plazas de AUXILIAR DE ADMINISTRACIÓN GENERAL, vacantes en la Plantilla de Funcionarios de este Excmo. Ayuntamiento, encuadradas en la Escala de Administración General, Subescala Auxiliar, Grupo C, Subgrupo C2, de los establecidos en el art. 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, correspondientes a las Ofertas de Empleo Público de los años 2017 y 2018, y que incluyen las ofertadas tras la aplicación de la tasa adicional de estabilización de empleo temporal, en los términos previstos en las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de 2017 y 2018. Las 16 plazas convocadas son por el Turno Libre mediante el sistema de Concurso-Oposición, reservando de éstas 1 plaza para personas con un grado de discapacidad física o psíquica reconocida igual o superior al 33%. Las plazas que no se cubran por la reserva a personas con discapacidad serán cubiertas por el turno ordinario.
A la fase de concurso se aplicarán los criterios aprobados mediante negociación colectiva para los procesos que incluyan plazas ofertadas por la tasa de estabilización de empleo temporal. 
TERCERA.-  REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos y, en su caso, tomar parte en las pruebas selectivas correspondientes, las personas aspirantes deberán reunir todos y cada uno de los siguientes requisitos, referidos siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos durante todo el proceso selectivo.  En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.
1. Tener la nacionalidad española o la de cualquiera de los Estados miembros de la Comunidad Europea, en los términos que establece la Ley 17/1993, de 23 de diciembre y los artículos 56 y 57 del Estatuto Básico del Empleado Público. 
2. Tener cumplidos los 16 años, sin exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
3. Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria (ESO), Título de Educación General Básica, Formación Profesional de 1er grado o equivalente. La equivalencia deberá ser reconocida por la Administración competente y debidamente acreditada documentalmente en tal sentido por los aspirantes
4. Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
5.  No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
6. Las personas con discapacidad serán admitidas en igualdad de condiciones con los demás participantes, sin que se establezcan exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas, salvo en los casos en que sean incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones a desarrollar.  A tales efectos, los aspirantes con discapacidad deberán indicar en su solicitud la opción correspondiente a su condición y presentar certificación de dictamen favorable  que acredite la discapacidad, así como el certificado de compatibilidad expedido por el Centro de Orientación, Diagnóstico y Tratamiento de los Servicios Sociales de la Consellería de Bienestar Social u órgano competente de otras Comunidades Autónomas o de la Administración del Estado que acredite su capacidad para desempeñar las tareas y funciones de las plazas objeto de esta convocatoria. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con el resto de los aspirantes, sin perjuicio de la reserva que corresponda en el listado final de aprobados.
CUARTA.-   PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA. Las bases de la presente convocatoria se publicarán  íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 106 de 05/06/2019] y en extracto en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana. Asimismo se publicarán en el Tablón de Anuncios electrónico del Ayuntamiento de Elda (https://eamic.elda.es) y en su página web (http://www.elda.es/recursoshumanos/).
El anuncio de la convocatoria se publicará en el Boletín Oficial del Estado
QUINTA.-  SOLICITUDES DE PARTICIPACIÓN. La solicitud de participación en las pruebas selectivas deberá presentarse, siguiendo las instrucciones indicadas en la página web del Departamento de Recursos Humanos del Excmo. Ayuntamiento de Elda (http://www.elda.es/recursos-humanos/), a través de su Sede Electrónica  (https://eamic.elda.es/) mediante identificación con certificado digital, o de forma presencial a través de la Oficina Municipal de Atención al Ciudadano del Excmo. Ayuntamiento de Elda.

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