viernes, 31 de julio de 2009

organización y funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana a partir del curso académico 2009-2010.

Conselleria d’Educació. ORDE de 14 de juliol de 2009, de la Conselleria d’Educació, per la qual es regula l’organització i el funcionament de les escoles oficials d’idiomes de la Comunitat Valenciana a partir del curs acadèmic 2009-2010. [2009/8953]
ORDEN de 14 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se regula la organización y funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana a partir del curso académico 2009-2010. [2009/8953]
La correcta organización y el buen funcionamiento de los centros docentes constituyen la garantía más inmediata de una actividad educativa eficaz. Con esta finalidad, la presente orden reúne y concreta la nueva normativa publicada desde la aprobación de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para acomodarla a la nueva realidad a partir del curso académico 2009-2010. Pretende, a la vez, optimizar los recursos existentes en las escuelas oficiales de idiomas y dar una respuesta adecuada a las nuevas necesidades del sistema educativo, abriendo la posibilidad de introducir, por ejemplo, nuevas coordinaciones de centro con la finalidad de que toda la comunidad educativa se beneficie de las mismas; así se aspira a que las escuelas oficiales de idiomas se conviertan en un referente de calidad en cuanto a docencia, especialización y certificación.
CAPÍTULO I.- Aspectos generales
Objeto y ámbito de aplicación.- La presente orden tiene por objeto regular la organización y funcionamiento de las escuelas oficiales de idiomas de la Comunitat Valenciana, entendidas como centros públicos que imparten enseñanzas de idiomas de régimen especial, a partir del curso académico 2009-2010.
CAPÍTULO II.- Autonomía pedagógica, de organización y de gestión.
CAPÍTULO III.- Órganos de coordinación docente.
CAPÍTULO IV.- Unidades de escolarización.
CAPÍTULO V.- Horario. Calendario escolar.
CAPÍTULO VI.- Evaluación.
CAPÍTULO VII.- Preinscripción y matriculación.
CAPÍTULO VIII.- Inglés a distancia.
CAPÍTULO IX.- Atención a las diferencias individuales del alumnado.
CAPÍTULO X.- Asesoramiento, difusión y supervisión.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA.
DISPOSICIÓN FINAL.

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