Consell Valencià de l’Esport . RESOLUCIÓ de 21 de juliol de 2009, de la vicepresidenta del Consell Valencià de l’Esport, per la qual es convoquen els XXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana per a xiquets i jóvens en edat escolar i s’aproven les bases per les quals se’n regiran. [2009/8874]
RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2009, de la vicepresidenta del Consell Valencià de l’Esport, por la que se convocan los XXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana para niños y jóvenes en edad escolar y se aprueban las bases por las que se regirán los mismos. [2009/8874]
Convocar los XXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana y aprobar las bases que los regirán, incluidos los modelos de las hojas de inscripción, que figuran en el anexo de la presente resolución.
RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2009, de la vicepresidenta del Consell Valencià de l’Esport, por la que se convocan los XXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana para niños y jóvenes en edad escolar y se aprueban las bases por las que se regirán los mismos. [2009/8874]
Convocar los XXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana y aprobar las bases que los regirán, incluidos los modelos de las hojas de inscripción, que figuran en el anexo de la presente resolución.
ANEXO- BASES GENERALES
1. Participantes.- 1.1. Entidades: Podrán solicitar la participación en los XXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana los centros de enseñanza, clubes deportivos, asociaciones u otras entidades legalmente constituidas cuya sede social se encuentre dentro del territorio de la Comunitat Valenciana. Las entidades podrán inscribir a deportistas, técnicos y delegados que cumplan los requisitos establecidos en las bases 1.1.1 y 1.1.2.
1.1.1. Deportistas: Podrán participar en los XXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana los deportistas nacidos entre el 1 de enero de 1991 y el 31 de diciembre de 2003.
1.1.2. Técnicos y delegados: Entre los técnicos y delegados de las entidades y equipos participantes en los XXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana al menos uno deberá ser mayor de edad, y como responsables de los deportistas participantes deberán tener la suficiente capacitación para inculcar en los mismos los valores que propugnan los Jocs Esportius. Se recomienda que posean la titulación deportiva y/o académica adecuada.
Excepcionalmente, las entidades participantes podrán designar a técnicos mayores de dieciséis años, siempre que éstos hayan superado el curso de entrenador de nivel I de la modalidad correspondiente.
2. Deportes convocados. Estará abierta la inscripción a todos los deportes con federación autonómica legalmente constituida, siempre que cuenten con un mínimo de participantes para poder realizar la competición, de acuerdo con lo estipulado en la presente resolución para cada uno de los deportes y fases.
En la categoría prebenjamín, exclusivamente, se convocará la modalidad multideporte. En la categoría benjamín y alevín se podrá convocar la modalidad multideporte junto con otras modalidades deportivas de acuerdo con las especificaciones establecidas en la base 5.1.3.
En el caso de personas con discapacidad, los deportes, categorías, niveles, fases de competición y calendarios se determinarán en función de las inscripciones que se realicen, así como de las necesidades de los practicantes. Se fomentará la inclusión de las personas con discapacidad en los equipos, jornadas y encuentros de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana y se podrán convocar modalidades deportivas específicas como el goal-ball, boccia, slalom, etc., en las que la participación sea inclusiva.
Las modalidades de fútbol 11 y fútbol sala se regirán exclusivamente por lo dispuesto en las bases 7.1.3. y 7.1.4, así como por las bases de competición correspondientes.
Un deportista no podrá participar en más de una competición de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana en el mismo día.
7.1. Inscripciones..- 7.1.1. Para poder participar, la entidad interesada deberá formalizar la inscripción presentando la siguiente documentación:
– Hoja de inscripción de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana. Una diferente por equipo, deporte y categoría en deportes de asociación o una por entidad, deporte y categoría en los deportes individuales, cumplimentada en todos sus apartados. Será proporcionada en los lugares de inscripción que se determinan en el punto 7.1.2. y a través de la página web del Consell Valencià de l’Esport www.jocsesportiuscv.es, anexo I de la presente resolución.
1. Participantes.- 1.1. Entidades: Podrán solicitar la participación en los XXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana los centros de enseñanza, clubes deportivos, asociaciones u otras entidades legalmente constituidas cuya sede social se encuentre dentro del territorio de la Comunitat Valenciana. Las entidades podrán inscribir a deportistas, técnicos y delegados que cumplan los requisitos establecidos en las bases 1.1.1 y 1.1.2.
1.1.1. Deportistas: Podrán participar en los XXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana los deportistas nacidos entre el 1 de enero de 1991 y el 31 de diciembre de 2003.
1.1.2. Técnicos y delegados: Entre los técnicos y delegados de las entidades y equipos participantes en los XXVIII Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana al menos uno deberá ser mayor de edad, y como responsables de los deportistas participantes deberán tener la suficiente capacitación para inculcar en los mismos los valores que propugnan los Jocs Esportius. Se recomienda que posean la titulación deportiva y/o académica adecuada.
Excepcionalmente, las entidades participantes podrán designar a técnicos mayores de dieciséis años, siempre que éstos hayan superado el curso de entrenador de nivel I de la modalidad correspondiente.
2. Deportes convocados. Estará abierta la inscripción a todos los deportes con federación autonómica legalmente constituida, siempre que cuenten con un mínimo de participantes para poder realizar la competición, de acuerdo con lo estipulado en la presente resolución para cada uno de los deportes y fases.
En la categoría prebenjamín, exclusivamente, se convocará la modalidad multideporte. En la categoría benjamín y alevín se podrá convocar la modalidad multideporte junto con otras modalidades deportivas de acuerdo con las especificaciones establecidas en la base 5.1.3.
En el caso de personas con discapacidad, los deportes, categorías, niveles, fases de competición y calendarios se determinarán en función de las inscripciones que se realicen, así como de las necesidades de los practicantes. Se fomentará la inclusión de las personas con discapacidad en los equipos, jornadas y encuentros de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana y se podrán convocar modalidades deportivas específicas como el goal-ball, boccia, slalom, etc., en las que la participación sea inclusiva.
Las modalidades de fútbol 11 y fútbol sala se regirán exclusivamente por lo dispuesto en las bases 7.1.3. y 7.1.4, así como por las bases de competición correspondientes.
Un deportista no podrá participar en más de una competición de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana en el mismo día.
7.1. Inscripciones..- 7.1.1. Para poder participar, la entidad interesada deberá formalizar la inscripción presentando la siguiente documentación:
– Hoja de inscripción de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana. Una diferente por equipo, deporte y categoría en deportes de asociación o una por entidad, deporte y categoría en los deportes individuales, cumplimentada en todos sus apartados. Será proporcionada en los lugares de inscripción que se determinan en el punto 7.1.2. y a través de la página web del Consell Valencià de l’Esport www.jocsesportiuscv.es, anexo I de la presente resolución.
– Licencia de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana. Esta licencia será gratuita y la única válida para participar en los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana. Será proporcionada en los lugares de inscripción que se determinan en el punto 7.1.2.
En el supuesto caso de presentación incompleta de dicha documentación y conforme con el artículo 71.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, la administración requerirá al interesado para que subsane los defectos, y si el interesado no lo efectúa en plazo, se dictará resolución en los términos previstos en el artículo 42 de la citada ley, decretando el archivo del expediente.
7.1.2. Se podrán formalizar inscripciones en los plazos y lugares siguientes:
7.1.2.1. Deportes de asociación, nivel de promoción, para todas las categorías: la inscripción se realizará en el ayuntamiento correspondiente con fecha límite 8 de octubre de 2009.
7.1.2.2. Deportes de asociación, nivel de iniciación al rendimiento, indicados en la base 4: la inscripción se realizará en las delegaciones territoriales del Consell Valencià de l’Esport correspondiente a su provincia con fecha límite 24 de septiembre de 2009.
7.1.2.3. Deportes individuales, nivel de promoción, para todas las categorías: la inscripción se realizará en el ayuntamiento correspondiente, como mínimo, con 20 días de antelación a la celebración de la primera competición. Excepcionalmente se podrán realizar inscripciones directamente en las delegaciones territoriales del Consell Valencià de l’Esport. Dichas excepciones vendrán determinadas en las bases de competición del correspondiente deporte.
7.1.3. En la modalidad de fútbol 11, los equipos deberán inscribirse en los ayuntamientos, que podrán organizar la correspondiente fase municipal/intermunicipal, finalizando en dicho ámbito la competición.
7.1.4. La modalidad de fútbol sala presentará un nivel único de competición. Las entidades que deseen participar en la modalidad de fútbol sala no podrán inscribir jugadores que posean licencia federada en cualquier modalidad de fútbol para la temporada 2009/10.
7.1.5. Cada ayuntamiento enviará, con fecha límite el 15 de octubre de 2009, a la delegación territorial del Consell Valencià de l’Esport de su provincia, debidamente diligenciada, la siguiente documentación:
– Dos copias de cada una de las hojas de inscripción de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana que se hayan presentado en el ayuntamiento, con el pertinente visto bueno y fecha de entrada en el mismo.
– Información sobre los deportes para los que se organizará fase municipal o, en su caso, intermunicipal.
– Calendario de la competición municipal en caso de que se organice.
En el caso de organizar multideporte, se deberá remitir, además, el proyecto de la actividad que se va a realizar.
– Relación de los deportes y equipos en los que no se pueda organizar competición en categoría alevín, infantil y cadete, y, en su caso, los equipos que pese a tener competición municipal solicitan jugar en otro ámbito de competición.
En el supuesto caso de presentación incompleta de dicha documentación y conforme con el artículo 71.1 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, la administración requerirá al interesado para que subsane los defectos, y si el interesado no lo efectúa en plazo, se dictará resolución en los términos previstos en el artículo 42 de la citada ley, decretando el archivo del expediente.
7.1.2. Se podrán formalizar inscripciones en los plazos y lugares siguientes:
7.1.2.1. Deportes de asociación, nivel de promoción, para todas las categorías: la inscripción se realizará en el ayuntamiento correspondiente con fecha límite 8 de octubre de 2009.
7.1.2.2. Deportes de asociación, nivel de iniciación al rendimiento, indicados en la base 4: la inscripción se realizará en las delegaciones territoriales del Consell Valencià de l’Esport correspondiente a su provincia con fecha límite 24 de septiembre de 2009.
7.1.2.3. Deportes individuales, nivel de promoción, para todas las categorías: la inscripción se realizará en el ayuntamiento correspondiente, como mínimo, con 20 días de antelación a la celebración de la primera competición. Excepcionalmente se podrán realizar inscripciones directamente en las delegaciones territoriales del Consell Valencià de l’Esport. Dichas excepciones vendrán determinadas en las bases de competición del correspondiente deporte.
7.1.3. En la modalidad de fútbol 11, los equipos deberán inscribirse en los ayuntamientos, que podrán organizar la correspondiente fase municipal/intermunicipal, finalizando en dicho ámbito la competición.
7.1.4. La modalidad de fútbol sala presentará un nivel único de competición. Las entidades que deseen participar en la modalidad de fútbol sala no podrán inscribir jugadores que posean licencia federada en cualquier modalidad de fútbol para la temporada 2009/10.
7.1.5. Cada ayuntamiento enviará, con fecha límite el 15 de octubre de 2009, a la delegación territorial del Consell Valencià de l’Esport de su provincia, debidamente diligenciada, la siguiente documentación:
– Dos copias de cada una de las hojas de inscripción de los Jocs Esportius de la Comunitat Valenciana que se hayan presentado en el ayuntamiento, con el pertinente visto bueno y fecha de entrada en el mismo.
– Información sobre los deportes para los que se organizará fase municipal o, en su caso, intermunicipal.
– Calendario de la competición municipal en caso de que se organice.
En el caso de organizar multideporte, se deberá remitir, además, el proyecto de la actividad que se va a realizar.
– Relación de los deportes y equipos en los que no se pueda organizar competición en categoría alevín, infantil y cadete, y, en su caso, los equipos que pese a tener competición municipal solicitan jugar en otro ámbito de competición.
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