Conselleria d’Educació. ORDE de 17 de juliol de 2009, de la Conselleria d’Educació, per la qual es regulen els cursos preparatoris de les proves d’accés a la Formació Professional en centres docents de la Comunitat Valenciana que impartisquen ensenyances de Cicles Formatius i s’establix el procediment d’admissió per a cursar estes ensenyances finançades amb fons públics en centres docents. [2009/8915]
ORDEN de 17 de julio, de 2009 de la Conselleria de Educación, por la que se regulan los cursos preparatorios de las pruebas de acceso a la formación profesional en centros docentes de la Comunitat Valenciana que impartan enseñanzas de Ciclos Formativos y se establece el procedimiento de admisión para cursar estas enseñanzas financiadas con fondos públicos en centros docentes. [2009/8915]
ORDEN de 17 de julio, de 2009 de la Conselleria de Educación, por la que se regulan los cursos preparatorios de las pruebas de acceso a la formación profesional en centros docentes de la Comunitat Valenciana que impartan enseñanzas de Ciclos Formativos y se establece el procedimiento de admisión para cursar estas enseñanzas financiadas con fondos públicos en centros docentes. [2009/8915]
Objeto.- 1. La presente orden tiene por objeto regular los cursos preparatorios de las pruebas de acceso a ciclos de Formación Profesional en la Comunitat Valenciana, cuya superación da derecho al incremento previsto por el artículo 27.2 del Real Decreto 1538/2006, de 15 de diciembre, por el que se establece la Ordenación general de la Formación Profesional del sistema educativo, en relación con el artículo 41.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en la calificación final de la prueba de acceso para aquellos aspirantes que hayan superado con anterioridad el primer nivel de un programa de cualificación profesional inicial o un ciclo formativo de grado medio, sin perjuicio de que otro alumnado asista a los mismos.
2. No obstante lo anterior, el incremento de puntuación en la prueba de acceso será aplicable también a aquellos que con posterioridad a la superación del curso superen a su vez el primer nivel de un programa de cualificación profesional inicial o un ciclo de grado medio, en relación con las pruebas de acceso a ciclos de grado medio y superior, respectivamente.
2. No obstante lo anterior, el incremento de puntuación en la prueba de acceso será aplicable también a aquellos que con posterioridad a la superación del curso superen a su vez el primer nivel de un programa de cualificación profesional inicial o un ciclo de grado medio, en relación con las pruebas de acceso a ciclos de grado medio y superior, respectivamente.
CAPÍTULO I.- Disposiciones generales
CAPÍTULO II.- Los cursos preparatorios de las pruebas de acceso a ciclos de Formación Profesional en la Comunitat.
CAPÍTULO III.- Procedimiento de admisión para cursar estas enseñanzas financiadas en fondos públicos en centros docentes.
CAPÍTULO IV.- Evaluación y prescripciones sobre las pruebas.
DISPOSICIONES ADICIONALES
DISPOSICIONES FINALES
DISPOSICIONES FINALES
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