Conselleria d’Educació . ORDE de 7 de juliol de 2009, de la Conselleria d’Educació, per la qual es regulen i convoquen subvencions a empreses de la Comunitat Valenciana per a incentivar la formalització de contractes indefinits a temps parcial amb alumnes de Formació Professional Inicial. [2009/8544]
ORDEN de 7 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se regulan y convocan subvenciones a empresas de la Comunitat Valenciana para incentivar la celebración de contratos indefinidos a tiempo parcial con alumnos de Formación Profesional Inicial. [2009/8544]
ORDEN de 7 de julio de 2009, de la Conselleria de Educación, por la que se regulan y convocan subvenciones a empresas de la Comunitat Valenciana para incentivar la celebración de contratos indefinidos a tiempo parcial con alumnos de Formación Profesional Inicial. [2009/8544]
Finalidad y objeto de la orden.- La finalidad de la presente orden es establecer las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para fomentar la realización de contratos indefinidos a tiempo parcial de mayores de 18 años que al mismo tiempo cursen ciclos formativos de Formación Profesional Inicial y la convocatoria de concesión de subvenciones para el curso 2009-10.
Cada entidad beneficiaria podrá obtener una cantidad máxima de 7000 euros por cada contratación realizada, devengándose el derecho a su cobro efectivo en el momento de concesión de la subvención.
Beneficiarios de las subvenciones.- 1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones a la contratación
establecidas en las presentes bases reguladoras, las empresas o entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, las comunidades de bienes o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado, en los términos establecidos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que cuenten con centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana, en los cuales deberán prestar sus servicios los alumnos contratados al amparo de esta orden.
2. Estarán excluidas como beneficiarias las administraciones, fundaciones constituidas por entidades públicas, empresas con algún tipo de participación pública o entidades financieras.
establecidas en las presentes bases reguladoras, las empresas o entidades sin ánimo de lucro de carácter privado, las comunidades de bienes o cualquier otra unidad económica o patrimonio separado, en los términos establecidos en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, siempre que cuenten con centros de trabajo radicados en la Comunitat Valenciana, en los cuales deberán prestar sus servicios los alumnos contratados al amparo de esta orden.
2. Estarán excluidas como beneficiarias las administraciones, fundaciones constituidas por entidades públicas, empresas con algún tipo de participación pública o entidades financieras.
Requisitos de las entidades beneficiarias.- 1. Que formalicen un contrato de trabajo indefinido a tiempo parcial con un interesado mayor de 18 años, siempre que se comprometa a permitir y facilitar que se matricule y curse un ciclo formativo relacionado con la prestación laboral objeto del contrato de trabajo y que dicho contrato suponga un incremento de la plantilla fija de la empresa existente en el momento de su celebración.
2. Que estén radicadas en la Comunitat Valenciana, bien por tener el domicilio social o algún centro de trabajo en la misma y que la prestación laboral se desempeñe en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
2. Que estén radicadas en la Comunitat Valenciana, bien por tener el domicilio social o algún centro de trabajo en la misma y que la prestación laboral se desempeñe en el ámbito territorial de la Comunitat Valenciana.
El plazo de presentación de solicitudes finalizará el 30 de septiembre de 2009.
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