jueves, 2 de julio de 2009

ayudas al fomento de la música contemporánea española correspondientes al año 2009. Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música.

MINISTERIO DE CULTURA .Resolución de 18 de junio de 2009, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se convocan ayudas al fomento de la música contemporánea española correspondientes al año 2009.
Finalidad, objeto y ámbito de aplicación.- La presente resolución tiene por objeto la regulación de ayudas al fomento de la música contemporánea, en el marco de las competencias del INAEM y de acuerdo con los objetivos que tiene encomendados, en orden a la preservación del patrimonio musical español y su difusión en el ámbito del territorio del Estado y fuera de sus fronteras, favoreciendo especialmente la comunicación entre las distintas comunidades autónomas, la igualdad de todos los ciudadanos en el acceso a los bienes culturales y la creación y consolidación de nuevos públicos.
Asimismo, estas ayudas tienen como principales objetivos los que se relacionan a continuación:
1. Favorecer la estabilidad de grupos estables o conjuntos de calidad contrastada, que se dediquen en exclusiva o de forma mayoritaria a la difusión de un repertorio de música contemporánea española y universal, con el objeto de aumentar y mejorar su oferta artística en sus temporadas estables y de ampliar su actividad musical en giras nacionales e internacionales.

2. Apoyar proyectos presentados por grupos estables o conjuntos de pequeño y mediano formato y promovidos por intérpretes de prestigio, orientados a la difusión de la creación musical actual, fundamentalmente española e iberoamericana, para favorecer su acceso a nuevos públicos mediante giras y, de este modo, normalizar la presencia de la creación musical actual española en plataformas que actualmente no disponen de una oferta estable para la difusión de este repertorio, tanto en España como en el extranjero.
3. Contribuir a la creación y mantenimiento de un sello discográfico del INAEM, que avale una colección discográfica de prestigio, dedicada en exclusiva a la música española de nueva creación y al repertorio contemporáneo español de calidad, que pueda ser distribuida en España y el extranjero.
4. Fomentar la labor creadora de compositores contemporáneos españoles de prestigio. Por una parte se pretende incentivar el trabajo de composición de los creadores de amplia trayectoria y reconocimiento internacional, que cuenten con una producción de obras de calidad, ya estrenadas y que ya formen parte del patrimonio musical español contemporáneo, con el fin de que mantengan su labor creadora en esa etapa de madurez artística. Por otra parte, se pretende apoyar la labor de creación de compositores españoles
de generaciones más jóvenes que cuentan ya con una obra consolidada difundida en España y en el extranjero, a través de los canales artísticos habituales.
Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva, en las modalidades que se relacionan en el apartado cuarto de la presente resolución y conforme a la normativa vigente en materia de subvenciones públicas.
La concesión de las ayudas reguladas en la presente convocatoria es incompatible con la percepción, para los mismos proyectos, de otras subvenciones del INAEM, tanto en régimen de concurrencia competitiva como nominativas, así como con la percepción de ayudas reintegrables o reembolsables.
Beneficiarios.- Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas, nacionales de Estados de la Unión Europea y demás Estados asociados al Espacio Económico Europeo, que cumplan los requisitos establecidos en la presente resolución, exceptuando la modalidad de ayudas a la creación, que está destinada, en exclusiva, a compositores españoles.

Asimismo, podrán solicitar ayuda las personas y entidades indicadas en el apartado segundo.2 b) de la Orden de 29 de diciembre de 2004.
Modalidades de ayuda y requisitos para participar en cada una de ellas.- Las modalidades de ayuda que se convocan se encuadran en los siguientes programas de actuación:
1. Ayudas a la interpretación de música contemporánea, con especial atención a la música española.
2. Ayuda a la creación y mantenimiento de un sello discográfico del INAEM para una colección estable de música contemporánea española.
3. Ayudas a la creación musical española.

1. Ayudas a la interpretación.–Dentro de este grupo se prevén las siguientes modalidades de ayuda:
A. Ayudas a grupos o conjuntos de reconocido prestigio, ...
B. Ayudas para grupos o conjuntos de reconocido prestigio, de mediano formato, ...
C. Ayudas a grupos estables, conjuntos de pequeño formato o solistas ...

2. Ayudas a la creación y mantenimiento de un sello discográfico del INAEM para una colección estable de música contemporánea española.

3. Ayudas a la creación musical española.–En este ámbito de actuación se prevén dos modalidades de ayuda:
A. Ayudas a compositores de amplia trayectoria. (Mayores de 60 años).
B. Ayudas a compositores españoles de edades comprendidas entre 30 y 59 años.
Determinación de las cuantías.- Las cuantías máximas individuales para cada ayuda serán las que se relacionan a continuación:
• Modalidad 1A. Se concederán un máximo de cuatro ayudas de hasta 200.000 euros cada una.
• Modalidad 1B. Se concederán un máximo de cinco ayudas de hasta 60.000 euros cada una.
• Modalidad 1C. Se concederán un máximo de diez ayudas de hasta 30.000 euros cada una.
• Modalidad 2. Se concederá una ayuda de un máximo de 150.000 euros.
• Modalidad 3A. Se concederán siete ayudas de 40.000 euros.
• Modalidad 3B. Se concederán trece ayudas de 20.000 euros.
Lugar y plazo de presentación de solicitudes.- Las solicitudes podrán presentarse en los servicios correspondientes de las comunidades autónomas o en las dependencias centrales del INAEM, Plaza del Rey, 1, 28004 Madrid, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 38.4 de la LRJ-PAC).
Asimismo, podrán presentarse a través de la oficina virtual –Registro Telemático– del Ministerio de Cultura (
http://www.mcu.es/registro ). En este caso, la solicitud se cumplimentará con la aplicación informática establecida al efecto, siempre que se posea un certificado de firma electrónica válido, expedido por la Fabrica Nacional de Moneda y Timbre u otra autoridad certificadora reconocida.
Los peticionarios que deseen presentar por vía telemática proyectos en distintas modalidades, deberán realizar una solicitud por cada proyecto.
El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.[DEL 3 AL 22 DE JULIO, A.I.]

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