Objeto y modalidades de las ayudas.- Esta convocatoria concreta las modalidades de ayudas de la Acción Formativa de MUFACE, las condiciones y requisitos específicos para acceder a ellas por parte de los mutualistas y sus beneficiarios, determinando su número y cuantías.
La finalidad de estas ayudas es posibilitar la promoción social y cultural, por la vía de estudios universitarios, de los mutualistas y de sus hijos y huérfanos, mediante aportaciones económicas, con cargo a los créditos presupuestarios de MUFACE para esta finalidad, en forma de becas de estudio para mutualistas y becas de residencia para los hijos y huérfanos de mutualistas que se vean precisados a desplazarse de la localidad donde radica el domicilio familiar para realizar los estudios universitarios o de nivel equivalente que hubieran elegido.
Asimismo forman parte de esta convocatoria las becas de estudio para cursar estudios de Ingeniería Agronómica Superior, con cargo al Legado Casado de la Fuente.
La finalidad de estas ayudas es posibilitar la promoción social y cultural, por la vía de estudios universitarios, de los mutualistas y de sus hijos y huérfanos, mediante aportaciones económicas, con cargo a los créditos presupuestarios de MUFACE para esta finalidad, en forma de becas de estudio para mutualistas y becas de residencia para los hijos y huérfanos de mutualistas que se vean precisados a desplazarse de la localidad donde radica el domicilio familiar para realizar los estudios universitarios o de nivel equivalente que hubieran elegido.
Asimismo forman parte de esta convocatoria las becas de estudio para cursar estudios de Ingeniería Agronómica Superior, con cargo al Legado Casado de la Fuente.
Solicitudes, plazo y documentación.– Las becas se solicitarán en los impresos que facilitarán a dicho fin los Servicios Provinciales de MUFACE, o que se obtengan a través de su página web (www.map.es/muface/ ).
Las solicitudes se dirigirán a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y se presentarán en cualquiera de sus oficinas de registro, ya sea directamente o bien por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de la solicitud y documentación será desde que se pueda acreditar el cumplimiento del requisito establecido en el epígrafe 1.2.C) hasta el 31 de diciembre de 2010, inclusive.
La documentación que ha de acompañar a la solicitud de beca de estudio será la indicada en el Anexo III, apartado 0 y apartado I.
Las solicitudes se dirigirán a la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado y se presentarán en cualquiera de sus oficinas de registro, ya sea directamente o bien por cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de la solicitud y documentación será desde que se pueda acreditar el cumplimiento del requisito establecido en el epígrafe 1.2.C) hasta el 31 de diciembre de 2010, inclusive.
La documentación que ha de acompañar a la solicitud de beca de estudio será la indicada en el Anexo III, apartado 0 y apartado I.
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