Conselleria de Medi Ambient, Aigua, Urbanisme i Habitatge. DECRET 90/2009, de 26 de juny, del Consell, pel qual s’aprova el Reglament d’Habitatges de Protecció Pública. [2009/7676]
DECRETO 90/2009, de 26 de junio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Pública. [2009/7676]
DECRETO 90/2009, de 26 de junio, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Viviendas de Protección Pública. [2009/7676]
Objeto y ámbito.- 1. El presente reglamento tiene por objeto el desarrollo de la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Generalitat, de la Vivienda de la Comunitat Valenciana.
Asimismo, establece el conjunto de actuaciones, derechos y obligaciones de los agentes públicos, privados y sociales implicados en el sector de la vivienda y asigna competencias en esta materia.
Su ámbito alcanza a las bases, criterios y requisitos de las medidas de fomento y prestación directa establecidas o reguladas por la Generalitat para incentivar las actuaciones protegidas.
Las medidas de fomento y de prestación directa de la vivienda y suelo, se ajustarán a los preceptos contenidos en la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Generalitat, de la Vivienda de la Comunitat Valenciana, a los de este Reglamento y disposiciones complementarias, y a los de los planes de vivienda y suelo que se establezcan.
Sin perjuicio de lo que dispongan los planes de vivienda y suelo, las medidas de fomento podrán adoptar cualquiera de las siguientes modalidades:
a) Financiación específica de los planes de vivienda, integrada por préstamos específicos y ayudas económicas directas conforme a este Reglamento y a lo dispuesto en los planes de vivienda y suelo.
b) Exenciones y bonificaciones tributarias establecidas mediante norma con rango de ley.
c) Criterios de preferencia para el acceso a la financiación específica de los planes de vivienda.
d) Actuaciones computables en adjudicaciones o aprobaciones administrativas.
e) Distintivos y reconocimientos.
f) Medidas de fomento para incrementar la sostenibilidad en los edificios de vivienda, en los términos establecidos por los Planes de Vivienda y Suelo.
g) Medidas de fomento para la intermediación social en materia de vivienda.
h) Cualquier otra modalidad apropiada para el fomento de las actuaciones protegibles y para el acceso a la vivienda.
2. Queda excluida del presente reglamento la regulación de la rehabilitación de edificios y viviendas, la rehabilitación urbana, así como la regulación de las viviendas de promoción pública.
ÍNDICE
TÍTULO PRELIMINAR - Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito
Artículo 2. Tipología de viviendas de protección pública
Artículo 3. Planes de vivienda y suelo. Planes propios y complementarios
Artículo 4. Acceso a la financiación de actuaciones protegidas
TÍTULO PRIMERO. Régimen jurídico de las viviendas de protección pública de nueva construcción
Capítulo I. Concepto y ámbito
Artículo 5. Concepto y clasificación
Artículo 6. Duración del periodo de protección
Artículo 7. Ámbito de la protección
Artículo 8. Normas de diseño y calidad
Artículo 9. Terrenos
Artículo 10. Módulos de venta y renta
Capítulo II. Régimen del derecho de acceso a la vivienda de protección pública de nueva construcción
Artículo 11. Régimen de uso y acceso a la propiedad
Artículo 12. Entrega y ocupación. Destino
Artículo 13. Percepción de cantidades a cuenta
Artículo 14. Cláusulas de inserción obligatoria en los contratos
Artículo 15. Procedimiento de visado de contratos y Registro de contratos
Artículo 16. Elevación a escritura pública
Capítulo III. Calificación provisional
Artículo 17. Solicitud de calificación provisional
Artículo 18. Supuestos especiales de solicitud de calificación provisional
Artículo 19. Concesión de la calificación provisional
Artículo 20. Necesidad de calificación de las actuaciones referidas a la adquisición y urbanización de suelo para vivienda protegida
Artículo 21. Efectos de la concesión de la calificación provisional
Artículo 22. Modificación de la calificación provisional
Artículo 23. Efectos de la caducidad, desistimiento y renuncia
Capítulo IV. Calificación definitiva
Artículo 24. Solicitud de la calificación definitiva
Artículo 25. Concesión de la calificación definitiva
Artículo 26. Denegación de la calificación definitiva
Artículo 27. Toma de razón en el Registro de la Propiedad
Artículo 28. Efectos de la calificación definitiva
Artículo 29. Modificación de la calificación definitiva
Asimismo, establece el conjunto de actuaciones, derechos y obligaciones de los agentes públicos, privados y sociales implicados en el sector de la vivienda y asigna competencias en esta materia.
Su ámbito alcanza a las bases, criterios y requisitos de las medidas de fomento y prestación directa establecidas o reguladas por la Generalitat para incentivar las actuaciones protegidas.
Las medidas de fomento y de prestación directa de la vivienda y suelo, se ajustarán a los preceptos contenidos en la Ley 8/2004, de 20 de octubre, de la Generalitat, de la Vivienda de la Comunitat Valenciana, a los de este Reglamento y disposiciones complementarias, y a los de los planes de vivienda y suelo que se establezcan.
Sin perjuicio de lo que dispongan los planes de vivienda y suelo, las medidas de fomento podrán adoptar cualquiera de las siguientes modalidades:
a) Financiación específica de los planes de vivienda, integrada por préstamos específicos y ayudas económicas directas conforme a este Reglamento y a lo dispuesto en los planes de vivienda y suelo.
b) Exenciones y bonificaciones tributarias establecidas mediante norma con rango de ley.
c) Criterios de preferencia para el acceso a la financiación específica de los planes de vivienda.
d) Actuaciones computables en adjudicaciones o aprobaciones administrativas.
e) Distintivos y reconocimientos.
f) Medidas de fomento para incrementar la sostenibilidad en los edificios de vivienda, en los términos establecidos por los Planes de Vivienda y Suelo.
g) Medidas de fomento para la intermediación social en materia de vivienda.
h) Cualquier otra modalidad apropiada para el fomento de las actuaciones protegibles y para el acceso a la vivienda.
2. Queda excluida del presente reglamento la regulación de la rehabilitación de edificios y viviendas, la rehabilitación urbana, así como la regulación de las viviendas de promoción pública.
ÍNDICE
TÍTULO PRELIMINAR - Disposiciones generales
Artículo 1. Objeto y ámbito
Artículo 2. Tipología de viviendas de protección pública
Artículo 3. Planes de vivienda y suelo. Planes propios y complementarios
Artículo 4. Acceso a la financiación de actuaciones protegidas
TÍTULO PRIMERO. Régimen jurídico de las viviendas de protección pública de nueva construcción
Capítulo I. Concepto y ámbito
Artículo 5. Concepto y clasificación
Artículo 6. Duración del periodo de protección
Artículo 7. Ámbito de la protección
Artículo 8. Normas de diseño y calidad
Artículo 9. Terrenos
Artículo 10. Módulos de venta y renta
Capítulo II. Régimen del derecho de acceso a la vivienda de protección pública de nueva construcción
Artículo 11. Régimen de uso y acceso a la propiedad
Artículo 12. Entrega y ocupación. Destino
Artículo 13. Percepción de cantidades a cuenta
Artículo 14. Cláusulas de inserción obligatoria en los contratos
Artículo 15. Procedimiento de visado de contratos y Registro de contratos
Artículo 16. Elevación a escritura pública
Capítulo III. Calificación provisional
Artículo 17. Solicitud de calificación provisional
Artículo 18. Supuestos especiales de solicitud de calificación provisional
Artículo 19. Concesión de la calificación provisional
Artículo 20. Necesidad de calificación de las actuaciones referidas a la adquisición y urbanización de suelo para vivienda protegida
Artículo 21. Efectos de la concesión de la calificación provisional
Artículo 22. Modificación de la calificación provisional
Artículo 23. Efectos de la caducidad, desistimiento y renuncia
Capítulo IV. Calificación definitiva
Artículo 24. Solicitud de la calificación definitiva
Artículo 25. Concesión de la calificación definitiva
Artículo 26. Denegación de la calificación definitiva
Artículo 27. Toma de razón en el Registro de la Propiedad
Artículo 28. Efectos de la calificación definitiva
Artículo 29. Modificación de la calificación definitiva
Artículo 30. Extinción del régimen jurídico de protección pública
Capítulo V. Supuestos especiales de calificación
Artículo 31. Viviendas destinadas a personas con discapacidad
Artículo 32. Viviendas destinadas a familias numerosas
Artículo 33. Cooperativas de viviendas y comunidades de propietarios
Artículo 34. Promociones por fases
Artículo 35. Promociones mixtas
Artículo 36. Edificaciones en construcción o terminados
Artículo 37. Alojamientos de emergencia
TÍTULO SEGUNDO. Financiación actuaciones protegidas
Artículo 38. Concepto
Artículo 39. Condiciones presupuestarias
Artículo 40. Definiciones y conceptos
Artículo 41. Comprobaciones tributarias, administrativas y registrales
TÍTULO TERCERO. Consejo Asesor de la Vivienda de la Comunitat Valenciana
Artículo 42. Carácter y fines
Artículo 43. Atribuciones del Consejo
Artículo 44. Composición
Artículo 45. Estatuto de los miembros
Artículo 46. Periodicidad de la sesiones
Artículo 47. Quórum y régimen de votación
DISPOSICIONES ADICIONALES
Capítulo V. Supuestos especiales de calificación
Artículo 31. Viviendas destinadas a personas con discapacidad
Artículo 32. Viviendas destinadas a familias numerosas
Artículo 33. Cooperativas de viviendas y comunidades de propietarios
Artículo 34. Promociones por fases
Artículo 35. Promociones mixtas
Artículo 36. Edificaciones en construcción o terminados
Artículo 37. Alojamientos de emergencia
TÍTULO SEGUNDO. Financiación actuaciones protegidas
Artículo 38. Concepto
Artículo 39. Condiciones presupuestarias
Artículo 40. Definiciones y conceptos
Artículo 41. Comprobaciones tributarias, administrativas y registrales
TÍTULO TERCERO. Consejo Asesor de la Vivienda de la Comunitat Valenciana
Artículo 42. Carácter y fines
Artículo 43. Atribuciones del Consejo
Artículo 44. Composición
Artículo 45. Estatuto de los miembros
Artículo 46. Periodicidad de la sesiones
Artículo 47. Quórum y régimen de votación
DISPOSICIONES ADICIONALES
Primera. Delegación en conseller competente en materia de vivienda de la facultad para la cesión gratuita de uso de bienes inmuebles
Segunda. Suscripción de Convenios
Tercera. Selección de adjudicatarios de viviendas protegidas
Cuarta. Medidas de colaboración con el Colegio Oficial de Arquitectos de la Comunitat Valenciana en materia de revisión de proyectos de viviendas protegidas
Quinta. Supletoriedad de la normativa estatal
Sexta. Convenios con entidades de crédito y ministerio competente en materia de vivienda
Séptima. Medidas excepcionales
Octava. Denominación de las viviendas protegidas
Novena. Requisito de acceso, precios de venta y renta y bonificaciones en viviendas de promoción pública
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera. Aplicabilidad del presente reglamento
Segunda. Revisión de los proyectos de viviendas
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
Segunda. Suscripción de Convenios
Tercera. Selección de adjudicatarios de viviendas protegidas
Cuarta. Medidas de colaboración con el Colegio Oficial de Arquitectos de la Comunitat Valenciana en materia de revisión de proyectos de viviendas protegidas
Quinta. Supletoriedad de la normativa estatal
Sexta. Convenios con entidades de crédito y ministerio competente en materia de vivienda
Séptima. Medidas excepcionales
Octava. Denominación de las viviendas protegidas
Novena. Requisito de acceso, precios de venta y renta y bonificaciones en viviendas de promoción pública
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Primera. Aplicabilidad del presente reglamento
Segunda. Revisión de los proyectos de viviendas
DISPOSICIÓN DEROGATORIA ÚNICA
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
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