MINISTERIO DE EDUCACIÓN. Orden EDU/1795/2009, de 23 de junio, por la que se convocan subvenciones para favorecer la movilidad de profesores visitantes y de estudiantes en enseñanzas universitarias oficiales de máster para el curso académico 2009-2010, incluidos los desarrollados conjuntamente por universidades francesas y españolas.
Objeto y modalidades de la convocatoria.- 1. Esta convocatoria tiene por objeto la concesión de subvenciones para la realización de estancias de movilidad de profesores visitantes y de estudiantes de las universidades españolas, públicas y privadas sin fin de lucro, en las enseñanzas universitarias oficiales de máster en el curso 2009-2010, contribuyendo a la creación del Espacio Europeo de Educación Superior.
2. Las subvenciones estarán destinadas exclusivamente a las estancias de movilidad en los másteres oficiales que impartan las universidades españolas en el curso 2009-2010, según con lo previsto en el RD 1393/2007, de 29 de octubre, o en su caso en el RD 56/2005, de 21 de enero y en las resoluciones de la Dirección General de Universidades, de 16 de julio de 2008, sobre diversos aspectos relativos a las enseñanzas de máster y doctorado en la nueva ordenación universitaria y en la de 28 de octubre de 2008, por la que se establece el procedimiento abreviado de verificación de enseñanzas oficiales de máster.
3. Se excluyen expresamente de esta convocatoria las estancias de movilidad para realizar estudios de doctorado regulados por el RD 778/1998 y RD 56/2005, así como para realizar el período de investigación de un programa de doctorado regulado por el RD 1393/2007.
4. Las subvenciones para el curso académico 2009-2010, se referirán a alguna de las modalidades siguientes:
a) Movilidad de profesores visitantes en los términos definidos en el capítulo I de la presente convocatoria.
b) Movilidad de estudiantes en los términos definidos en el capítulo II de la presente convocatoria.
c) Movilidad de profesores y estudiantes para enseñanzas oficiales de máster desarrollados conjuntamente por universidades francesas y españolas, en los términos definidos en el capítulo III de la presente convocatoria.
2. Las subvenciones estarán destinadas exclusivamente a las estancias de movilidad en los másteres oficiales que impartan las universidades españolas en el curso 2009-2010, según con lo previsto en el RD 1393/2007, de 29 de octubre, o en su caso en el RD 56/2005, de 21 de enero y en las resoluciones de la Dirección General de Universidades, de 16 de julio de 2008, sobre diversos aspectos relativos a las enseñanzas de máster y doctorado en la nueva ordenación universitaria y en la de 28 de octubre de 2008, por la que se establece el procedimiento abreviado de verificación de enseñanzas oficiales de máster.
3. Se excluyen expresamente de esta convocatoria las estancias de movilidad para realizar estudios de doctorado regulados por el RD 778/1998 y RD 56/2005, así como para realizar el período de investigación de un programa de doctorado regulado por el RD 1393/2007.
4. Las subvenciones para el curso académico 2009-2010, se referirán a alguna de las modalidades siguientes:
a) Movilidad de profesores visitantes en los términos definidos en el capítulo I de la presente convocatoria.
b) Movilidad de estudiantes en los términos definidos en el capítulo II de la presente convocatoria.
c) Movilidad de profesores y estudiantes para enseñanzas oficiales de máster desarrollados conjuntamente por universidades francesas y españolas, en los términos definidos en el capítulo III de la presente convocatoria.
Beneficiarios.- 1. Los beneficiarios de las subvenciones convocadas serán los profesores y los estudiantes que participen como docentes o alumnos matriculados en enseñanzas universitarias oficiales de máster en el curso 2009-2010.
Formalización de solicitudes y plazo de presentación.- 1. Las solicitudes se cumplimentarán en los impresos que estarán disponibles en la dirección de Internet: http://www.educacion.es/ .
2. El plazo de presentación de solicitudes es el que figura para cada modalidad de ayuda en el capítulo correspondiente.
Formalización de solicitudes y plazo de presentación.- 1. Las solicitudes se cumplimentarán en los impresos que estarán disponibles en la dirección de Internet: http://www.educacion.es/ .
2. El plazo de presentación de solicitudes es el que figura para cada modalidad de ayuda en el capítulo correspondiente.
Modalidad A.- Subvenciones para las estancias de movilidad de profesores visitantes. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días naturales a partir del siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOE.[del 7 al 21 de julio,a.i.]. Presentación de la documentación y plazo para las universidades.- El plazo de presentación de las solicitudes y documentación señalada en el punto primero de este artículo, por el procedimiento indicado en el artículo 4 de la presente convocatoria, será de 15 días naturales contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de los profesores visitantes a las universidades.
Modalidad B.- Subvenciones para movilidad de estudiantes. El plazo de presentación de las solicitudes por los estudiantes será desde el 1 de septiembre hasta el 17 de septiembre de 2009.
Presentación de la documentación por las universidades.- 1. Finalizado el proceso de valoración de las solicitudes por la comisión académica de la universidad, el coordinador de cada programa de máster, procederá de acuerdo con lo señalado en el artículo 4.6 de la convocatoria a cumplimentar el formulario y remitirlo en el plazo comprendido entre el 5 al 19 de octubre de 2009.
Modalidad C.-Subvenciones para movilidad de profesores y estudiantes en másteres conjuntos desarrollados por universidades francesas y españolas.
Presentación del proyecto de cooperación, formalización de solicitudes de movilidad y plazos de presentación..- 1. Los coordinadores de las universidades españolas que participen en másteres conjuntos hispano-franceses, presentarán la memoria del proyecto de cooperación en el modelo de impreso que estará disponible en la dirección de Internet http://www.educacion.es/ remitiéndolos directamente la Dirección General de Política Universitaria.
6. El plazo de presentación del proyecto de cooperación o la memoria en el caso de los seleccionados en el curso 2008-2009, será de 15 días naturales desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.[del 7 al 21 de julio, a.i.]
7. El plazo de presentación de las solicitudes de movilidad de profesores se publicará y comunicará a los coordinadores una vez seleccionados los proyectos de acuerdo con lo que se establece en el artículo 44. El plazo de presentación de las solicitudes de estudiantes será el establecido en capítulo II de la presente convocatoria.
8. Las solicitudes tanto de nuevos proyectos como de las memorias de seguimiento de proyectos ya seleccionados para el curso 2008-2009, se presentarán directamente en la Dirección General de Política Universitaria, con la documentación a la que se refiere, en cada caso los puntos anteriores de este artículo.
Presentación de la documentación por las universidades.- 1. Finalizado el proceso de valoración de las solicitudes por la comisión académica de la universidad, el coordinador de cada programa de máster, procederá de acuerdo con lo señalado en el artículo 4.6 de la convocatoria a cumplimentar el formulario y remitirlo en el plazo comprendido entre el 5 al 19 de octubre de 2009.
Modalidad C.-Subvenciones para movilidad de profesores y estudiantes en másteres conjuntos desarrollados por universidades francesas y españolas.
Presentación del proyecto de cooperación, formalización de solicitudes de movilidad y plazos de presentación..- 1. Los coordinadores de las universidades españolas que participen en másteres conjuntos hispano-franceses, presentarán la memoria del proyecto de cooperación en el modelo de impreso que estará disponible en la dirección de Internet http://www.educacion.es/ remitiéndolos directamente la Dirección General de Política Universitaria.
6. El plazo de presentación del proyecto de cooperación o la memoria en el caso de los seleccionados en el curso 2008-2009, será de 15 días naturales desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.[del 7 al 21 de julio, a.i.]
7. El plazo de presentación de las solicitudes de movilidad de profesores se publicará y comunicará a los coordinadores una vez seleccionados los proyectos de acuerdo con lo que se establece en el artículo 44. El plazo de presentación de las solicitudes de estudiantes será el establecido en capítulo II de la presente convocatoria.
8. Las solicitudes tanto de nuevos proyectos como de las memorias de seguimiento de proyectos ya seleccionados para el curso 2008-2009, se presentarán directamente en la Dirección General de Política Universitaria, con la documentación a la que se refiere, en cada caso los puntos anteriores de este artículo.
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