jueves, 12 de julio de 2012

Bases: 4 plazas de Oficial de 1ª, como personal Laboral Fijo, Ajuntament de La Nucia (Marina Baixa-Alacant).

Ajuntament de La Nucia (Marina Baixa-Alacant). Bases para la convocatoria de cuatro plazas de Oficial de 1ª, como personal Laboral Fijo, con destino a diferentes Servicios en este Ayuntamiento y de acuerdo con la Oferta de Empleo Público 2010.
Las solicitudes para tomar parte en las pruebas se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento, o en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/19923, de 26 de noviembre, sobre el Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de veinte (20) días naturales contados desde el siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
El pago de las tasas correspondientes deberá realizarse en la siguiente cuenta bancaria: Entidad: 3045 – Oficina: 0002 – D.C.: 51 – Cuenta número: 1661961126; y serán de 30 € según la Ordenanza Fiscal correspondiente.
BASES GENERALES PARA LA CONVOCATORIA DE CUATRO PLAZAS DE OFICIAL 1ª, LABORAL FIJO
BASE 1ª OBJETO. 1.1.- El objeto de las presentes bases es la contratación de 4 plazas de Oficial 1ª, en régimen laboral fijo, vacantes en la Plantilla de personal y correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2010.
Estas plazas tienen las siguientes características:
- Grupo: AP; Clasificación: Escala Administración General; Subescala: Subalterna; Clase: Laboral fijo; Denominación: Oficial 1ª; Adscripción: Urbanismo y Arquitectura; Plaza nº: 83, 189, 190, 437.
BASE 2ª MODALIDAD DE CONTRATO. La modalidad del contrato es: Contrato de trabajo indefinido, regulado particularmente por el Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el R.D. Legislativo 1/1995, de 24 de marzo (BOE de 29 de marzo) y la Ley 12/2001, de 9 de julio (BOE de 10 de julio).
La contratación se acomodará, en todo caso, a las exigencias que demanden los servicios municipales. La prestación de servicios se realizará de conformidad con la jornada y horarios establecidos para cada uno de los servicios donde podrá adscribirse a las personas a contratar, pudiendo prestarse en sábados, domingos y festivos, con los descansos legalmente establecidos.
BASE 3ª REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. 3.1- Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir, en cualquier caso, los siguientes requisitos:
a) Tener capacidad para ser contratado, conforme al Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo.
b) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
d) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Sólo por Ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad de jubilación forzosa, para el acceso al empleo público.
e) Poseer la titulación exigida.
f) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el
desempeño de las correspondientes funciones.
g) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas y de los Órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por Resolución Judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en que hubiese sido separado o inhabilitado. En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación
equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3.2- Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán ser reunidos por el aspirante el día en que finalice el plazo de presentación de instancias de la correspondiente convocatoria y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta la formalización del contrato laboral temporal.
BASE 4ª SOLICITUDES. 4.1 Forma. Una vez aprobada la convocatoria por la Junta de Gobierno Local, se publicará anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de edictos del Ayuntamiento, conteniendo el anuncio dicha convocatoria y las bases que la han de regir; y extracto en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana y en el Boletín Oficial del Estado.
Las solicitudes para tomar parte en estas pruebas selectivas se dirigirán al señor Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Nucía, pudiendo utilizarse el modelo normalizado de instancia que se facilitará el Registro de Entradas de este Ayuntamiento.
Cuando el proceso selectivo incluya una fase de concurso, los candidatos que aleguen méritos deberán aportar los documentos (copias simples) que sirvan de prueba para la justificación de aquellos. No serán tenidos en cuenta méritos que no sean alegados y aquellos de los que no se
adjunte la correspondiente acreditación a la solicitud.
4.2 Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.
4.3 Lugar de presentación. El impreso de solicitud, debidamente cumplimentado, se presentará en el Registro General del Ayuntamiento de La Nucía o en la forma que determine el Art. 38 de la Ley de Procedimiento Administrativo Común.
En la instancia bastará que el aspirante manifieste que reúne las condiciones exigidas en la Base 3ª de la presente convocatoria, referidas a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias, además deberá ir acompañada inexcusablemente de la siguiente documentación:
a- Fotocopia del DNI o documento equivalente a efectos de esta convocatoria.
b- Fotocopia del Certificado de escolaridad o equivalente.
c- Currículum Vitae.
d- Documentos acreditativos de los méritos y circunstancias alegados.
e- Justificante del pago de los derechos de examen, y que deberá ingresarse en la siguiente cuenta bancaria de Caixa Altea: Entidad: 3045 Oficina: 0002 Dígito Control: 51 Cta. Nº: 1661961126
El importe de los derechos de examen asciende a la cantidad de treinta euros (30 €). El importe sólo será devuelto cuando el aspirante no fuera admitido por falta de los requisitos exigidos para tomar parte en la pruebas. El impago de los derechos de examen dará lugar a la exclusión del aspirante.
En cualquier momento del proceso, la Comisión de Selección podrá solicitar a los candidatos que acrediten la veracidad de los méritos alegados, mediante cotejo o compulsa con los documentos originales.  www.lanucia.es

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