jueves, 26 de julio de 2012

Bolsa de Trabajo de: Trabajador Social, auxiliar administrativo, Oficial Conductor, Peón de Servicios Varios, Peón de Limpieza de Edificios. Ayuntamiento de Aspe (Vinalopó Mitjà-Alacant)

Se hace pública la Resolución de Alcaldía de fecha 23 de julio de 2012, que literalmente, dice
«ANTECEDENTES
1º.- 8 Mayo de 2012. Acuerdo de la Junta de Gobierno Local por el que se aprueba la convocatoria de listas públicas para la dotación temporal de puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Aspe. Dicha convocatoria figura publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 96 de 22 de mayo de 2012.
2º.- 23 de mayo de 2012. Resolución de Alcaldía por la que se suspenden los efectos de la convocatoria de listas públicas para la dotación temporal de puestos de trabajo en el Ayuntamiento de Aspe hasta la entrada en vigor de la modificación de la Ordenanza Reguladora de las Tasas por Derechos de Examen, con la consiguiente modificación únicamente en el importe de la tasa a abonar. Dicha suspensión aparece publicada en el BOP nº 105 de 4 de junio de 2012.
3º.- 26 de junio de 2012. Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria por el que se aprueba la modificación de la vigente Ordenanza reguladora de las Tasas por Derechos de Examen. Dicho acuerdo fue expuesto públicamente para alegaciones hasta el 18 de julio de 2012 inclusive, no habiéndose presentado ninguna.
CONSIDERACIONES
PRIMERA: Visto que en la Ordenanza Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen se incluyen diferentes tramos o escalas en cuanto a las distintas situaciones que se pudieran dar en los aspirantes a procesos selectivos, y que en caso de bolsas de trabajo no se abonarán tasas por derechos de examen.
SEGUNDA: La competencia para la aprobación y/o modificación de bases selectivas que corresponde al Alcalde, ha sido delegada en la Junta de Gobierno por Resolución de Alcaldía 1029/2012 de 8 de junio.
TERCERA: Dada la urgencia de la convocatoria, es preciso avocar la competencia en la Alcaldía únicamente en cuanto a la modificación de bases selectivas y sólo para la presente convocatoria, dando cuenta en la próxima sesión de la Junta de Gobierno.
... RESOLUCIÓN
PRIMERO: Avocar la competencia en materia de modificación de bases selectivas delegada en fecha 8 de junio de 2012, únicamente para la adopción de la presente Resolución de modificación de bases, por los motivos expresados en la consideración tercera, restableciéndose la delegación genérica del Decreto 2012/1029, de fecha 8 de junio, una vez adoptada esta Resolución.
SEGUNDO: Modificar las bases en cuanto a la Tasa por Derechos de Examen de conformidad con lo establecido en la vigente Ordenanza Reguladora.
TERCERO: El plazo de presentación de instancias será el establecido en la convocatoria publicada con fecha 22 de mayo de 2012, de diez días hábiles a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria, declarando a estos efectos el mes de agosto inhábil. [butlletí oficial de la província - alacant, 26 juliol 2012 - n.º 142] {del 27 de julio al ... 7 de septiembre de 2012, a.i.}
CUARTO: Dar cuenta a la Junta de Gobierno Local en la próxima sesión que se celebre.
QUINTO: Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia y comunicar para su difusión al Servicio Público de Empleo, Agencia de Desarrollo Local y Área de Servicios Generales (RRHH, Oficina de Informática y Oficina de Atención Ciudadana).»
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PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Constitución de listas para la dotación temporal de puestos vacantes o satisfacción de necesidades puntuales tanto de personal funcionario como laboral (según el carácter del puesto o de las funciones a desempeñar), que se puedan producir a lo largo del periodo de duración de la lista.
Las listas que se creen a partir de las presentes bases, en todo caso serán supletorias a las que resulten de las pruebas selectivas correspondientes, o a la provisión de puestos mediante el sistema de mejora de empleo, cuando se estime razonablemente que la duración de la situación de vacante o de sustitución sea igual o superior a seis meses.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Los establecidos en las bases generales vigentes en cada momento y en especial estar en posesión, o en condiciones de obtenerlo antes de la fecha en que acabe el plazo de presentación de instancias, de las titulaciones oficiales correspondientes a cada puesto que se oferte.
TERCERA. PUBLICIDAD DE LAS BASES Y CONVOCATORIA. Las bases y la convocatoria se publicarán íntegramente en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en la página web municipal www.aspe.es. La convocatoria se publicará en el BOP. Los sucesivos anuncios se publicaran en el tablón de anuncios y página web municipal.
CUARTA. PRESENTACION DE SOLICITUDES. Las instancias solicitando tomar parte en la selección de la plaza a la que se opta se presentará/n en el Registro General del Ayuntamiento durante el plazo de diez días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria en el BOP. Las instancias podrán presentarse igualmente en la forma que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Los solicitantes manifestarán en sus instancias:
- Que reúnen todas y cada una de las condiciones que se exigen en la base segunda, referidas a la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias. Acompañarán los documentos que acrediten el cumplimiento de los mismos.
- La relación concreta de méritos a valorar, acompañada de copia de los documentos que los acrediten. En caso de duda acerca de la autenticidad de los mismos, la Comisión
de valoración podrá exigir la presentación de los originales, y en caso de no ser presentados, no valorar el mérito amparado por el documento de cuya autenticidad se dude.
En el caso de que se oferten varias listas simultáneamente, y se opte a mas de una, se formulará una solicitud para cada lista, indicando expresamente en cada una de ellas la relación de méritos cuya valoración se solicita. En el caso de tratarse de méritos comunes a varias listas, deberá expresarse claramente en el documento que ampare el mérito alegado, o en un anexo al mismo.
- Un teléfono en el cual puedan ser localizados en horario de mañana.
DISPOSICION ADICIONAL PRIMERA.
Con la publicación de las presentes bases se convoca
las listas correspondientes a los siguientes puestos de trabajo:
- Trabajador Social: Titulación exigible: Diplomado en Trabajo Social.
- Auxiliar Administrativo:
Titulación exigible: Graduado Escolar, graduado en ESO, FP1 o Formación Profesional de Grado Medio o equivalente.
- Oficial Conductor:
Titulación exigible: Graduado Escolar, graduado en ESO, FP1 o Formación Profesional de Grado Medio o equivalente.
- Peón de servicios varios: Certificado de Escolaridad.
- Peón de limpieza de edificios: Certificado de Escolaridad.

Plazo y lugar de presentación de solicitudes: diez días hábiles desde la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, en el registro general de la Corporación o de conformidad con lo establecido en el art. 38 de la Ley 30/1992.
Requisitos: Los establecidos en las bases generales de la OPE de 2009.
Derechos de participación: Los establecidos en la ordenanza reguladora de las tasas por derechos de examen.»

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