lunes, 30 de julio de 2012

subvenciones para el apoyo a agrupaciones empresariales innovadoras.

1. Convocatoria. 1. Se realiza para el año 2012 la convocatoria de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas mediante el apoyo a las agrupaciones empresariales innovadoras.
2. Sin perjuicio de lo que en particular se establece en la presente orden, esta convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en la Orden IET/1600/2012, de 16 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras, el régimen de ayudas y la gestión de medidas para mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas mediante el apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras.
2. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente Orden y finalizará el 4 de septiembre de 2012, a las 24:00 horas, hora peninsular.
3. Tipo de proyectos objeto de ayuda. Las actuaciones y tipos de proyectos objeto de ayuda en la presente convocatoria serán los establecidos en los párrafos b), c) y d) del apartado noveno de la Orden IET/1600/2012, de 16 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras, el régimen de ayudas y la gestión de medidas para mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas mediante el apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras.
4. Beneficiarios. En la presente convocatoria podrán ser beneficiarias las entidades a que se refiere el apartado octavo.2 de la Orden IET/1600/2012, de 16 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras, el régimen de ayudas y la gestión de medidas para mejorar la competitividad de las pequeñas y medianas empresas mediante el apoyo a Agrupaciones Empresariales Innovadoras.
8. Formalización de la solicitud. El modelo de solicitud y cuestionario para la presentación de solicitudes de ayuda será el que figura, a título informativo, en el anexo I de esta orden. El contenido de la memoria que, asimismo, debe acompañar a la solicitud atenderá a lo establecido en el anexo II de la misma.
Los modelos anteriormente citados estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, que será accesible en la dirección electrónica http://sede.minetur.gob.es, así como a través del portal de ayudas del Ministerio http://www.minetur.gob.es/portalayudas.
Tanto la solicitud como la documentación complementaria se deberán presentar ante el Registro Electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo y mediante firma electrónica, cuyo certificado deberá corresponder al solicitante de la ayuda.

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