miércoles, 2 de mayo de 2012

2 becas de prácticas (de TASOC ) de investigación a desarrollar en el Servicio de Asistencia y Recursos Culturales (SARC) de la Diputación de Valencia

Anuncio de la Excelentísima Diputación Provincial de Valencia sobre la aprobación de la convocatoria y las bases de concesión de dos becas de prácticas de investigación a desarrollar en el SARC de esta corporación.
ANUNCIO
Aprobadas por la Junta de Gobierno de la Diputación de Valencia, celebrada el 24 de abril de 2012, la convocatoria y las Bases de concesión de dos becas de prácticas de investigación a desarrollar en el SARC de la Diputación de Valencia, se abre un período de información pública y audiencia a los interesados, por plazo de 30 días, para presentación de reclamaciones y/o sugerencias, en el bien entendido, que si no se presentase alguna, se entenderán definitivamente aprobadas.
BASES PARA LA CONCESIÓN DE DOS BECAS DE PRÁCTICAS DE INVESTIGACIÓN A DESARROLLAR EN EL SARC DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA
La Diputación de Valencia pretende impulsar las prácticas de investigación que a continuación se detallan, mediante la concesión de dos becas a desarrollar en el Servicio de Asistencia y Recursos Culturales (SARC) de la Diputación de Valencia:
BASE PRIMERA La presente convocatoria tiene como objeto dos becas para el seguimiento y apoyo del Programa de promoción cultural y para la práctica de gestión de las actividades infantiles que se realizan en el Centro Cultural la Beneficencia los fines de semana.
Se precisa la siguiente titulación: Técnico Superior en Animación Sociocultural (TASOC).
BASE SEGUNDA Estas becas se adjudicarán mediante concurso, entre los diversos aspirantes a las mismas, que deberán reunir los siguientes requisitos generales, además de la titulación específica requerida para estas becas:
1. Poseer la nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. En caso de títulos expedidos en el extranjero el solicitante debe aportar la resolución de convalidación, no bastando el justificante de haberla solicitado o que la misma esté en trámite.
2. No haber disfrutado de beca alguna concedida por esta Corporación en los últimos tres años (declaración jurada del interesado).
3. No estar disfrutando de otra beca o ayuda, así como no desarrollar una actividad regular durante el período de disfrute de la beca (declaración jurada del interesado).
4. Los aspirantes tienen que haber nacido a partir del 1 de enero de 1973 incluido.
La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa, a través de certificados telemáticos, las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativos de estar al corriente en el pago de sus obligaciones.
En los supuestos en que por cualquier circunstancia el certificado no sea positivo, se requerirá al solicitante que lo aporte, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, procediéndose en consecuencia a su archivo con los efectos previstos en el Art. 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Para acreditar los requisitos mencionados, los aspirantes habrán de entregar la siguiente documentación:
- Fotocopia compulsada del DNI
- Fotocopia compulsada del expediente académico.
- Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten los méritos.
El modelo de instancia, que incluirá las declaraciones juradas, así como toda la información sobre el desarrollo del proceso estará disponible en la dirección www.dival.es/cultura y www.sarc.es
BASE TERCERA
Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro General de la Diputación de Valencia, calle Serranos nº 2 de Valencia, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. A las solicitudes deberán acompañarse los justificantes de los requisitos enumerados en la Base Segunda y los méritos que se aleguen.
El plazo de presentación de solicitudes será de 30 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.(del 2 al 31 de mayo de 2012,a.i.)

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