miércoles, 3 de julio de 2019

bolsa de empleo temporal de Guía Turístico. Ayuntamiento de Alpuente (Els Serrans-València)

Resultado de imagen de alpuente comarcaAnuncio del Ayuntamiento de Alpuente sobre constitución de una bolsa de empleo temporal de guía turístico.
ANUNCIO
Por Resolución de Alcaldía n.º 498/2019 del Ayuntamiento de Alpuente se aprueban las bases reguladoras y la convocatoria de selección de personas para la constitución de una bolsa de empleo temporal de Guía Turístico. Las bases íntegras se encuentran publicadas en la sede electrónica http://alpuente.sedelectronica.es y en el tablón del anuncios del Ayuntamiento.
El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. {del 4 al 17 de julio de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, se publicarán en la sede electrónica de este Ayuntamiento y, en el Tablón de Anuncios.

borsa de treball d'oficial conductor-tractorista. Ajuntament d'Algemesí (Ribera Alta-Alacant)

Edicte de l'Ajuntament d'Algemesí sobre constitució d'una borsa de treball d'oficial tractorista.
EDICTE
Per acord de la Junta de Govern Local en sessió celebrada el dia 9 de febrer de 2019, es van aprovar les bases i la convocatòria per a la constitució d'una borsa de treball d'oficial conductor-tractorista per a possibles necessitats de personal interí.
El procediment de selecció serà el concurs-oposició.
Les bases íntegres de la convocatòria es troben publicades en la pàgina web municipal i en el tauler d'edictes de l'ajuntament.
Les instàncies per a formar part del procés selectiu aniran dirigides a l'Alcaldessa/Presidenta i podran presentar-se durant el termini de 5 dies hàbils a partir de l'endemà de la publicació del present anunci en el Butlletí Oficial de la Província de València. {del 4 al 10 de juliol de 2019, a.i.}
www.algemesi.es

martes, 2 de julio de 2019

"Recuperación del tramo de costa comprendido entre el Puerto de Denia y El Rio Girona, T.M. Dénia (Alicante)". "Recuperación de la playa Marineta Casiana, T.M. Dénia (Alicante)"

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Anuncio del Servicio Provincial de Costas en Alicante de información pública del proyecto "Recuperación del tramo de costa comprendido entre el Puerto de Denia y El Rio Girona, T.M. Dénia (Alicante)" y código de expediente: 03-0432.

becas para participar en el programa nacional "Rutas Científicas, Artísticas y Literarias" durante el otoño 2019

BDNS(Identif.):463835
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicará el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios. Grupos de alumnos de centros educativos españoles ordinarios sostenidos con fondos públicos, en territorio nacional con una edad máxima de 20 años, que cursen alguno de los siguientes niveles educativos:
- 5º y 6º de Educación Primaria.
- Educación Secundaria Obligatoria.
- Formación Profesional Básica.
- Bachillerato.
- Ciclos de Grado Medio de Formación Profesional.
- Ciclos de Grado Medio de Enseñanzas Artísticas.
Educación Básica Obligatoria.
Transición a la Vida Adulta.
Segundo. Objeto. Becas para la participación en una de las ocho "Rutas científicas, artísticas y literarias" diseñadas en el territorio nacional.
Tercero. Bases reguladoras. Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio (BOE del 15) por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio por el Ministerio de Educación y Ciencia.
Cuarto. Cuantía. Se convocan becas para un total de 138 grupos de alumnos por un importe máximo de 1.923.420,58 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado hasta el 17 de julio de 2019.
Sexto. Registro de la solicitudes. Registro de las solicitudes: el registro de la solicitud se realizará de manera telemática en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional mediante certificado electrónico emitido por alguna autoridad de certificación reconocida por la plataforma de validación de firma electrónica @firma.
Séptimo: Solicitudes y documentación. A la solicitud que será accesible a través de la Sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en el enlace https://sede.educacion.gob.es, sección "Buscar trámites", se adjuntará en soporte electrónico la siguiente documentación:
Proyecto de participación (original y específico para esta convocatoria).
Documento de aprobación de la participación del centro en el Programa.
Acreditaciones de la obtención de premios de ámbito educativo concedidos en concurrencia al centro en los últimos cinco años a contabilizar desde el curso escolar 2014-2015, convocados por las administraciones educativas internacionales, nacionales, autonómicas o locales, o bien por entidades privadas con intereses educativos.

lunes, 1 de julio de 2019

nou termini de presentació de sol·licituds de participació del procés selectiu per a l'accés a la categoria de Sotsinspector/a de l'escala executiva (grup A, subgrup A2) del Cos d'Agents Rurals de la Generalitat de Catalunya (núm. de registre de la convocatòria 233).

La Resolució ARP/2655/2018, de 6 de novembre, convoca el procés selectiu per a l'accés a la categoria de sotsinspector/a de l'escala executiva (grup A, subgrup A2) del Cos d'Agents Rurals de la Generalitat de Catalunya (núm. de registre de la convocatòria 233); (DOGC núm. 7748, de 15.11.2018).
La Resolució ARP/1233/2019, de 29 d'abril, va aprovar la modificació de la Resolució ARP/2655/2018, de 6 de novembre, de convocatòria del procés selectiu per a l'accés a la categoria de sotsinspector/a de l'escala executiva (grup A, subgrup A2) del Cos d'Agents Rurals de la Generalitat de Catalunya (núm. de registre de la convocatòria 233), la qual va ser publicada en el DOGC núm. 7872, de 10.05.2019;
Atès que s'ha detectat una incidència tècnica en el tràmit electrònic el darrer dia de presentació de sol·licituds establert a la Resolució ARP/1233/2019, de 29 d'abril, fet que ha comportat la impossibilitat de la inscripció telemàtica a la convocatòria de referència;
Per tot això,
Resolc:
1. Obrir un nou termini de presentació de sol·licituds de participació en el procés selectiu objecte d'aquesta resolució de 3 dies hàbils, comptats des de l'endemà de la data de publicació d'aquesta resolució al DOGC.{del 2 al 4 de juliol de 2019, a.i.} Si es produeix una interrupció no planificada en el funcionament dels sistemes electrònics durant l'últim dia establert per a la realització d'aquest tràmit d'inscripció a la convocatòria, aquest es podrà dur a terme durant el dia hàbil següent.
2. D'acord amb la base 5.1 de la Resolució ARP/2655/2018, de 6 de novembre, finalitzat el termini indicat al punt 1 d'aquesta Resolució, la persona titular del Departament d'Agricultura, Ramaderia, Pesca i Alimentació dictarà resolució en el termini màxim d'un mes i declararà aprovada la llista provisional de persones participants admeses i excloses de la convocatòria amb indicació del torn pel qual participen i del motiu d'exclusió, si escau. A la resolució, que es publicarà al DOGC, s'hi indicaran els llocs on s'exposaran les llistes de les persones participants admeses i excloses. Les persones participants que no indiquin el torn pel qual participen, s'entendrà que opten pel torn lliure.

Bolsa de trabajo de Psicólogos/as. Mancomunitat L'Horta Nord (La Pobla de Farnals-Horta Nord)

Anunci de la Mancomunitat L'Horta Nord sobre bases generales para la bolsa de trabajo de psicólogos.
ANUNCI
Mediante Decreto núm. 127/2019, de fecha 10 de junio de 2019, del Presidente de la Mancomunitat l´Horta Nord, se han aprobado las bases reguladoras de la formación de una bolsa de trabajo de psicólogos en esta entidad local.
Las bases reguladoras de este proceso selectivo se hallan expuestas en la web con la siguiente dirección: www.hortanord.es, así como el modelo de solicitud.
Las personas interesadas en tomar parte en el proceso de selección habrán de presentar la solicitud, por medio de instancia, en el registro general de la Mancomunitat l´Horta Nord, o en cualquier otro registro habilitado junto con la documentación acreditativa, de conformidad con lo que disponen las bases reguladoras de dicho proceso selectivo, en el plazo de diez días naturales, a contar del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia [Lunes, 01 de Julio de 2019 - BOP 124]. {del 2 al 11 de julio de 2019, a.i.}

Expocreativa 2019: Concurso de Pintura, Artes Plásticas y Cerámica; realizadas por personas con Discapacidad.

Resultado de imagen de Expocreativa 2019Diputació d'Alacant. EXTRACTO DE LA RESOLUCIÓN DE LA SRA. DIPUTADA DE BIENESTAR DE LAS PERSONAS NÚMERO 2019-1288, DE FECHA 12 DE ABRIL DE 2019, DICTADA EN VIRTUD DE LAS FACULTADES QUE LE FUERON DELEGADAS POR RESOLUCIÓN DEL ILMO. SR. PRESIDENTE NÚMERO 79, DE FECHA 4 DE JULIO DE 2018 (BOP NÚMERO 130, DE FECHA 10 DE JULIO DE 2018), POR LA QUE SE APRUEBA LA CONVOCATORIA DE LA VIGESIMOSEGUNDA EDICIÓN DEL CONCURSO DE ARTES PLÁSTICAS, PINTURA Y CERÁMICA REALIZADAS POR PERSONAS CON DISCAPACIDAD INTELECTUAL,EXPOCREATIVA 2019
BDNS(Identif.):464049
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index) y en la Sede Electrónica de la página web de la Diputación (www.diputacionalicante.es).
Primero. Beneficiarios:
Las Asociaciones/Entidades privadas sin ánimo de lucro, que ostenten la titularidad o representación de Centros de Atención Especializada, Centros de Atención Específica o Centros de Educación Especial ubicados en la Provincia de Alicante y destinados a la atención exclusivamente de personas con Discapacidad Intelectual mayores de 16 años, mediante la presentación de obras realizadas por éstos. Cada entidad podrá presentar una única solicitud.
Segundo. Objeto:
Se establecen tres secciones: Pintura, Artes Plásticas y Cerámica. Cada entidad podrá presentar un máximo de 3 obras, 1 obra en cada una de las secciones establecidas.
Cada obra podrá ser realizada por un máximo de 6 autores/as.
Quedarán excluidas de la fase de concurso las obras que superen los 2 metros lineales, peso superior a 20 kilos y las obras protegidas o confeccionadas con cristal.
Excepcionalmente, el Departamento de Bienestar Social podrá permitir la exhibición o muestra en la sala de exposiciones, fuera de la fase de concurso, y siempre que las condiciones de la sala de exposiciones lo permitan, de obras que no cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP [Alacant Nº 122 de 01/07/2019] por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones, finalizando el 31 de julio de 2019 incluido.
Las obras deberán ser presentadas en las instalaciones, plazo y horario que a tal efecto se establezca y que será comunicado a los/as interesado/as en el momento oportuno.

Bolsa de trabajo de Trabajador/a Social, del Ayuntamiento de La Nucía.

Se hace público, para general conocimiento, que la Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria de fecha 11 de abril 2019, aprobó el procedimiento y las bases para la dotación de una bolsa de Trabajo de Trabajador/a Social, para la concertación de un contrato de trabajo de obra o servicio determinado, así como para proveer las vacantes, sustituciones de puestos coyunturales de idénticas características a las convocadas o necesidades del servicio de carácter temporal, mediante nombramiento interino o contratación laboral.
Las instancias solicitando tomar parte en las correspondientes pruebas de acceso, serán suscritas por los interesados y en ellas harán constar que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en las presentes bases. Se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de La Nucía y se presentarán en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de diez días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.[Nº 122 de 01/07/2019] {del 2 al 11 de julio de 2019, a.i.} La convocatoria también se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en su página web y en la Oficina de Empleo de La Nucía.
El pago de las tasas en concepto de derechos de examen, por importe de 70,00 €, según lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal correspondiente, deberá realizarse en las siguientes cuentas bancarias: CAIXALTEA: IBAN-ES54 3045 2651 27 2732000031, BCO. SABADELL: IBAN-ES94 0081 1067 20 0001014610, B.B.V.A.: IBAN-ES35 0182 4453 06 0200000226
Las Bases de la presente convocatoria obran en el Tablón de Anuncios de la web municipal (www.lanucia.es), en el del Ayuntamiento, ubicado en la planta baja de la Casa Consistorial y en la oficina de empleo de La Nucía ubicada en el edificio de urbanismo en la Calle Porvilla.

2.356 Becas de Colaboración en Departamentos universitarios para el curso académico 2019-2020 destinadas a alumnos que vayan a finalizar los estudios de Grado o que estén cursando primer curso de Másteres universitarios oficiales.

BDNS(Identif.):463643
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhafp.gob.es/bdnstrans/GE/es/index).
Primero. Convocatoria. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva 2.356 becas que se destinan a facilitar la colaboración de los estudiantes universitarios en los departamentos universitarios, en régimen de compatibilidad con sus estudios, con el fin de iniciarse en tareas de investigación vinculadas con los estudios que están cursando y facilitar su futura orientación profesional o investigadora.
Segundo. Beneficiarios. Podrán solicitar becas de colaboración los estudiantes universitarios que en el curso 2019-2020 estén matriculados de último curso de estudios de Grado o de primer curso de un Máster universitario oficial y que, entre otros requisitos académicos, hayan obtenido como nota media en sus estudios la que se señala a continuación para cada una de las ramas de titulaciones oficiales:
7,25 puntos para la rama de Ingeniería y Arquitectura o Enseñanzas Técnicas
7,70 puntos para las ramas de Ciencias o Ciencias Experimentales y para Ciencias Sociales y Jurídicas
7,80 puntos para la rama de Ciencias de la Salud y
8,00 puntos para la rama de Artes y Humanidades
Tercero. Solicitudes Los interesados deberán cumplimentar la solicitud mediante el formulario accesible por internet en la dirección www.educacionyfp.gob.es a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en el apartado correspondiente a "Trámites y Servicios". Junto con la solicitud se acompañará, a través de la página web, mediante imagen legible (escaneada o fotografiada) y en fichero formato pdf, la plantilla facilitada por la aplicación informática con un esquema del proyecto de colaboración que se vaya a desarrollar y la evaluación del mismo por el departamento.
El plazo para la presentación de solicitudes se extenderá hasta el 18 de septiembre de 2019, inclusive.
Cuarto. Características del programa. Quienes resulten beneficiarios de la ayuda deberán prestar su colaboración a razón de tres horas diarias durante ocho meses en el departamento correspondiente, en los términos recogidos en el proyecto de colaboración en la universidad en la que estén matriculados en el curso 2019-2020.
Quinto. Cuantía de la ayuda. La dotación de la beca colaboración será de 2.000 euros. La concesión de esta beca no conlleva la exención del pago por parte del beneficiario de los precios públicos por servicios académicos.

XIII Premios Estrategia NAOS, edición 2019. Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social

Primera. Objeto. 1. El objeto de esta convocatoria es la concesión de los premios en su edición del año 2019.
2. La concesión de estos premios se incluye en el marco de la Estrategia NAOS que, desde la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, pretende impulsar las iniciativas que entre sus objetivos básicos impulsen la prevención de la obesidad y otras enfermedades crónicas derivadas, a través de una alimentación saludable y la práctica regular de actividad física.
Segunda. Modalidades de premios. Con el fin de abarcar los diferentes ámbitos en los que se desarrolla la Estrategia NAOS, se establecen ocho modalidades de premios según se definen en los apartados siguientes. Siete de ellos se otorgarán a las iniciativas desarrolladas en estos ámbitos desde que se inició la Estrategia NAOS, en el año 2005. Existe una octava modalidad de especial reconocimiento a la trayectoria profesional.
Tercera. Premio Estrategia NAOS a la promoción de una alimentación saludable en el ámbito familiar y comunitario. El premio Estrategia NAOS a la promoción de una alimentación saludable en el ámbito familiar y comunitario se concederá a aquellas iniciativas que se hayan distinguido por su capacidad para inculcar hábitos alimentarios saludables en la población.
Cuarta. Premio Estrategia NAOS a la promoción de la práctica de actividad física en el ámbito familiar y comunitario. El premio Estrategia NAOS a la promoción de la práctica de actividad física en el ámbito familiar y comunitario se concederá a aquellas iniciativas que se hayan distinguido por su capacidad para promover la práctica de actividad física en la población. 
Quinta. Premio Estrategia NAOS a la promoción de una alimentación saludable en el ámbito escolar.
El premio Estrategia NAOS a la promoción de una alimentación saludable en el ámbito escolar se concederá a aquellas iniciativas que se hayan distinguido por su capacidad para inculcar hábitos alimentarios saludables entre los escolares de los centros de enseñanza infantil, primaria y secundaria, tanto a través de actividades realizadas en el aula como extraescolares.
Sexta. Premio Estrategia NAOS a la promoción de la práctica de actividad física en el ámbito escolar. El premio Estrategia NAOS a la promoción de la práctica de actividad física en el ámbito escolar se concederá a aquellas iniciativas que se hayan distinguido por su capacidad para promover la práctica de actividad física entre los escolares de los centros de enseñanza infantil, primaria y secundaria, tanto a través de actividades realizadas en el aula como extraescolares.
Séptima. Premio Estrategia NAOS en el ámbito sanitario. El premio Estrategia NAOS en el ámbito sanitario se concederá a aquellas iniciativas que se hayan distinguido por su capacidad para implantar medidas de detección precoz del sobrepeso y la obesidad e inculcar hábitos alimentarios saludables y la práctica regular de actividad física en la población, a través del personal de centros y servicios de salud de cualquier titularidad, oficinas de farmacia o cualquier otro centro o institución sanitaria.
Octava. Premio Estrategia NAOS en el ámbito laboral. El premio Estrategia NAOS en el ámbito laboral se concederá a aquellas iniciativas que se hayan distinguido por la capacidad para inculcar hábitos alimentarios saludables, promover la práctica regular de actividad física o ambos, entre los empleados del centro de trabajo.
Novena. Premio Estrategia NAOS a la iniciativa empresarial. El premio Estrategia NAOS a la iniciativa empresarial se concederá a aquellas iniciativas desarrolladas por empresas alimentarias o de otros ámbitos que se hayan distinguido por facilitar la adopción de hábitos alimentarios saludables entre la población mediante mejoras en la composición de productos, y/o en la información suministrada en el etiquetado y/o en la publicidad y marketing de sus productos y/o la práctica regular de la actividad física.
Décima. Premio Estrategia NAOS de especial reconocimiento. El Premio Estrategia NAOS de especial reconocimiento será otorgado, a propuesta de las distintas administraciones públicas españolas cuya actividad esté relacionada con los objetivos de la citada estrategia, a aquellas personas o instituciones cuya trayectoria haya destacado por su dedicación a la promoción de la alimentación saludable o a estimular la práctica de actividad física entre la población, como objetivos básicos de aquella.
Undécima. Accésit. El Jurado podrá adjudicar hasta dos accésit por cada una de las modalidades de premio, siempre que el número de finalistas y la calidad de los proyectos los justifiquen.
Duodécima. Requisitos de los solicitantes y presentación de las candidaturas. 1. Podrá concurrir a estos premios cualquier persona física, agrupación con o sin personalidad jurídica, organización social y empresarial, institución, administración pública y cualquier otra entidad pública o privada que haya iniciado o desarrollado algún proyecto, programa, actividad o plan innovador coincidentes con los objetivos de la Estrategia NAOS desde que esta se inició en el año 2005.
2. Los aspirantes que quieran concurrir a los premios Estrategia NAOS solo podrán presentarse a una modalidad de los mismos. En caso de que no se haya indicado a qué modalidad se desea concurrir o haya habido algún error en la adscripción o se hayan señalado en los formularios de solicitud más de una opción, el Jurado o la AESAN en la pre evaluación establecida en la norma decimotercera, podrán adscribir la solicitud a la modalidad de premios más acorde con el perfil de la iniciativa presentada.
3. Los candidatos para el premio Estrategia NAOS de especial reconocimiento, serán propuestos por las distintas administraciones públicas españolas cuya actividad esté relacionada con los objetivos de la citada estrategia.
4. Aquellos proyectos o programas que hayan sido ganadores como premiados en anteriores convocatorias de estos Premios Estrategia NAOS no podrán presentarse de nuevo como solicitantes de ninguna de las modalidades de los premios. Si se podrán presentar de nuevo a otras convocatorias, las solicitudes que no hayan recibido ningún premio o que solo se les haya otorgado accésit.
Decimocuarta. Plazo y forma de presentación de las solicitudes. 1. El plazo de presentación de las candidaturas comenzará el día siguiente al de la publicación en el BOE de la presente Resolución y tendrá como fecha límite el 18 de diciembre de 2019.
2. Los candidatos que reuniendo los requisitos señalados en la norma duodécima, deseen concurrir a los premios Estrategia NAOS, deberán rellenar sus solicitudes de presentación de candidaturas en el modelo de formulario que figura como anexo I de la presente Resolución, y que también se encuentran en la página web de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (www.aecosan.msssi.gob.es).
3. Dichas solicitudes deberán dirigirse a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición y se presentarán dentro del plazo señalado en el punto 1 anterior por cualquiera de los siguientes medios:
– Telemáticamente a través del Registro Electrónico General de la Administración General del Estado (https://rec.redsara.es/registro/action/are/acceso.do) dirigiendo la solicitud a la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social: Para aquellos obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas de acuerdo con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.
Para realizar el registro, se debe disponer de DNI electrónico (https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009) o certificado electrónico (http://www.cert.fnmt.es/) en vigor.
– Se aceptará, asimismo, la presentación de solicitudes en el resto de las formas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas:
• En el registro electrónico de la Administración u Organismo al que se dirijan, así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.
• En las oficinas de Correos, en la forma que reglamentariamente se establezca.
• En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.
• En las oficinas de asistencia en materia de registros.
• En cualquier otro que establezcan las disposiciones vigentes.

1 plaza de Auxiliar Administrativo/a, del Ayuntamiento de Ceutí (Murcia)

En el «Boletín Oficial de la Región de Murcia», número 145, de 26 de junio de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Una plaza de Auxiliar Administrativo, personal laboral fijo, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 2 al 22* de julio de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en la página web de la Corporación: www.ceuti.es.

1 plaza de Guarda Rural-Cometidos Varios, del Ayuntamiento de Ojós (Murcia)

En el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 112, de 17 de mayo de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Una plaza de Guarda Rural-Cometidos Varios, de la plantilla de personal laboral fijo, a cubrir por el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 2 al 22* de julio de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» o en el Tablón de anuncios de la Corporación.  www.ayuntamientodeojos.es

1 plaza de Agente de la Policía Local (C2), del Ayuntamiento de Sant Carles de la Ràpita (Tarragona)

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Tarragona», de 20 de junio de 2019, y en el «Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya» núm. 7901, de la misma fecha, se han referenciado la publicación íntegra de las bases en el web municipal (https://seu.larapita.cat/ofertaPublicaCategoriaPublic/categories/Personal_fix) que han de regir la convocatoria para proveer:
Dos plazas de cabo, pertenecientes a la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales y clase Policía Local, mediante el sistema de concurso oposición, en turno de promoción interna.
Una plaza de agente, perteneciente a la escala de Administración especial, subescala de servicios especiales y clase Policía Local, mediante el sistema de concurso oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 2 al 22 de julio de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el tablón de anuncios y en la web municipal https://seu.larapita.cat/ofertaPublicaCategoriaPublic/categories/Personal_fix.

3 plazas de Arquitecto/a Técnico/a, del Cabildo Insular de Tenerife (Santa Cruz de Tenerife)

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife» número 57, de 10 de mayo de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Tres plazas de Arquitecto/a Técnico/a, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Técnica, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno de acceso libre. Se reserva una plaza para el turno de personas con discapacidad.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado». {del 2 al 22* de julio de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el Boletín Oficial de la Provincia y en el tablón de anuncios de la Corporación.  https://www.tenerife.es/portalcabtfe/es

2 plazas de Agente de la Policía Local (C1), del Ayuntamiento de Muro de Alcoy (Alicante)

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante» número 246, de 27 de diciembre de 2018, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Tres plazas de Agente de Policía Local, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Policía Local y sus auxiliares de policía, escala básica, categoría de agente; dos por el turno libre, mediante el sistema de oposición y una por el turno de movilidad, mediante concurso de méritos.
Se ha publicado asimismo extracto del anuncio en el «Diari Oficial de la Generalitat Valenciana» n.º 8549, de 16 de mayo de 2019.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 2 al 29 de julio de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante», en el tablón de edictos de la Corporación y/o en la página web municipal www.vilademuro.net (ocupació pública).

domingo, 30 de junio de 2019

Programa de Ayudas para los estudios de Máster asociados a Proyectos de Investigación a realizar en el ICIQ. (Tarragona)

Podrán ser beneficiarios de las ayudas para los estudios de Máster las personas estudiantes que cumplan los siguientes requisitos:
1.º- Poseer la titulación de licenciatura o grado en Química, Farmacia, Física, Bioquímica, Ingeniería Química o disciplinas similares o una titulación equivalente expedida por una Universidad española o extranjera.
2.º- Estar matriculado/a en un programa de Máster en el momento de aceptar la ayuda.
La selección de las candidaturas se basará en la valoración de las calificaciones académicas y el currículum.
Las bases por las que se regula esta convocatoria, así como el formulario online para su solicitud, se pueden consultar en la página web www.iciq.es.

becas para la realización de prácticas formativas para personas con discapacidad intelectual en el Ministerio de Educación y Formación Profesional

BDNS (Identif.): 461847
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Las personas de nacionalidad española y los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, en los que concurran las circunstancias previstas en las bases reguladoras y, en particular, las siguientes:
a) Poseer una discapacidad intelectual con un grado de discapacidad reconocida igual o superior al 33 por ciento.
b) Estar realizando un programa o itinerario de inserción laboral individual que contemple prácticas formativas como complemento de las acciones orientadas a la integración laboral de los beneficiarios. Estos programas deben estar desarrollados por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que se ajusten a lo establecido en el Real Decreto 870/2007, de 2 de julio, por el que se regula el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo. Dichas entidades deben asimismo asegurar el seguimiento de la formación obtenida por los beneficiarios de estas becas mediante un preparador laboral que acompañe a cada beneficiario el tiempo necesario desde el inicio de la actividad formativa.
c) Estar en posesión de la titulación requerida para cada tipo de beca.
Segundo. Finalidad:
La finalidad de estas ayudas es contribuir a la formación de personas con discapacidad intelectual integradas en programas o itinerarios de inserción laboral individual en el momento de la aprobación de esta convocatoria. Esta formación será complementaria de la prevista en estos programas o itinerarios realizados por entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que apliquen la metodología del empleo con apoyo para facilitar la integración laboral del colectivo al que se dirigen las becas.
Tercero. Bases Reguladoras:
Orden EFP/938/2018, de 5 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras de las becas para la realización de prácticas formativas de personas con discapacidad intelectual en el Ministerio de Educación y Formación Profesional.
Cuarto. Importe:
La cuantía de la dotación mensual se establece en 460 euros. Cada beca está sujeta al régimen de cotización recogido en el RD 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regula los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
15 días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. {del 30 de junio al 19 de julio de 2019, a.i.}
Sexto. Áreas Formativas.
Auxiliar de Oficina.
Ayudante de Gestión y Servicios Comunes (Ordenanza).

subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria por titulares de explotaciones agrarias con actividad en determinados cultivos cítricos que garanticen préstamos para financiar sus explotaciones, y se convocan dichas subvenciones para el ejercicio 2019.

1. Objeto y finalidad. 1. Mediante este real decreto se establecen las bases reguladoras de subvenciones estatales destinadas a sufragar el coste de los avales concedidos por la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria (SAECA) a titulares de explotaciones agrarias que en su actividad incluyan el cultivo de naranjo, mandarino o limonero, necesarios para la obtención de préstamos de entidades financieras en las condiciones y términos regulados en la misma.
Asimismo, se aprueba la convocatoria para la concesión de dichas subvenciones para el ejercicio 2019.
2. La finalidad de las subvenciones es facilitar el acceso a la financiación de dichos titulares de explotaciones agrarias ante la actual situación excepcional causada por las circunstancias adversas en las que se está desarrollando la campaña de comercialización del año 2018/2019.
3. Beneficiarios. 1. Podrán acogerse a estas ayudas los titulares de explotaciones agrarias, que podrán ser personas físicas o jurídicas, que desarrollen la actividad agraria en el ámbito de la producción señalada en el artículo 1.1, y que suscriban avales con SAECA en el marco de préstamos con entidades financieras avalados por dicha entidad.
2. En el caso de explotaciones cuyo titular sea una entidad asociativa, sus miembros podrán acogerse a las ayudas cuando suscriban préstamos con entidades financieras avalados por SAECA, con el objeto de aportar el capital prestado a su entidad asociativa.
3. Los titulares de explotaciones acreditarán dicha condición mediante el documento acreditativo de inscripción en el Registro General de la Producción Agrícola regulado por el Real Decreto 9/2015, de 16 de enero, por el que se regulan las condiciones de aplicación de la normativa comunitaria en materia de higiene en la producción primaria agrícola, o mediante cualquier otro documento que justifique de forma fehaciente que desarrolla la actividad agraria, y en particular que esta se produce en el ámbito de las producciones citadas en el apartado 1.
4. Los beneficiarios de las subvenciones deberán cumplir los requisitos y obligaciones establecidos en los artículos 13 y 14 de Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en el presente real decreto.
5. Solicitud de las subvenciones, documentación y plazo de presentación. 1. La presentación de la solicitud de ayuda deberá tener lugar en el momento de presentación del documento de solicitud del aval ante SAECA, a cuyo efecto este llevará incorporada, mediante una casilla, la solicitud de concesión de la ayuda dirigida al Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, que constituirá el modelo de solicitud de estas subvenciones.
2. La presentación de la solicitud de ayuda se realizará por medios electrónicos, en el caso de que los solicitantes sean: 
a) Personas jurídicas, 
b) Entidades sin personalidad jurídica, 
c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional, y 
d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
Ello comprende tanto la presentación de solicitudes, documentos y solicitudes a través de registro, como las notificaciones que se cursarán al interesado necesariamente por vía electrónica, salvo aquellos documentos que por su propia naturaleza no sean susceptibles de ese tratamiento.
Se llevará a cabo a través del registro electrónico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, a través de su página web (https://sede.mapa.gob.es/), mediante la presentación del documento de solicitud del aval a SAECA indicado en el apartado 1, junto con el anexo debidamente cumplimentado, que contiene un modelo de declaración sobre el cumplimiento de requisitos y obligaciones del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como los documentos señalados en el artículo 5.10.
3. No obstante, las personas físicas, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas, de acuerdo con lo establecido por el apartado precedente, podrán presentar, ante SAECA, en papel, su solicitud de ayuda, adjuntando la documentación citada así como los documentos señalados en el artículo 5.10, de acuerdo con lo establecido en el apartado 1, y el anexo, no siendo necesario que realicen ninguna otra actuación, dándose por cumplimentada su petición. La presentación de la solicitud y la documentación referida en este apartado se podrá realizar de forma presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
4. Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de dos meses a contar a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria contemplada en la disposición final tercera del presente real decreto, si bien dicho plazo podrá ampliarse, en su caso, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con lo señalado por la disposición adicional segunda del presente real decreto.
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