viernes, 29 de marzo de 2019

12 plazas del Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado, código 1400, por el sistema general de acceso libre

Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («BOE» del 22).
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en las páginas web www.miteco.gob.es y www.administracion.gob.es y en el portal Funciona.
1. Descripción de las plazas Se convoca proceso selectivo para cubrir 12 plazas del Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado, código 1400, por el sistema general de acceso libre y 3 por el sistema de promoción interna.
Del total de las plazas convocadas por el sistema general de acceso libre se reservará 1 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
4. Titulación Se requerirá estar en posesión del título universitario de Grado o los actualmente vigentes de licenciado, ingeniero superior o arquitecto.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
7. Solicitudes 7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del Punto de Acceso General en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.
La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», {del 30 de marzo al 30 de abril de 2019, a.i.} preferentemente por vía electrónica.

11 plazas de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento, Código 6200, por el sistema general de acceso libre

Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirán las presentes convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («BOE» núm. 174, del 22).
Bases específicas
Las presentes convocatorias se publicará en el punto de acceso general http://www.administracion.gob.es/, en el portal del Ministerio de Fomento http://www.fomento.gob.es/ y en el Portal Funciona https://www.funciona.es/public/funciona/.
1. Descripción de las plazas. 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 11 plazas de la Escala de Técnicos Facultativos Superiores de Organismos Autónomos del Ministerio de Fomento, Código 6200, por el sistema general de acceso libre y 5 de acceso por promoción interna, de las comprendidas en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio («BOE» del 31).
1.2 Del total de las 11 plazas citadas para la cobertura por el sistema general de acceso libre, se reservará 1 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
1.7 La distribución por áreas temáticas de las plazas convocadas es la siguiente:
Acceso libre:
a) Estudios y experimentación en aguas marinas y sus infraestructuras naturales y artificiales: 1 plaza.
b) Estudios y experimentación en estructuras y materiales: 1 plaza.
c) Estudios y experimentación en geotecnia: 1 plaza.
d) Estudios y experimentación en carreteras: 2 plazas.
e) Seguridad e interoperabilidad ferroviaria: 6 plazas.
4. Titulación. 4.1 Se requiere estar en posesión o cumplir los requisitos necesarios para obtener el título de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
4.2 Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
6. Solicitudes. 6.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips.
6.2 La presentación se realizará preferentemente por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), ...
6.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» -del 30 de marzo al 30 de abril de 2019, a,i.- y se dirigirá a la Subsecretaría de Fomento. La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

41 plazas del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado, Código 1000, por el sistema general de acceso libre

Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá las presentes convocatorias son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («BOE» núm. 174, del 22).
Bases específicas
Las presentes convocatorias se publicarán en el punto de acceso general http://www.administracion.gob.es/, en el portal del Ministerio de Fomento http://www.fomento.gob.es/ y en el Portal Funciona https://www.funciona.es/public/funciona/.
1. Descripción de las plazas. 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 41 plazas del Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado, Código 1000, por el sistema general de acceso libre y 12 de acceso por promoción interna, de las comprendidas en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio («BOE» del 31).
1.2 Del total de las 41 plazas citadas para la cobertura por el sistema general de acceso libre, se reservarán 2 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
4. Titulación. 4.1 Se requiere estar en posesión o tener cumplidas las condiciones para obtener el título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o aquel que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las Directivas Comunitarias, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
4.2 Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
6. Solicitudes. 6.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips.
6.2 La presentación se realizará preferentemente por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), ...
6.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» {del 30 de marzo al 30 de abril de 2019, a.i.} y se dirigirá a la Subsecretaría de Fomento. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

88 plazas del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos, Código 1406, por el sistema general de acceso libre

Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirán las presentes convocatorias son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE núm. 174, del 22).
Bases específicas
Las presentes convocatorias se publicarán en el punto de acceso general http://www.administracion.gob.es/, en el portal del Ministerio de Fomento http://www.fomento.gob.es/ y en el Portal Funciona https://www.funciona.es/public/funciona/.
1. Descripción de las plazas. 1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir 88 plazas del Cuerpo de Ingenieros Aeronáuticos, Código 1406, por el sistema general de acceso libre y 5 plazas de acceso por promoción interna, de las comprendidas en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio (BOE del 31).
1.2 Del total de las 88 plazas citadas para la cobertura por el sistema general de acceso libre, se reservarán 4 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
4. Titulación. 4.1 Se requiere estar en posesión o tener cumplidas las condiciones para obtener el título de Ingeniero Aeronáutico o aquel que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.
4.2 Los aspirantes con titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia, a la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
4.3 Se habrá de presentar la documentación acreditativa correspondiente a los apartados 4.1 y 4.2 junto con el formulario de solicitud.
6. Experiencia previa en el sector. De acuerdo con lo previsto en los apartados M.B.902 (anexo I, parte M), 145.B.10 (anexo II, parte 145, sección B), y 147.b.10 (anexo IV, parte 147, sección B) del Reglamento (UE) número 1321/2014 de la Comisión de 26 de noviembre de 2014, ARA.Gen.200 (anexo VII) del Reglamento (UE) número 1178/2011 de la Comisión, de 3 de noviembre de 2011, el apartado 21.B.25 del anexo I (parte 21) del Reglamento (UE) número 748/2012 de la Comisión, de 3 de agosto de 2012, y el apartado ARO.GEN.200 a) 2 (anexo II, sección II) del Reglamento (UE) número 965/2012 de la Comisión, de 5 de octubre de 2012, los aspirantes, para ser admitidos al proceso selectivo, deberán acreditar un mínimo de tres años de experiencia profesional en puestos de trabajo cuyo contenido estuviera relacionado con las funciones propias de la Agencia, descritas en el artículo 9 del Estatuto de la Agencia Estatal de Seguridad Aérea, aprobado por Real Decreto 184/2008, de 8 de febrero, o de la Dirección General de Aviación Civil, descritas en el Real Decreto 447/2012, de 1 de marzo y el resto de la normativa aplicable.
La acreditación de estos requisitos se realizará de acuerdo con lo descrito en el Anexo V, para lo que habrán de presentar la documentación correspondiente junto con la instancia.
7. Solicitudes. 7.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips.
7.2 La presentación se realizará preferentemente por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/PAG/ips), ...
7.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en el plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirá a la Subsecretaría de Fomento.{del 30 de marzo al 30 de abril de 2019, a.i.} La no presentación de esta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

jueves, 28 de marzo de 2019

subvenciones públicas destinadas a proyectos de atención a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores o con discapacidad para el año 2019.

BDNS(Identif.):445820
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/index):
Primero. Beneficiarios:
Entidades de naturaleza jurídico privada sin ánimo de lucro y con implantación estatal o autonómica según sus estatutos y que, en el momento de la publicación de la convocatoria, carezcan de fines de lucro e incorporen, entre los fines y objetivos recogidos en sus estatutos, la protección, la atención o la asistencia laboral, formativa, informativa, médica, jurídica o psicológica, a víctimas de trata con fines de explotación sexual o personas en contextos de prostitución, o que las entidades u organizaciones solicitantes acrediten fehacientemente, por cualquier medio admitido en derecho, experiencia en el desarrollo y puesta en práctica de proyectos de atención a estos colectivos.
Segundo. Objeto:
Subvenciones para proyectos destinados a la atención a mujeres y niñas víctimas de trata de seres humanos con fines de explotación sexual y sus hijos e hijas menores de edad o con discapacidad, y cuyas actuaciones se desarrollen en ámbitos de asistencia integral, detección, información y asesoramiento, atención psicosocial, asistencia sanitaria, apoyo jurídico, acompañamiento a otros recursos e inserción sociolaboral, incluidas las actividades de formación y la atención a situaciones de especial vulnerabilidad, cuando se propongan actuaciones que prioricen la detección y atención a víctimas menores de edad, mujeres extranjeras en situación irregular, solicitantes de protección internacional, víctimas con discapacidad y con problemas de salud mental, entre otras.
Tercero. Bases Reguladoras:
Orden SSI/1171/2014, de 26 de junio, publicada en el BOE de 7 de julio de 2014.
Cuarto. Cuantía:
La cuantía total de la subvención tendrá un importe máximo de 4.000.000,00 de euros.
El importe individualizado de cada subvención concedida se establecerá atendiendo a la puntación obtenida y con arreglo a criterios objetivos de valoración, de conformidad con el artículo 6 de la resolución de convocatoria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Se formalizarán exclusivamente por vía electrónica, accediendo al formulario a través de la Sede electrónica del Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, cuya dirección es https://sedempr.gob.es/es/igualdad, en un plazo de quince días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE. {del 29 29 de marzo al 22 de abril de 2019, a.i.}
Sexto. Otros datos:
La solicitud deberá ir acompañada, en el momento de su presentación, de una memoria explicativa de la entidad, de una descripción del proyecto y de una declaración responsable. Cada entidad podrá presentar un único proyecto.

Bases: subvenciones de la Acción Estratégica en Salud 2017-2020, del Programa Estatal de Investigación Orientada a los Retos de la Sociedad,

Artículo 1. Objeto. Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para la realización de las actuaciones incluidas en la AES, del Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad, integrado en el Plan Estatal I+D+i.
Artículo 2. Ámbito material. 1. El ámbito de aplicación de estas bases reguladoras engloba la siguiente tipología de actuaciones contempladas en la misma, que se realizarán, en función de las disponibilidades presupuestarias, según el procedimiento que se regula en esta orden y en la correspondiente convocatoria:
A) En el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad y sus correspondientes subprogramas, se incluyen en la AES las siguientes actuaciones:
1.º Subprograma Estatal de Formación.
i. Formación de doctores en el campo de la Biomedicina y las Ciencias de la Salud.
ii. Formación de Especialistas en Ciencias de la Salud con Formación Sanitaria Especializada en investigación biomédica, clínica y traslacional mediante contratos «Río Hortega».
iii. Formación de personal técnico y de gestores de I+D+I en el campo de la investigación biomédica y de la innovación en tecnologías y servicios sanitarios.
2.º Subprograma Estatal de Incorporación.
i. Contratación de doctores, incluyendo los siguientes tipos:
a) Contratos «Miguel Servet» para la Incorporación de doctores con una trayectoria en I+D+i destacada para su incorporación en centros del SNS en sus modalidades.
b) Contratos «Sara Borrell» para la incorporación de jóvenes doctores en los centros del SNS.
c) Contratos «Juan Rodés» para la incorporación de especialistas formados en investigación con trayectorias destacadas y capacidad de liderazgo científico y asistencial.
ii. Contratos para la intensificación de la actividad investigadora del SNS dirigida a investigadores consolidados del SNS con una trayectoria investigadora y traslacional destacada, con objeto de incrementar su dedicación a las actividades de I+D+i.
iii. Contratos de gestión en investigación en salud en los Institutos de Investigación Sanitaria acreditados.
iv. Contratos para personal técnico de investigación.
3.º Subprograma Estatal de Movilidad.
i. Movilidad de personal de investigación como parte integral del desarrollo de la carrera investigadora en centros del SNS.
B) En el Programa Estatal de Generación de conocimiento y fortalecimiento científico y tecnológico del Sistema de I+D+i y los subprogramas que lo integran, la AES incluye las siguientes actuaciones:
1.º Subprograma Estatal de Generación de Conocimiento.
i. Proyectos de investigación en salud en sus diferentes modalidades.
ii. Proyectos de investigación clínica no comercial.
iii. Proyectos de programación conjunta internacional.
iv. Acciones de dinamización necesarias para atender las situaciones de política científica o tecnológica en el ámbito de la salud, de especial urgencia o interés.
2.º Subprograma Estatal de Fortalecimiento Institucional.
i. Redes temáticas de investigación cooperativa (RETICs).
ii. Fortalecimiento de los Institutos de Investigación Sanitaria (IIS) acreditados por orden ministerial.
iii. Fortalecimiento de estructuras de I+D+I en red (CIBER).
iv. Plataformas de apoyo a la I+D+i en ciencias y tecnologías de la salud.
3.º Subprograma Estatal de Infraestructuras de investigación y Equipamiento Científico-Técnico.
i. Ayudas para la adquisición y mantenimiento de infraestructuras y equipamientos científicos y tecnológicos en los centros del SNS.
ii. Actuaciones relativas a infraestructuras internacionales.
2. Las actuaciones objeto de la AES podrán incluir las de varios subprogramas o aquellas que, contempladas en el Plan Estatal pudieran ser necesarias para la consecución de sus fines.
Artículo 11. Formalización y presentación de solicitudes. Comunicaciones electrónicas. 1. La utilización de los medios electrónicos habilitados en la sede electrónica del ISCIII (https://sede.isciii.gob.es) será obligatoria tanto para la presentación de solicitudes y de la restante documentación que sea necesaria en las distintas actuaciones para la justificación y seguimiento de las subvenciones concedidas, así como para aquellos actos que se determinen en cada actuación.

1 plaza de Auxiliar de Policía Local, del Ayuntamiento de Aledo (Murcia)

En el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» número 65, de 20 de marzo de 2019, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Una plaza de Auxiliar de Policía Local de Aledo, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales y clase Auxiliar Policía Local, mediante el sistema de oposición libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 29 de marzo al 17 de abril de 2019, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín Oficial de la Región de Murcia» y en el tablón de edictos del Ayuntamiento. https://www.aledo.es

borsa de treball de personal funcionari interí, Auxiliar Administratiu/iva grup C2. Ajuntament de l'Aldea (Baix Ebre-Tarragona)

Per acord de la Junta de Govern Local de data 7 de març de 2019, s'aprovaren les bases i la convocatòria per constituir una Borsa de treball de personal funcionari interí, auxiliar administratiu/iva grup C2, per cobrir, de forma excepcional, necessitats urgents i inajornables de personal d'aquest grup professional.
S'adjunten les bases reguladores que regiran la convocatòria:
“BASES DEL PROCÉS SELECTIU PER A LA CONSTITUCIÓ D'UNA BORSA DE TREBALL DE PERSONAL FUNCIONARI INTERÍ AUXILIAR ADMINSTRATIU/VA DE L'AJUNTAMENT DE L'ALDEA – CONCURS-OPOSICIÓ.
Base 1a. Objecte de la convocatòria. L'objecte d'aquestes bases és constituir una borsa de treball de personal funcionari interí temporal, denominació auxiliar administratiu/iva, escala administració general, subescala auxiliar, categoria administrativa ,grup C2, per cobrir vacants, substitucions i qualsevol altre tipus de contingència temporal d'aquest grup que es doni a l'Ajuntament de l'Aldea.
El personal que formarà part d'aquesta borsa serà seleccionat mitjançant concurs-oposició, torn lliure.
El personal nomenat temporalment tindrà assignades les retribucions bàsiques i complementàries segons el grup de classificació.
La present convocatòria es publicarà al Butlletí Oficial de la Província de Tarragona, en el Diari oficial de la Generalitat de Catalunya, a la seu electrònica de l'Ajuntament i al Portal de Transparència. La resta de publicacions del procés selectiu es realitzarà a la seu electrònica de l'Ajuntament en els termes establerts en aquestes Bases.
Les funcions del lloc de treball seran les corresponents al Grup de classificació C per al grup de C2, ...
Base 3a. Requisits dels aspirants. Per ser admès i prendre part en la convocatòria, les persones aspirants han de reunir, a la data d'acabament del termini de presentació de sol·licituds, els següents requisits:
a) Tenir la nacionalitat espanyola, d'acord amb les lleis vigents, o tenir la nacionalitat de qualsevol dels estats membres de la Unió Europea o d'aquells estats als quals, en virtut de tractats internacionals celebrats per la Unió Europea i ratificats per Espanya, sigui d'aplicació la lliure circulació de treballadors, de conformitat amb el Real decret legislatiu 5/2015, pel qual s'aprova el Text refós de la Llei de l'Estatut bàsic de l'empleat públic, i amb el que estableixen la Llei 4/2000 d'11 de gener, sobre drets i llibertats dels estrangers a Espanya, i la Llei 14/2003, de 20 de novembre, sobre els drets i llibertats de les persones estrangeres a Espanya i la seva integració social, i disposicions concordants. Les persones aspirants que siguin estrangeres han d'acreditar la seva nacionalitat.
Els nacionals d'altres estats membres de la Unió Europea podran accedir, com a personal funcionari, en igualtat de condicions que els espanyols a les ocupacions públiques, llevat d'aquells que directament o indirectament impliquin una participació en l'exercici del poder públic o en les funcions que tenen per objecte la salvaguardar els interessos de l'Estat o de les Administracions públiques.
Les previsions anteriors seran d'aplicació, qualsevol que sigui la seva nacionalitat, al cònjuge de les persones espanyoles i nacionals d'altres estats membres de la Unió Europea, sempre que no estiguin separades de dret i als seus descendents i als del seu cònjuge sempre que no estiguin separades de dret, siguin menors de vint-i-un anys o majors d'aquesta edat dependents.
Els/Les aspirants estrangers/res han d'acreditar un coneixement de nivell intermedi o superior o nivell B2 o C2 del castellà. En cas que les persones aspirants no puguin acreditar documentalment la possessió d'un coneixement adequat del castellà, el procés de selecció ha de contenir una prova o l'exercici de coneixements orals i escrits de llengua castellana que han de superar. La prova, si escau, s'ha de qualificar d'APTE o NO APTE, sent necessari obtenir la valoració d'apte per passar a realitzar les proves restants de la fase d'oposició o per passar a la fase de concurs.
Restaran exempts/tes de la realització d'aquesta prova les persones aspirants que aportin amb la presentació de sol·licitud fotocòpia compulsada d'algun dels següents documents:
- Certificat conforme s'ha cursat la primària, secundària i/o batxillerat a l'Estat espanyol.
- Diploma de nivell superior d'espanyol que estableix el Reial decret 1137/2002, de 31 d'octubre, o equivalent, o certificació acadèmica que acrediti haver superat totes les proves adreçades a la seva obtenció.
- Certificat d'aptitud en espanyol per a estrangers expedit per les escoles oficials d'idiomes.
b) Posseir la capacitat funcional per a realitzar les tasques.
c) Haver complert setze anys i no excedir de l'edat de jubilació forçosa fixada per la llei.
d) No patir cap malaltia ni disminució que impedeixi el desenvolupament de les corresponents funcions.
e) No haver estat separat/da mitjançant expedient disciplinari del servei de qualsevol de les administracions públiques o dels òrgans constitucionals o estatutaris de les comunitats autònomes, ni estar inhabilitat/da absolutament o especialment per a l'ocupació de càrrecs públics per resolució judicial o per a exercir funcions similars a les que es desenvolupaven. En el cas de ser nacional d'un altre estat, no trobar-se inhabilitat/da o en situació equivalent ni haver estat sotmès/a a sanció disciplinària o equivalent que impedeixi, en el seu estat, en els mateixos termes l'accés a l'ocupació pública.
f) Posseir el certificat de nivell C de català (certificat C1) de la Direcció General de Política Lingüística o alguna de les titulacions equivalents d'acord amb el Decret 152/2001, de 29 de maig, sobre avaluació i certificació de coneixements de català, (modificat pel Decret 3/2014, de 7 de gener), i l'Ordre VCP/491/2009, de 12 de novembre, per la qual es refonen i s'actualitzen els títols, diplomes i certificats equivalents als certificats de coneixements de català de la Direcció General de Política Lingüística. Així mateix, és d'aplicació el Decret 161/2002, d'11 de juny, sobre l'acreditació del coneixement del català i l'aranès en els processos de selecció de personal i de provisió de llocs de treball de les administracions públiques de Catalunya.
En cas que les persones aspirants no puguin acreditar documentalment la possessió del nivell de català exigit, el procés de selecció ha de contenir una prova o l'exercici de coneixements de llengua catalana del mateix nivell al requerit a la convocatòria, que han de superar aquests aspirants.
No obstant l'anterior, i d'acord amb l'establert en l'art. 5 del Decret 161/2002, d'11 de juny, sobre l'acreditació del coneixement del català i l'aranès en els processos de selecció de personal i de provisió de llocs de treball de les administracions públiques de Catalunya, resten exempts de realitzar la prova de coneixements de la llengua catalana:
- les persones aspirants que hagin participat i obtingut plaça en processos anteriors de selecció de personal per accedir a l'Ajuntament de l'Aldea, en què hi hagués establerta una prova de català del mateix nivell o superior a l'exigit a la convocatòria,
g) Estar en possessió o condicions d'obtenir a data de la finalització del termini de presentació de sol·licituds el Graduat en ESO, Graduat Escolar, FPI, cicle de Grau mitjà o equivalent.
Base 4a. Presentació de sol·licituds. Cal presentar una instància, segons model normalitzat de sol·licitud d'admissió juntament amb el currículum vitae i documentació acreditativa dels requisits i dels mèrits al·legats per les persones aspirants mitjançant fotocòpia simple, llevat del català i/o castellà que caldrà presentar original o fotocòpia compulsada, al Registre General de l'Ajuntament, en horari d'atenció al públic, de dilluns a divendres, de 9 a 14 hores, o en qualsevol dels llocs a què fa referència l'art. 16 de la Llei 39/2015, d'1 d'octubre, del procediment administratiu comú de les administracions públiques en relació amb la disposició derogatòria i la disp. transitòria 4a d'aquesta llei.
Els aspirants han de manifestar en la sol·licitud que compleixen tots i cadascun dels requisits exigits en aquestes Bases, referits sempre a la data d'expiració del termini assenyalat per a la presentació de les sol·licituds, sens perjudici de la seva posterior acreditació en finalitzar el procés selectiu.
La documentació a presentar amb la sol·licitud, és:
- Fotocòpia simple del DNI o NIE
- Original o fotocòpia compulsada del nivell català requerit i, en el seu cas, del castellà
- Fotocòpia simple de la titulació requerida, si és el cas
- Currículum vitae
- Fotocòpia simple de la documentació acreditativa dels requisits i dels mèrits al·legats
L'esmentada documentació ha de presentar-se dins el termini de presentació d'instàncies llevat de l'acreditació del nivell de llengua catalana i/o castellana si escau que pot presentar-se fins el moment de la realització de la prova de castellà/català si s'escau.
Els mèrits obtinguts a l'estranger s'han d'acreditar mitjançant certificats degudament traduïts a qualsevol de les dues llengües oficials de Catalunya.
Clàusula de protecció de dades de caràcter personal en revisió.
...
Base 5a. Termini de presentació de sol·licituds: 20 dies hàbils comptats a partir de l'endemà de la darrera publicació en el BOP o en el DOGC. -del 28 de març al 26 d'abril de 2019, a.i.-

convocatoria y regulación del concurso de méritos para la adjudicación de oficinas de farmacia en la Región de Murcia

Primero.- La presente Resolución tiene por objeto la convocatoria y regulación del concurso de méritos para la adjudicación de oficinas de farmacia en la Región de Murcia. Los expedientes incoados para la autorización de apertura de oficina de farmacia, las zonas farmacéuticas a las que corresponden y la localización de las nuevas oficinas de farmacia cuya adjudicación se sacan a concurso son los siguientes: 
· ZF 2 * Alhama – 1 Oficina de Farmacia 
· ZF 13* Murcia/Puente Tocinos - 1 Oficina de Farmacia 
· ZF 17* Cartagena/San Antón- 1 Oficina de Farmacia 
· ZF 26*.Torrepacheco– 1 Oficina de Farmacia (Roldán) 
· ZF 33* Lorca/San Diego -2 Oficinas de Farmacia 
· ZF 36* Totana – 1 Oficina de Farmacia 
· ZF 39* Caravaca – 1 Oficina de Farmacia 
· ZF 43*Jumilla - 1 Oficina de Farmacia (Barrio del 4.º Distrito) 
· ZF 48*Archena - 1 Oficina de Farmacia 
· ZF 51* Molina - 2 Oficinas de Farmacia (1 Núcleo urbano/1 Urbanizaciones) 
*Las Zonas Farmacéuticas se corresponden con las autorizadas mediante Orden de 26 de noviembre de 1998 de la Consejería de Sanidad y Política social por la que se aprueba la clasificación y relación de las zonas farmacéuticas de la Región de Murcia. 
Segundo.- El procedimiento de adjudicación de oficinas de farmacia se ajustará a los principios de concurrencia competitiva, publicidad, transparencia, mérito y capacidad, de conformidad con lo establecido en la Ley 3/1997, de 28 de mayo, de Ordenación Farmacéutica de la Región de Murcia; el Decreto 17/2001 de 16 de febrero, por el que regulan los procedimientos de autorización de apertura, traslado, modificación, cierre y transmisión de las oficinas de farmacia; el Decreto 176/2012, de 21 de diciembre, por el que se modifica el Decreto de 17/2001, de 16 de febrero, por el que se regulan los procedimientos de apertura, traslado, modificación, cierre y transmisión de las oficinas de farmacia y se aprueba el nuevo baremo para la valoración de méritos aplicable a las convocatorias de adjudicación de oficinas de farmacia; la Orden de 18 de diciembre de 2018 la Consejería de Salud por la que se delega en el Colegio Oficial de Farmacéuticos de Murcia el ejercicio de competencias de tramitación de los procedimientos de autorización en materia de oficinas de farmacia; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y demás disposiciones concordantes y con arreglo a las siguientes, Bases: 
Base primera: Solicitudes. 1. Podrán participar en el concurso para la adjudicación de las oficinas de farmacia autorizadas en los correspondientes expedientes, únicamente las personas que ostenten la condición de Licenciado o Grado en Farmacia a la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. 
2. El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Región de Murcia [Número 71 Miércoles, 27 de marzo de 2019]. - del 28 de marzo al 17 de abril de 2019, a.i.-
3. Los interesados en concurrir a esta convocatoria, y conforme a lo establecido en el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, deberán presentar su solicitud de participación (Anexo) en el Registro Electrónico Único, a través de la Sede Electrónica de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia (www.sede.carm.es), procedimiento número 2644 - Solicitud de participación en el concurso de méritos para adjudicación de nuevas oficinas de farmacia. 
En caso de tratarse de sujetos no obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración podrán efectuar la presentación de solicitud de participación (Anexo) en cualquiera de los registros de los establecidos en el art. 16 de la mencionada Ley 39/2015.

miércoles, 27 de marzo de 2019

Subvenciones destinadas a la ejecución de Obras de Mejora de Masas Forestales (montes) de propiedad municipal en la provincia de Alicante, con una necesidad de mejora paisajística, de más de 4 has de superficie

Resultado de imagen de reforestacio a xabiaImagen relacionadaDiputació d'Alacant. EXTRACTO DEL ACUERDO DE 6 DE MARZO DE 2019 DEL PLENO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE, CELEBRADO EN SESIÓN ORDINARIA, POR EL QUE SE CONVOCA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A FAVOR DE AYUNTAMIENTOS PARA OBRAS DE MEJORA DE MASAS FORESTALES (MONTES) MUNICIPALES, A EJECUTAR POR LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE. ANUALIDAD 2019.
BDNS(Identif.):445860
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.- Beneficiarios:
Podrán optar a la convocatoria los ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de Alicante que presenten montes o terrenos forestales de titularidad municipal, de más de 4 has de superficie (mínima superficie que justifica una actuación), de acuerdo con los criterios establecidos en la base 3.1.1 de la convocatoria.
Segundo.- Objeto:
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas en el ejercicio de 2019, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, para la concesión durante el año 2019 de subvenciones, destinadas a la ejecución de Obras de Mejora de Masas  Forestales (montes) de propiedad municipal en la provincia de Alicante, con una necesidad de mejora paisajística, como pueden ser los siguientes: montes arbolados afectados por plagas de escolítidos perforadores y la sequía; montes arbolados fosilizados, debilitados, sin apenas crecimiento y con un gran peligro de incendios; encinares degradados sin verdaderos árboles; montes sometidos a fuertes procesos erosivos; montes arbolados en zonas sensibles a los efectos del cambio climático; montes con un valor paisajístico o faunístico por debajo del potencial; montes afectados por daños abióticos; y cualquier otro tipo estado del monte que justifique su mejora paisajística.
Las actuaciones subvencionadas serán ejecutadas por la Excma. Diputación Provincial de Alicante, que asimismo se encargará de la contratación y dirección de dichas obras, de la coordinación de su seguridad y salud, así como, de la redacción de los correspondientes proyectos simplificados o memorias valoradas. 
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE DÍAS HÁBILES, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 60 de 27/03/2019]. Sí el último día del plazo fuese domingo o festivo se trasladará al siguiente día hábil. - del 28 de marzo al 17 de abril de 2019, a.i.-

Bolsa de trabajo de Agente de la Policía Local (C1). Ajuntament de Castalla.

La Junta de Gobierno Local, en sesión ordinaria celebrada el día 13 de marzo, ha aprobado la convocatoria para la constitución de una bolsa de trabajo temporal de AGENTES DE LA POLICÍA LOCAL, para futuros nombramientos como funcionarios interinos, por el sistema de OPOSICIÓN LIBRE.
Las instancias para poder tomar parte en el citado proceso, se presentarán en horas hábiles, en el Registro General de este Ayuntamiento, o en la forma que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, durante el plazo de DIEZ días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia. [Alacant Nº 60 de 27/03/2019 ] {del 28 de marzo al 8 de abril de 2019, a.i.}
Las bases objeto de la convocatoria y resto de documentos, se encuentran publicadas en la página web municipal (www.castalla.org) en el apartado de OPOSICIONES.

Candidaturas a Elecciones/Eleccions a Les Corts Valencianes 2019, que tendrán lugar el día 28 de abril de 2019

JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL DE ALICANTE 
DOÑA ************* , SECRETARIA DE LA JUNTA ELECTORAL PROVINCIAL DE ALICANTE.
 CERTIFICO: En esta Junta Electoral Provincial se han presentado la siguientes Candidaturas a Elecciones/Eleccions a Les Corts Valencianes 2019, que tendrán lugar el día 28 de abril de 2019, las que a continuación se relacionan según el orden de presentación:
Circunscripción electoral/Circumscripció electoral Alicante / Alacant
Candidatura núm. 1: PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL (P.S.O.E.)
Titulares/Titulars
1. Ana Barceló Chico
2. José Francisco Chulvi Español
3. Laura Soler Azorín
4. Manuel Pineda Cuenca
5. Toñi Serna Serrano
6. Vicent Arques Cortés
7. Sandra Martín Pérez
8. Francisco Rubio Delgado
9. Rosa de Falastín Mustafá Avila
10. Jesús Sellés Quiles 
11. Aroa Mira Riojano
12. David Cerdán Pastor
13. Marisa Navarro Forcada
14. Ignacio González López
15. María José Adsuar  Nicolás
16. José Vicente Férriz Soriano
17. Pilar Brotóns  Megías
18. Gerard Ortiz Domenech
19. María José González Mira
20. José Pérez Ruíz
21. Fanny Serrano Rodríguez
22. Francisco García Mora
23. Lourdes Pastor Verdú
24. José Miguel González Moreno
25. Nieves Lozano García
26. Eduardo Moreno Punzano
27. Julia López Arenas
28. Pablo López Ronda
29. María Begoña Fernández Santos
30. Francisco Cámara Hurtado Santos
31. Míriam Beltrá  Urios
32. Miguel Serna Castillejos
33. Esther Enriqueta Fuentes  Mascarell
34. Miguel Martínez Ballester
35. María Asunción Gregori Ferrer 
Suplentes/Suplents
1. Manuel Marín Bernal
2. Rosa María Heredia Martínez
3. Ricardo Sendra García
4. Lucía Rubio Escuderos
5. Alejandro Luengo Iglesias 

Ayudas para la ejecución de Proyectos Singulares orientados a la Modernización Comercial.

Resultado de imagen de Modernización Comercial.CÁMARA OFICIAL DE COMERCIO, INDUSTRIA, SERVICIOS Y NAVEGACIÓN DE ESPAÑA. Convocatoria pública para la concesión de ayudas para la ejecución de Proyectos Singulares orientados a la Modernización Comercial. 
Los beneficiarios de las ayudas podrán ser: 
1. Comunidades Autónomas. 
2. Ayuntamientos. 
3. Diputaciones y Cabildos. 
4. Otras entidades y agrupaciones de municipios recogidos en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. 
5. Otras formas asociativas similares de ámbito local que cuenten con una articulación jurídica específica con capacidad para operar en este ámbito. 
El presupuesto para el desarrollo de las actuaciones descritas en la convocatoria asciende a 1.700.000 euros. 
Los proyectos podrán desarrollarse en aquellas Comunidades Autónomas que cuentan con disponibilidad de fondos FEDER correspondientes al Programa Operativo de Crecimiento Inteligente 2014-2020: Andalucía, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Cataluña, Comunidad Valenciana, Comunidad de Madrid, Extremadura, Galicia, La Rioja y País Vasco. 
La fecha límite de presentación de las propuestas es el 25 de abril de 2019. 
Las bases por la que se regula esta convocatoria se pueden consultar en la web https://www.camara.es/convocatorias/convocatorias

Becas para la participación en las actividades programadas en los "Centros de Educación Ambiental" de Villardeciervos (Zamora) y Viérnoles (Cantabria) durante 2019.

BDNS (Identif.):445121

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicará el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios. Grupos de alumnos de centros docentes españoles que cursen 5.º o 6.º de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria o Formación Profesional Básica.

Segundo. Objeto. Becas para la participación en las actividades programadas en los "Centros de Educación Ambiental" de Villardeciervos (Zamora) y Viérnoles (Cantabria) durante 2019.

Tercero. Bases reguladoras. Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio (BOE del 15) por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio por el Ministerio de Educación y Ciencia.

Cuarto. Cuantía. La cuantía máxima destinada a las becas asciende a 148.932,20 euros. Se convocan becas para un total de 44 grupos de alumnos.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado hasta el 10 de abril de 2019.

Sexto. Otros datos. La documentación requerida para participar en esta convocatoria, que se adjuntará en soporte electrónico al Formulario de solicitud accesible por vía telemática en el enlace https://sede.educacion.gob.es, "Trámites", será la siguiente:

Proyecto de participación (original y específico para esta convocatoria).

Documento de aprobación de la participación del centro en el Programa.

Además, en el centro educativo se recabarán las autorizaciones familiares de los alumnos que quedarán archivadas en el mismo.

Registro de las solicitudes: el registro de la solicitud se realizará de manera telemática en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Becas para la participación en las actividades del programa "Recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados" que se desarrolla en Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara) durante el periodo lectivo de 2019..

BDNS (Identif.):445127
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicará el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios. Grupos de alumnos de centros docentes españoles que cursen 3.º o 4.º de Enseñanza Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Ciclos formativos de Grado Medio de Formación Profesional, Ciclos formativos de Grado Medio de Enseñanzas Artísticas y Bachillerato.
Segundo. Objeto. Becas para la participación en las actividades del programa "Recuperación y utilización educativa de pueblos abandonados" que se desarrolla en Búbal (Huesca), Granadilla (Cáceres) y Umbralejo (Guadalajara) durante el periodo lectivo de 2019.
Tercero. Bases reguladoras. Orden ECI/1815/2005, de 6 de junio (BOE del 15), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de becas y ayudas al estudio por el Ministerio de Educación y Ciencia.
Cuarto. Cuantía. La cuantía máxima destinada a las becas asciende a 340.537,73 euros. Se convocan becas para un total de 98 grupos.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado hasta el 10 de abril de 2019.
Sexto. Otros datos. La documentación requerida para participar en esta convocatoria, que se adjuntará en soporte electrónico al Formulario de solicitud accesible por vía telemática en el enlace https://sede.educacion.gob.es, "Trámites", será la siguiente:
Proyecto de participación (original y específico para esta convocatoria).
Documento de aprobación de la participación del centro en el Programa.
Además, en el centro educativo se recabarán las autorizaciones familiares de los alumnos que quedarán archivadas en el mismo.
Registro de las solicitudes: El registro de la solicitud se realizará de manera telemática en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.