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miércoles, 26 de septiembre de 2012

subvenciones en las áreas de servicios sociales, familias e infancia, correspondientes al año 2012. (Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad)

2.- Objeto y finalidad. 1. Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de actuaciones estatales dirigidas a apoyar el movimiento asociativo y fundacional de ámbito estatal de las personas y los colectivos que se encuentran en situación o en riesgo de exclusión social, pueblo gitano, voluntariado, familias e infancia.
2. Serán subvencionables en esta convocatoria las actuaciones que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución.
3. La finalidad de las subvenciones es respaldar a las entidades que operan en el ámbito social desde una perspectiva organizativa o institucional para fomentar o potenciar la posterior actividad de protección social que han de desarrollar. 
3.-  Beneficiarios. Podrán acceder a la condición de beneficiario de estas subvenciones las entidades u organizaciones no gubernamentales que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente Registro administrativo de entidades de ámbito estatal a la fecha de publicación de esta convocatoria.
b) Carecer de fines de lucro. A estos efectos, se considerarán también entidades sin fines de lucro aquéllas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.
c) Tener como fines institucionales primordiales, en concordancia con los fines establecidos en sus estatutos y con carácter prioritario y habitual, la realización de las actuaciones y actividades de acción social relacionadas con las siguientes áreas y colectivos:
Ser de carácter generalista o tener ámbito de actuación transversal, y que sus fines institucionales primordiales se dirijan a la atención de personas y colectivos que se encuentran en situación o en riesgo de exclusión social, a la provisión de servicios técnicos y de calidad a las organizaciones del tercer sector de acción social o a la promoción del voluntariado.
El desarrollo de la comunidad gitana, la promoción de la igualdad de trato y la lucha contra su discriminación.
Estar constituidas como plataformas o personas jurídicas similares, cuya finalidad sea trabajar en favor de los colectivos más vulnerables de la sociedad y en la lucha contra la exclusión social, el fortalecimiento del tercer sector de acción social o la potenciación y consolidación de la acción voluntaria.
La atención de las familias.
La atención a la infancia.
No se entenderán incluidas dentro de la tipología de estas organizaciones no gubernamentales las personas jurídicas de derecho público, las universidades, los partidos políticos, los colegios profesionales, las sociedades civiles y otras entidades con análogos fines específicos y naturaleza de los citados anteriormente.
4.- Solicitud y documentación. 1. Solicitud.
1.1 Modelo y presentación de solicitudes:
Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo a que se refiere el artículo 5, punto 1, apartado 1.1, de la Orden de bases, y podrán ser presentadas en la sede del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, paseo del Prado números 18-20, 28071 Madrid, o en cualquiera de los lugares indicados en el citado precepto.
Asimismo, existe una aplicación informática para la cumplimentación de la solicitud, a la que se podrá acceder en la página web cuya dirección es www.msssi.gob.es.
Cualquier información sobre esta convocatoria podrá ser obtenida en la Dirección General de Servicios para la Familia y la Infancia, a través de los siguientes medios:
Teléfono: 91 822 66 12 (Familias e Infancia). 91 822 66 34 (Inclusión Social, Pueblo Gitano y Voluntariado).
Fax: 91 363 74 35.
Correo electrónico: ongv.rg@msssi.es
1.2 Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 27 de septiembre al 26 de octubre de 2012, a.i.}

miércoles, 2 de septiembre de 2009

Licitación: servicio especializado de atención a la familia y a la infancia. Ajuntament de Dénia. 85312300-2.

ANUNCIO CONTRATO DE SERVICIOS
1. Entidad adjudicadora: datos generales y datos para la obtención de la información:
a) Organismo: Ayuntamiento de Dénia.
b) Dependencia que tramita el expediente: Secretaría –
Negociado de Contratación
c) Obtención de documentación e información:
1) Dependencia.- Secretaría.
2) Domicilio.- Plaza Constitució, 10.
3) Localidad y código postal.- Dénia – 03700.
4) Teléfono.- 966467014.
5) Telefax.- 966431738.
6) Correo electrónico.- secretaria@ayto-denia.es.
7) Dirección de Internet del perfil del contratante.
www.denia.es .
8) Fecha límite de obtención de documentación e información.
Hasta el último día de presentación de ofertas, excepto sábados.
d) Número de expediente:
1740/11/09.
2. Objeto del contrato:

a) Tipo: servicios.
b) Descripción:
servicio especializado de atención a la familia y a la infancia.
c) División por lotes y número de lotes /número de unidades: no procede.
d) Lugar de ejecución: en las dependencias municipales que se asignen a tal
efecto.
e) Plazo de ejecución:
un año
f) Admisión de prórroga: si, por un año, por acuerdo expreso antes de su vencimiento.
g) CPV (Referencia de Nomenclatura):
85312300-2.
3. Tramitación y procedimiento:

a) Tramitación: anticipada.
b) Procedimiento: abierto.
c) Subasta electrónica: no.
d) Criterios de adjudicación, en su caso: criterio único (precio).
4. Presupuesto base de licitación:
a) Importe neto: 80.000 €, IVA (7%) 5.600 €. Importe total:
85.600 €.
5. Garantía exigida:
definitiva (5%) del importe de adjudicación.
6. Requisitos específicos del contratista: Solvencia económica y financiera y solvencia técnica y profesional: según los artículos 64.1.a) y 67 a) de la Ley de Contratos del Sector Público, respectivamente.
7. Presentación de ofertas o de solicitudes de participación:
a)
Fecha límite de presentación: hasta que cumplan 15 días naturales desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.[del 3 al 17 de septiembre, a.i.]
b) Lugar de presentación:
1. Dependencia: atención al público (Registro de Entrada), de lunes a viernes de 8,15 a 14,00 horas y sábados de 9.00 a 12.00 horas.
2. Domicilio: Plaza Constitució, 10.
3. Localidad y código postal: Dénia – 03700.

lunes, 24 de agosto de 2009

subvenciones en las áreas de servicios sociales, familias e infancia, correspondiente al año 2009. MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL.

MINISTERIO DE SANIDAD Y POLÍTICA SOCIAL. Resolución de 31 de julio de 2009, de la Secretaría General de Política Social y Consumo, por la que se convocan subvenciones en las áreas de servicios sociales, familias e infancia, correspondiente al año 2009.
Objeto y finalidad.- 1. Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de actuaciones dirigidas a apoyar el movimiento asociativo y fundacional de ámbito estatal de las personas y los colectivos que se encuentran en situación o en riesgo de exclusión social, pueblo gitano, voluntariado, familias e infancia.
2. Serán subvencionables en esta convocatoria las actuaciones que se relacionan en el anexo I de esta resolución.
3. La finalidad de las subvenciones es respaldar a las entidades que operan en el ámbito social desde una perspectiva organizativa o institucional para fomentar o potenciar la posterior actividad de protección social que han de desarrollar.
Beneficiarios.–Podrán acceder a la condición de beneficiario de estas subvenciones las entidades u organizaciones no gubernamentales que reúnan los siguientes requisitos:
a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente Registro administrativo de entidades de ámbito estatal a la fecha de publicación de esta convocatoria.
b) Carecer de fines de lucro. A estos efectos, se considerarán también entidades sin fines de lucro aquellas que desarrollen actividades de carácter comercial, siempre que los beneficios resultantes de las mismas se inviertan en su totalidad en el cumplimiento de sus fines institucionales, no comerciales.
c) Tener como fines institucionales primordiales, en concordancia con los fines establecidos en sus estatutos y con carácter prioritario y habitual, la realización de las actuaciones y actividades de acción social relacionadas con las siguientes áreas y colectivos:
Ser de carácter generalista o tener ámbito de actuación transversal, y que sus fines institucionales primordiales se dirijan a la atención de las personas y los colectivos que se encuentran en situación o en riesgo de exclusión social, a la provisión de servicios técnicos y de calidad a las organizaciones del tercer sector de acción social o a la promoción del voluntariado.
El desarrollo de la comunidad gitana, la promoción de la igualdad de trato y la lucha contra su discriminación.
Estar constituidas como plataformas o personas jurídicas similares, cuya finalidad sea trabajar en favor de los colectivos más vulnerables de la sociedad y en la lucha contra la exclusión social, el fortalecimiento del tercer sector de acción social o la potenciación y consolidación de la acción voluntaria.
La atención de las familias.
La atención a la infancia.

1. Solicitud.- 1.1 Modelo y presentación de solicitudes: Las solicitudes de subvención se formalizarán en el modelo a que se refiere el artículo 5, punto 1, apartado 1, de la Orden de bases y podrán ser presentadas en la sede del Ministerio de Sanidad y Política Social, paseo del Prado, números 18-20, 28071 Madrid, o en cualquiera de los lugares indicados en el citado precepto.
Asimismo, existe una aplicación informática para la cumplimentación de la solicitud, a la que se podrá acceder en el página web cuya dirección es
www.msps.es .
Cualquier información sobre esta convocatoria podrá ser obtenida en la Dirección General de Política Social, de las Familias y de la Infancia, a través de los siguientes medios:
Teléfono: 91 363 74 34 (Inclusión Social, Pueblo Gitano y Voluntariado).
Teléfono 91 363 81 82 (Familias) y 91 363 81 16 (Infancia).
Fax: 91 363 74 35 (Inclusión Social, Pueblo Gitano y Voluntariado).
Teléfono: 91 363 81 20 (Familias e Infancia).
Correo electrónico:
ongv@mepsyd.es . sgfamilias@mepsyd.es . infancia@mepsyd.es .
1.2 Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».[del 25 de agosto al 23 de septiembre, a.i.]

viernes, 24 de abril de 2009

Bolsa de Trabajo: Profesor/a y Técnico de Jardín de Infancia. Banyeres de Mariola (L'Alcoià)

Bases Específicas reguladoras de la Bolsa de Empleo Temporal de PROFESOR/A y TÉCNICO DE JARDÍN DE INFANCIA de la Escuela Infantil Municipal del AYUNTAMIENTO DE BANYERES DE MARIOLA.
Objeto.- El objeto de las presentes bases es regular la constitución y funcionamiento de la bolsa de empleo temporal de profesor/a de educación infantil y de técnico/a de jardín de infancia de la escuela infantil municipal, mediante la contratación de personal laboral temporal.
Requisitos de los aspirantes.- Para el puesto de profesora: maestros con la especialidad de Educación Infantil o profesores de Educación General Básica especialistas en Preescolar.
- Para el puesto de técnico de jardín de infancia, técnicos superiores en Educación Infantil, técnicos especialistas de jardines de infancia.
Y por aquellos profesionales que han sido habilitados por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte para impartir el primer ciclo de la Educación Infantil.

Inscripción en la Bolsa.- Se regirá por lo previsto en el apartado cuarto de la Ordenanza general de Normas de Funcionamiento de Bolsas de Trabajo del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola.
De conformidad con lo dispuesto en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por los documentos que expida o de que entienda la administración, deberán abonarse 6 € en concepto de derechos de examen.
Esta convocatoria se rige en primer lugar por estas Bases y en lo no previsto, por la Ordenanza General de normas de funcionamiento de bolsas de trabajo para la contratación temporal de personal laboral y funcionario interino del Ayuntamiento de Banyeres de Mariola, aprobadas por el Pleno en sesión ordinaria de fecha 29 de enero de 2007 y modificadas por acuerdo de 27 de mayo de 2008, y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante número 152. LINK Ordenanza: (ver plazos en ordenaza)
"El plazo de presentación de instancias será de 20 días naturales a partir de la publicación del correspondiente anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia".[del 25 d'abril al 14 de maig, a.i.]