jueves, 3 de julio de 2014

ajudes econòmiques destinades a l'escolarització en les escoles i centres d'Educació Infantil de primer cicle per al curs escolar 2014-2015.

Primer. La Conselleria d’Educació, Cultura i Esport, dins dels límits pressupostaris aprovats per a esta finalitat, convoca ajudes econòmiques a l’escolarització de l’alumnat de zero a tres anys, per mitjà del finançament parcial de les places escolars en les escoles i centres d’Educació Infantil de primer cicle, destinades a l’alumnat dels esmentats centres per al curs escolar 2014-2015.
Segon. 1. Les esmentades ajudes es materialitzaran en bons d’escolarització d’Educació Infantil de primer cicle, que contribuiran al finançament parcial del cost de la plaça escolar.
2. L’import global màxim que podrà assignar-se en concepte d’estes ajudes per esta convocatòria serà de 30.014.655,00 euros.
Per als quatre primers mesos (setembre-desembre de l’any 2014) del curs escolar 2014-2015, l’import global màxim és de 12.005.862,00 euros. ...
Per als sis mesos següents (gener-juny de l’any 2015) del curs escolar 2014-2015, l’import màxim de les ajudes serà de 18.008.793,00 euros i quedaran condicionades a l’existència de crèdit pressupostari suficient i adequat per a atendre-les en la corresponent llei de pressupostos de la Generalitat per a l’exercici 2015, ...
Quart. S’aproven les bases per les quals es regix esta convocatòria, incloses com a annex I d’esta orde.
ANNEX I
Bases de la convocatòria
Primera. Objecte de la subvenció. L’objecte d’esta subvenció és la prestació d’ajudes econòmiques a
l’escolarització de l’alumnat de zero a tres anys, per mitjà del finançament parcial de les places escolars en les escoles i centres d’Educació Infantil de primer cicle de la Comunitat Valenciana, destinades a l’alumnat dels esmentats centres per al curs escolar 2014-2015.
Estes ajudes es materialitzaran en bons d’escolarització d’Educació Infantil de primer cicle que contribuiran al finançament parcial del cost de la plaça escolar. ...
Segona. Beneficiaris de les ajudes i requisits. 1. Els destinataris d’estes ajudes són els alumnes de zero a tres anys matriculats en les places escolars oferides per al curs 2014-2015 en escoles i centres d’Educació Infantil de primer cicle de la Comunitat Valenciana que complisquen els requisits i obligacions previstos en esta convocatòria.
2. Els alumnes hauran de complir els requisits següents:
a) Haver nascut o estar previst que nasquen abans del 31 de gener de 2015 (nasciturus).
b) Estar matriculats, per al curs 2014-2015, en una escola municipal o centre d’Educació Infantil de primer cicle de la Comunitat Valenciana que complisca els requisits previstos en esta convocatòria.
c) Aportar al centre, junt amb la sol·licitud d’ajuda, la documentació que s’exigix en estes bases reguladores.
d) Justificar mensualment l’ajuda per mitjà de la presentació al centre del bo corresponent degudament firmat.
3. Queda exclòs d’esta convocatòria l’alumnat matriculat en centres d’Educació Infantil de primer cicle de titularitat de fundacions laborals constituïdes per empreses privades o de titularitat de qualsevol altra institució pública o privada, quan es dediquen a l’atenció exclusiva de fills d’empleats o ocupen per a esta finalitat el 75 % de la seua capacitat.
...
Quinta. Sol·licitud, documentació i terminis. 1. Podran sol·licitar les ajudes el pare, mare, tutor, tutora o representant legal dels alumnes de zero a tres anys matriculats, per al curs 2014-2015, en escoles i centres d’Educació Infantil de primer cicle de la Comunitat Valenciana. Estos hauran d’emplenar i presentar, en el centre on l’alumne estiga matriculat, el model de sol·licitud previst en
l’annex II d’esta orde.
2. Junt amb la sol·licitud hauran de presentar la documentació següent:
a) Fotocòpia confrontada de la pàgina del llibre de família on conste inscrit l’alumne.
b) Fotocòpia confrontada de la targeta SIP (sistema informació poblacional). No serà necessari remetre la fotocòpia del llibre de família i la targeta SIP dels alumnes que durant el curs 2013-2014 van ser beneficiaris de la subvenció.
c) En cas de nasciturus, en la sol·licitud haurà de figurar la paraula «nasciturus» en el nom de l’alumne i els cognoms dels pares, i en lloc del llibre de família, s’aportarà un certificat mèdic acreditatiu de l’embaràs expedit pel metge col·legiat del centre públic de salut que correspon a la dona gestant, i si no és legalment possible esta opció, pel metge col·legiat de la mutualitat professional corresponent, en el qual faça constar l’estat, la setmana de gestació de la dona i la data aproximada de naixement. En este últim cas, s’hi adjuntarà una declaració responsable de la interessada en què indique la impossibilitat legal d’obtindre el certificat del metge del centre públic de salut i el motiu d’això.
3. El termini per a presentar les sol·licituds per l’alumnat finalitzarà l’últim dia del termini per a l’emplenament i la presentació per via telemàtica del llistat dels alumnes matriculats pels centres a l’Administració, establit en la base sexta.
Sexta. Emplenament del llistat d’alumnes matriculats i documentació. 1. El centre emplenarà i presentarà per via telemàtica a l’Administració el llistat d’alumnes matriculats, entre els dies 7 i 17 de juliol de 2014.
A més, estos hauran de remetre a l’entitat col·laboradora una còpia del llistat d’alumnes enviat per via telemàtica a l’Administració, acompanyat de les sol·licituds d’ajuda dels alumnes, còpia del SIP, del llibre de família i, en el cas dels nacisturi, la documentació establida en la base quinta, punt 2.c.
L’enviament haurà de realitzar-se d’acord amb el que es dispose en el manual d’ajuda disponible en la web ‹ www.cece.gva.es/bonoinfantil ›.
2. En cas que un alumne estiga inscrit en més d’un centre, la seua sol·licitud no serà atesa en cap d’estos fins que no siga resolta esta incidència.

ajudes destinades al foment de l'ocupació de les persones amb discapacitat en empreses ordinàries, en l'exercici 2014.

1. Objecte, àmbit i condicions. 1. Esta orde té com a objecte establir un programa dajudes destinades a afavorir la inserció laboral de les persones amb discapacitat en el mercat ordinari de treball, per mitjà del suport a la contractació indefinida, contractació temporal i adaptació del lloc de treball.
2. Les contractacions hauran d’efectuar-se el 2014 i executar-se en centres de treball radicats a la Comunitat Valenciana. No obstant això, també seran subvencionables les contractacions indefinides inicials que hagen tingut lloc l’últim trimestre de 2013.
3. Els treballadors hauran d’haver romàs desempleats i inscrits com a demandants d’ocupació als centres Servef d’Ocupació fins a la seua contractació.
2. Beneficiaris. 1. Com a ocupadores podran ser beneficiàries:
a) Amb caràcter general, les empreses, siga quina siga la seua forma jurídica, les persones físiques i les entitats privades sense ànim de lucre, amb àmbit d’actuació a la Comunitat Valenciana.
b) En cas de les ajudes per contractació indefinida de persones amb discapacitat i adaptació del lloc de treball, qualsevol ocupador, incloent-hi les cooperatives de treball associat que incorporen com a socis treballadors amb discapacitat.
Els treballadors amb discapacitat contractats podran beneficiar-se de l’ajuda per adaptació de lloc si no l’haguera sol·licitada el seu ocupador.
5. Sol·licitud i documentació general. 1. Dirigides al Servef, les sol·licituds es presentaran en un imprés normalitzat a les direccions territorials d’Ocupació, sense perjuí de presentar-les segons el que disposa l’article 38.4 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de Règim Jurídic de les Administracions Públiques i del Procediment Administratiu Comú. Així mateix podrà realitzar-se la presentació telemàtica de les sol·licituds accedint al Catàleg de servicis públics interactius de la Generalitat a través de ‹ www.tramita.gva.es › o del web del Servef ‹ www.servef.es › i seleccionant el servici corresponent.
Per a això, el sol·licitant haurà de disposar de firma electrònica avançada, bé amb el certificat reconegut d’entitat (persones jurídiques), o bé amb el certificat reconegut per a ciutadans (persona física), ambdós admesos per la seu electrònica de la Generalitat (‹ https://sede.gva.es) ...
6. Termini de presentació de sol·licituds. Les sol·licituds hauran de presentar-se en el termini de dos mesos {del 4 de juliol al 3 de setembre de 2014, a.i.}* des de la contractació objecte de l’ajuda, sense que en cap cas puguen presentar-se després del 30 de setembre de 2014. Per a les contractacions efectuades abans de la publicació de l’orde, el termini de dos mesos s’iniciarà l’endemà de la publicació esmentada*.

miércoles, 2 de julio de 2014

Subvenciones a Asociaciones sin ánimo de lucro: Acciones de Promoción Turística de la Costa Blanca. Patronato Provincial de Turismo de Alicante.

subvenciones destinadas a coadyuvar en la financiación de los gastos PARA LA REALIZACIÓN DE ACTUACIONES EN MATERIA DE PROMOCIÓN TURÍSTICA DE LA COSTA BLANCA, A ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO DE LA PROVINCIA DE ALICANTE con arreglo a las siguientes
BASES:
“Primera. Actividad objeto de la subvención. El Patronato Provincial de Turismo de la Costa Blanca, con el ánimo de cooperar con el desarrollo del turismo de la provincia de Alicante, garantizando los principios de solidaridad y participación ciudadana, considera que las Asociaciones sin ánimo de lucro de la provincia de Alicante, desarrollan acciones y actividades que se dirigen a sectores de la población más específicos, complementando la actuación municipal o supramunicipal en material turística.
La Diputación Provincial de Alicante creó el Organismo Autónomo, denominado Patronato Provincial de Turismo de la Costa Blanca, para la promoción turística, tal como se indica en el artículo 1 de los Estatutos que rigen el mismo.
Dentro de los fines estatutariamente regulados del Patronato Provincial de Turismo, figura en el artículo 2 apartado l) de los mismos: “Otorgar subvenciones u otras transferencias corrientes o de capital a Entidades Locales y a Corporaciones, Entidades o Instituciones públicas o privadas sin fin de lucro”.
Las presentes Bases tienen por objeto regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva ordinaria, para la concesión durante el año 2014, de subvenciones destinadas a coadyuvar en la financiación de los gastos derivados en “La promoción turística de la Costa Blanca”, que ejecuten las asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de la provincia de Alicante.
Serán subvencionables las actuaciones de gasto corriente correspondiente a la anualidad 2014 consistentes en:
· Planificación, gestión e implementación de acciones de promoción turística.
· Organización y difusión de productos / actividades específicas, tales como la gastronomía, el turismo cultural o industrial, el golf, etc., especialmente aquellos que ayuden a vertebrar iniciativas en el territorio o reducir la estacionalidad del turismo de la Costa Blanca.
· Campañas específicas de sector (alojamiento, restauración, ocio) o producto: Material promocional turístico, campañas en redes sociales, etc.
Segunda. Plazo de la convocatoria.  La presente convocatoria tiene carácter ordinario. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará al día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia y se extenderá hasta el 21 de julio de 2014.
Tercera. Entidades beneficiarias. Asociaciones, Entidades sin ánimo de lucro y Entes de derecho público de la provincia de Alicante sin ánimo de lucro.

bolsa de empleo para nombramiento interino de Agentes de la Policía Local, (C1). Ayuntamiento de Albatera (Baix Segura/Vega Baja)

1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.1.1. El objeto de la presente convocatoria de pruebas selectivas, es la constitución de una bolsa de empleo para nombramiento interino de Agentes de la Policía Local, vacantes en la plantilla de funcionarios, en los casos de necesidad.
1.2. Las plazas de Agente están clasificadas en Administración Especial, escala Básica, categoría de agente (Subgrupo C1, de acuerdo con la titulación exigida para su ingreso). Están dotadas con las retribuciones básicas establecidas para el Subgrupo C1, y las complementarias que correspondan de conformidad con la legislación vigente y acuerdos municipales.
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. 2.1. Para tomar parte en esta oposición, los aspirantes deberán reunir las siguientes condiciones:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años de edad, y no haber cumplido 36 años. A los solos efectos de la edad máxima se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente en la Administración Local, Escala de Administración Especial, Subescala Básica, Clase Policía Local
c) Estar en posesión del título de Bachiller o técnico (art 76 EBEP), o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impidan el desempeño de las correspondientes funciones, debiendo aportar a tal efecto, certificado médico oficial en donde conste que cumplen la totalidad de las prescripciones establecidas en el Anexo “cuadro de exclusiones médicas”, de la Orden de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, de 23 de noviembre de 2005.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado o a la Administración
Local o Autonómica, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
f) Alcanzar la talla mínima de 1,65 metros para los hombres y 1,60 metros para las mujeres.
g) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases BTP y A ; este último de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 818/2009 por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
h) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos o tenerlos cancelados.
2.2. Todas las condiciones enumeradas, deberán cumplirse por los aspirantes el último día en que finalice el plazo de presentación de instancias, excepción hecha de las detalladas en la letra e), que habrá de referirse al momento de terminación de las pruebas selectivas con la publicación de la lista de aprobados.
3. INSTANCIAS. 3.1. Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas convocadas, se dirigirán a la Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Albatera.
Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo dirigirán su solicitud a la Presidencia del Ayuntamiento, en la que deberán
manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la base segunda, referido todo ello a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, y que se comprometen a prestar el preceptivo juramento o promesa.
3.2. Las solicitudes junto con fotocopia compulsada del D.N.I, y justificante de pago de las tasas se presentarán dentro del plazo de diez días naturales,
contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante{del 3 al 12 de julio de 2014, a.i.}, en días y horas hábiles, en el Registro General del Ayuntamiento (Plaza de España nº 1, CP-03340) ó en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Además, se hará constar en la propia instancia un número de teléfono de contacto válido donde el aspirante puede ser localizado.
3.3 Los solicitantes manifestarán en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en el apartado 2, referidas a la fecha en que termine el plazo de presentación de las mismas, y que se comprometen a prestar el juramento o promesa prevenido en el R.D. 707/1.979.
3.4 Se adjuntará a la solicitud justificante de haber abonado las tasas por participación en procedimientos de ingreso de personal al servicio de la Corporación, que se fija, según la ordenanza, en 40 euros. Dichas tasas se harán efectivas dentro del plazo de presentación de solicitudes mediante ingreso o transferencia, en BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, a nombre del Excelentísimo Ayuntamiento de Albatera, número de cuenta ¿iban?  0049/2310/26/2114002631. En el ingreso tienen que hacer constar el nombre y apellidos del opositor, nº D.N.I., importe y la plaza a la que se opta.El impago de los derechos de examen, o el hecho de no aportar el justificante del ingreso, o no especificar a qué prueba selectiva corresponde, dará lugar a la exclusión del aspirante, en la resolución por la que se apruebe la relación de aspirantes admitidos y excluidos.

Los citados derechos de examen sólo serán devueltos a quienes no sean admitidos al procedimiento selectivo, por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo.

Junio de 2014: tipos de referencia oficiales del mercado hipotecario.

Junio de 2014
Tipos de referencia 1
Porcentaje
1. Tipo de rendimiento interno en el mercado secundario de la deuda pública de plazo entre dos y seis años 
1,523
2. Referencia interbancaria a un año (Euríbor)
0,513
3. Permuta de intereses/Interest Rate Swap(IRS) al plazo de cinco años 
0,707
4. Tipo interbancario a un año (Míbor) 2 
0,513
 
1 La definición y forma de cálculo de estos índices se recoge en la Circular del Banco de España 5/2012, de 27 de junio (BOE de 6 de julio).
Este tipo dejó de tener la consideración de tipo de referencia oficial del mercado hipotecario para las operaciones formalizadas después de la entrada en vigor de la OM de 1 de diciembre de 1999 (BOE de 4 de diciembre).

4 becas para prácticas de formación de personal técnico en archivos a desarrollar en el Archivo General y Fotográfico de la Diputación de Valencia.


ANUNCIO
Aprobadas por la Junta de Gobierno de la Corporación Provincial, celebrada el día 17 de junio de 2014, las "Bases para la concesión de becas de prácticas para formación de personal técnico en archivos a desarrollar en el Archivo General y Fotográfico de la Diputación de Valencia 2014"; en consecuencia se abre un periodo de información y apertura del plazo de presentación de solicitudes, que será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia,{del 2 de julio al 1 de agosto de 2014, a.i.} tal y como prevé la cláusula TERCERA de las bases de la convocatoria, que se transcriben a continuación


BASES PARA LA CONCESIÓN DE BECAS DE PRÁCTICAS PARA FORMACIÓN DE PERSONAL TÉCNICO EN ARCHIVOS A DESARROLLAR EN EL ARCHIVO GENERAL Y FOTOGRÁFICO DE LA DIPUTACIÓN DE VALENCIA 2014
OBJETO. La Diputación de Valencia pretende impulsar la formación complementaria y especialización de jóvenes licenciados y diplomados mediante la concesión de becas para prácticas de formación de personal técnico en archivos a desarrollar en el Archivo General y Fotográfico de la Diputación de Valencia.
BASE PRIMERA. Se convocan mediante concurso público cuatro becas de prácticas para formación de personal técnico en archivos a desarrollar en el Archivo General y Fotográfico de la Diputación de Valencia.
BASE SEGUNDA. Los diversos aspirantes a las mismas deberán reunir los siguientes requisitos:
1- Poseer la nacionalidad de uno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. En caso de títulos expedidos en el extranjero el solicitante debe aportar la resolución de convalidación, no bastando el justificante de haberla solicitado o que la misma esté en trámite.
2- No haber disfrutado de beca alguna concedida por esta Corporación en los últimos dos años (declaración jurada del interesado).
3- No estar disfrutando de otra beca o ayuda, así como no desarrollar una actividad regular durante el período de disfrute de la beca (declaración jurada del interesado)
4- Estar en posesión de alguna de las siguientes titulaciones:
- Licenciatura o Grado de Documentación,
- Diplomatura de Biblioteconomía y Documentación,
- Licenciatura o Grado de Historia
5- Las titulaciones requeridas deberán estar expedidas con posterioridad al 30 de septiembre de 2009.
La presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa, a través de certificados telemáticos, las certificaciones a emitir por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y por la Tesorería General de la Seguridad Social, acreditativos de estar al corriente en el pago de sus obligaciones.
En los supuestos en que por cualquier circunstancia el certificado no sea positivo, se requerirá al solicitante que lo aporte, con indicación de que si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, procediéndose en consecuencia a su archivo con los efectos previstos en el art. 42 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas.
Para acreditar los requisitos mencionados, los aspirantes habrán de entregar la siguiente documentación:
- Fotocopia compulsada del D.N.I
- Fotocopia compulsada del expediente académico.
- Fotocopia compulsada de los documentos que acrediten los méritos.
El modelo de instancia, que incluirá las declaraciones juradas, así como toda la información sobre el desarrollo del proceso estará disponible en la dirección www.dival.es/secretaria
BASE TERCERA. Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro General de la Diputación de Valencia, calle Serranos nº. 2 de Valencia, o por cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo Común. A las solicitudes deberán acompañarse los justificantes de los requisitos enumerados en la Base SEGUNDA y los méritos que se aleguen.
Así mismo, podrá acompañarse si el solicitante lo considera de utilidad, un currículum vitae. Únicamente se valorarán los méritos alegados durante el plazo de presentación de instancias, debidamente refrendados por la documentación que le sirva de soporte. Si un mérito no queda suficientemente acreditado documentalmente en el momento en que sea requerido, su puntuación se restará de la total obtenida inicialmente, de modo que sólo los méritos debidamente acreditados podrán formar parte de la nota final obtenida.
La documentación acreditativa de los méritos podrá ser requerida en cualquier momento del procedimiento de selección.
Los aspirantes deberán cumplimentar de la manera más clara y sencilla posible los apartados que deseen que se les valore.
El modelo de solicitud y la información relativa al desarrollo del proceso estará disponible en la dirección www.dival.es/secretaria
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 2 de julio al 1 de agosto de 2014, a.i.}

martes, 1 de julio de 2014

borsa de treball d'Auxiliars de Llar d'Infants, mitjançant el sistema de concurs. Ajuntament de Sant Sadurní d'Anoia (Barcelona)

Ajuntament de Sant Sadurní d'Anoia ANUNCI sobre provisió de places.
L’Ajuntament de Sant Sadurní d’Anoia, mitjançant la Junta de Govern Local de data 21 de maig de 2014, va aprovar la convocatòria de selecció mitjançant el sistema de concurs, una borsa de treball d'auxiliars de llar d'infants. Les bases corresponents van ser publicades en el Butlletí Oficial de la Província de Barcelona de 5 de juny de 2014.
Les instàncies sol·licitant la participació a les proves selectives s'han de presentar al Registre General de l’Ajuntament de Sant Sadurní d’Anoia o de la forma que determina l'article 38.4 de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de LRJPAC, dins el termini improrrogable de vint dies naturals a comptar des del dia següent de la publicació d’aquest anunci en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.{del 2 al 21 de juliol de 2014, a.i.}  www.santsadurni.cat  Plaça Ajuntament, 1, 08770 Sant Sadurní d'Anoia, Barcelona - 938 91 03 25

5 places de docent de l'Escola d'Adults. Ajuntament de Sant Celoni (Barcelona)

Es fa pública la convocatòria de cinc places de docent de l’Escola d’Adults corresponents a la plantilla de personal laboral de l’Ajuntament de Sant Celoni. Les bases reguladores de la convocatòria estan publicades BOP de 20 de juny de 2014, al tauler d’edictes de la Corporació i a la pàgina web municipal (www.santceloni.cat).
El termini de presentació d’instàncies és de vint dies naturals comptats a partir de l’endemà de la publicació de l’anunci de la convocatòria al Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.{del 2 al 21 de juliol de 2014, a.i.}

Borsa de treball: Tècnic/a de comunicacions, Tècnic/a participació ciutadana i ciutadania, Educador/a social, Treballador/a social, Col·laborador en dinamització, Telefonista/recepcionista, Conserge. Ajuntament de Mollet del Vallès (Barcelona)

Ajuntament de Mollet del Vallès ANUNCI sobre provisió de places de personal funcionari.
Per decret d’Alcaldia de 29 de maig de 2014 es van aprovar les convocatòries que es detallen a continuació:

Codi
Número places
Denominació
Grup
Torn
Sistema
P-1-2104
1
Tècnic/a superior
A1
LLiure
Concurs oposició
NP 1 /2014

Borsa de treball
Annex I
Tècnic/a de comunicacions
A1
Lliure
Concurs oposició
Annex II
Tècnic/a participació ciutadana i ciutadania
A2
Lliure
Concurs oposició
Annex III
Educador/a social
A2
Lliure
Concurs oposició
Annex IV
Treballador/a social
A2
Lliure
Concurs oposició
Annex V
Col·laborador en dinamització
C2
Lliure
Oposició
Annex VI
Telefonista/recepcionista
C2
Lliure
Concurs oposició
Annex VII
Conserge
Ap
Lliure
Oposició
de conformitat amb les bases publicades al Butlletí Oficial de la Província de Barcelona de 20 de juny de 2014.
Les sol·licituds es presentaran en el Registre d’Entrades de l’Ajuntament en el termini de 20 dies naturals, comptadors a partir del dia hàbil següent al de la publicació d’aquest anunci en el Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya.{del 2 al 21 de juliol de 2014, a.i.}  www.molletvalles.cat

1 Tècnic/a Informàtic/a de Sistemes. Ajuntament d'Esplugues de Llobregat (Barcelona)

La Junta de Govern Local, en sessió de data 30 de maig de 2014, va aprovar les bases i convocatòria del procés per a la provisió d’un/a tècnic/a informàtic/a de sistemes, pel sistema de concurs oposició lliure, en règim laboral temporal.
Les bases amb les condicions que regeixen aquesta convocatòria van aparèixer publicades íntegrament en el Butlletí Oficial de la Província de Barcelona en data 23 de juny de 2014.
El termini per a la presentació d’instàncies començarà a l’endemà d’aquesta publicació en aquest diari i durant el termini de quinze dies naturals.{del 2 al 16 de juliol de 2014, a.i.}
La resta d’anuncis i notificacions d’aquesta convocatòria i el seu procés, es faran en el Tauler Virtual d’Edictes de la Corporació (http://oficinavirtual1.esplugues.cat/sede/JSP/sede/portal/index.jsp), en els termes previstos a l’article 59.5, b) de la Llei 30/1992, de 26 de novembre, de règim jurídic de les administracions públiques i del procediment administratiu comú, modificada per la Llei 4/1999, de 13 de gener. També es donarà publicitat en el web municipal: www.esplugues.cat.

Proyecto de REHABILITACIÓN DE FIRME EN LA CARRETERA CV-735, DE DENIA A JÁVEA, ENTRE LOS P.K. 1+000 A 3+300 Y 6+550 A 10+200”. Diputació d'Alacant.

Tomado en consideración el Proyecto de REHABILITACIÓN DE FIRME EN LA CARRETERA CV-735, DE DENIA A JÁVEA, ENTRE LOS P.K. 1+000 A 3+300 Y 6+550 A 10+200”, por un Presupuesto Total de 337.006,42 euros, de los que 58.488,72 euros corresponden al Impuesto sobre el Valor Añadido (21%), por el presente se expone al público dicho proyecto para alegaciones y reclamaciones durante el plazo de VEINTE (20) días hábiles a contar desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia {del 2 al 24 de julio de 2014, a.i.}, en el Área de Infraestructuras, Departamento de Carreteras, sita en C/. Tucumán, nº 8, 3ª Planta, de Alicante, de conformidad y a los efectos establecidos en el Art. 93 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1.986, de 18 de Abril y en el Art. 86 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. 

tipo legal de interés de demora aplicable a las operaciones comerciales durante el segundo semestre natural del año 2014.

A efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, en la redacción dada por el artículo 33.Tres del Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, y en cumplimiento de la obligación de publicar semestralmente en el «Boletín Oficial del Estado» el tipo legal de interés de demora,
Esta Secretaría General del Tesoro y Política Financiera hace público:
1. En la última operación principal de financiación del Banco Central Europeo en el primer semestre de 2014, efectuada mediante subasta a tipo fijo que ha tenido lugar el día 24 de junio, el tipo de interés aplicado ha sido el 0,15 por 100.
2. En consecuencia, a efectos de lo previsto en el artículo 7 de la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, en la redacción dada por el artículo 33.Tres del Real Decreto-ley 4/2013, el tipo legal de interés de demora a aplicar durante el segundo semestre natural de 2014 es el 8,15 por 100.

Ayudas a las actuaciones de programación conjunta tipo COFUND, contempladas en el Programa Estatal de I+D+I Orientada a los Retos de la Sociedad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2013-2016.

ÍNDICE
Capítulo I. Disposiciones generales.
Artículo 1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria para el año 2014 de 
actuaciones de programación conjunta tipo COFUND, dentro del Programa Estatal de Investigación, Desarrollo e Innovación Orientada a los Retos de la Sociedad (en adelante Programa Estatal de Retos).
Artículo 2. Finalidad. 1. Las ayudas que se contemplan en estas actuaciones tienen como finalidad reforzar las estructuras de apoyo a la participación española en iniciativas comunitarias en ciencia y tecnología, y en especial armonizar los instrumentos nacionales para la contratación de personal investigador y técnico con las iniciativas comunitarias para facilitar la ejecución de proyectos de investigación.
2. Asimismo, la finalidad de las ayudas será financiar programas estratégicos, científicos y de recursos humanos, que se encuadrarán dentro del plan estratégico internacional en materia de I+D+I de cada entidad.
3. De acuerdo con el artículo 3 de la Orden ECC/1780/2013, de 30 de septiembre (en adelante Orden de bases) se pretende así estimular la generación de una masa crítica en I+D+I de carácter interdisciplinar orientada a los retos relacionados en dicho artículo, así como fomentar la participación en el Programa Marco de I+D+I de la Unión Europea.
Artículo 3. Régimen de concesión y normativa aplicable.
Capítulo II. Requisitos de los beneficiarios y de los participantes.
Artículo 4. Beneficiarios.
Artículo 5. Obligaciones y responsabilidades de los beneficiarios.
Artículo 6. Requisitos de los responsables principales y participantes.
Capítulo III. Régimen económico de las ayudas.
Artículo 7. Modalidad, cuantía y financiación presupuestaria de las ayudas.
Artículo 8. Conceptos susceptibles de ayuda.
Artículo 9. Incompatibilidades.
Capítulo IV. Actuaciones objeto de ayudas.
Artículo 10. Características de las actuaciones. 1. Las ayudas objeto de esta convocatoria están destinadas a cofinanciar actuaciones estratégicas, científicas y de contratación de recursos humanos que hayan sido aprobadas en las convocatorias 2012 y 2013 del programa COFUND Marie Curie del 7.º Programa Marco de Investigación y Desarrollo Tecnológico y que estén lideradas por entidades españolas ejecutoras de I+D+I, facilitando la implementación de su plan estratégico internacional en materia de I+D+I.
Las entidades españolas beneficiarias deberán haber suscrito y encontrarse en vigor el correspondiente acuerdo de subvención «Grant Agreement» con la Comisión Europea por el que se establecen sus condiciones de ejecución.
2. Sólo podrá presentarse una solicitud por entidad.
Con carácter general las solicitudes se presentarán en forma individual.
Cuando dos o más instituciones hubiesen sido beneficiarias conjuntas de una ayuda COFUND Marie Curie podrán presentar una solicitud en coordinación.
Las actuaciones en coordinación tendrán las siguientes características:
a) La entidad firmante del «Grant Agreement» actuará como coordinadora de la actuación.
b) Cada una de las entidades beneficiarias presentará una solicitud y designará un responsable principal. El responsable principal de la entidad coordinadora actuará como coordinador y será el único interlocutor ante el órgano concedente.
c) Podrán financiarse todas o sólo algunas de las solicitudes coordinadas, siempre que al menos una de ellas sea la solicitud correspondiente al coordinador de la actuación.
3. El plazo de ejecución de las actuaciones será de un año, a contar desde la fecha que se determine en la resolución de concesión. En todo caso, las actuaciones se iniciarán dentro del año 2014.
Capítulo V. Aspectos generales del procedimiento de concesión.
Artículo 11. Órganos de instrucción y resolución del procedimiento de concesión.
Artículo 12. Comunicaciones entre la Administración y los interesados.
Artículo 13. Forma y plazo de presentación de las solicitudes. 1. Cada entidad española podrá presentar una sola solicitud en la presente convocatoria. Cada solicitud se presentará electrónicamente en los términos previstos en el artículo 12 a través de las aplicaciones de solicitud y de firma electrónica, disponibles en la sede electrónica de la SEIDI.
15. El plazo de presentación de solicitudes será desde el 2 de julio de 2014 hasta el 29 de julio de 2014, a las 15:00 horas (hora peninsular española).
Artículo 14. Procedimiento de concesión y régimen de recursos.
Artículo 15. Modificación de la resolución de concesión.
Artículo 16. Procedimiento de evaluación.
Capítulo VI. Procedimiento de gestión, justificación y control.
Artículo 17. Pago de las ayudas.
Artículo 18. Régimen de justificación, seguimiento y control de las ayudas.
Disposición adicional única. Recursos contra la convocatoria.
Disposición final única. Efectos.
Anexo.

30 ayudas a entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales para el mantenimiento de aulas de formación abierta, flexible y a distancia mediante tecnologías de la información y la comunicación a través de Aula Mentor.

1. Objeto y ámbito de aplicación. El objeto de esta convocatoria es financiar ayudas en régimen de concurrencia competitiva a entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales, para el mantenimiento, en su ámbito territorial de actuación, de un aula Mentor destinada a la formación abierta, flexible y a través de Internet para personas adultas.
Estas ayudas están especialmente dirigidas a aquellas iniciativas que promuevan las políticas de igualdad, no discriminación y accesibilidad universal en el ámbito de la formación de personas adultas, funciones atribuidas a la Subdirección General de Aprendizaje a lo largo de la vida en el artículo 7.2 b) del Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, modificado por Real Decreto 87/2013, de 8 de febrero. Al respecto, se tendrán igualmente en consideración aquellos proyectos destinados a población del medio rural, en especial en aquellas zonas o territorios donde más negativamente influye la despoblación y el envejecimiento de la población, donde las comunicaciones presentan más problemas y el acceso es más difícil y donde se prestan y reciben con más dificultad los diferentes servicios (educación, salud, etcétera).
Las actividades que se desarrollen como consecuencia de las ayudas concedidas serán cofinanciadas entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y el Fondo Social Europeo, debiéndose reflejar dicho extremo mediante la inserción del logotipo que figura en el anexo III de la presente convocatoria, en todos los folletos, dípticos, trípticos o cualquier otra documentación de difusión relacionada con la subvención concedida.
El número máximo de ayudas concedidas a cargo de esta convocatoria será de treinta.
2. Cuantía de las ayudas. Para el logro de la finalidad señalada se dispone,... de una dotación de 120.420,00 € que se distribuirán en 30 módulos de 4.014,00 € euros cada uno.
3. Beneficiarios y requisitos. 3.1 Podrán solicitar estas ayudas las entidades locales a las que se refiere el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, así como las entidades locales de ámbito territorial inferior al municipal instituidas o reconocidas por las comunidades autónomas y las entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales. Todas ellas deberán tener operativa un Aula Mentor. La selección será efectuada en régimen de concurrencia competitiva.
3.2 Las entidades beneficiarias deberán contar con un local debidamente habilitado para la asistencia del alumnado, equipado con la infraestructura informática necesaria para la formación y deberán mantener al frente el correspondiente administrador de Aula Mentor. Los requerimientos de equipo y la experiencia y conocimientos del administrador de aula se especifican en el anexo I.
4. Plazo de presentación, solicitud de participación, subsanaciones, notificaciones, procedimiento y documentación. 4.1 Quienes, reuniendo las condiciones exigidas (entidades locales territoriales y entidades públicas dependientes de las entidades locales territoriales), deseen acceder a esta convocatoria deberán formular su solicitud mediante el formulario de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte https://sede.educacion.gob.es, sección «Trámites y Servicios». ...
4.3 El plazo para la presentación de solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 2 al 21 de julio de 2014, a.i.}

3 becas individuales para la realización de estudios y tareas aplicadas de carácter documental, estadístico, informativo, analítico e institucional relacionadas con los órganos y actividades de la Unión Europea. Mesa del Congreso de los Diputados.

Por acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados, de 18 de junio de 2014, se convoca el presente concurso público con el fin de adjudicar tres becas individuales para la realización de estudios y tareas aplicadas de carácter documental, estadístico, informativo, analítico e institucional relacionadas con los órganos y actividades de la Unión Europea en general o cualquier otra actividad de formación práctica relacionada con la Unión Europea, de acuerdo con las bases que figuran a continuación.
Primera. Objeto. El Congreso de los Diputados convoca tres becas individuales para realizar las tareas o estudios aplicados que se les encomienden por la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones, la Dirección de Relaciones Internacionales o la Dirección de Comisiones, de carácter documental, estadístico, informativo, analítico e institucional relacionados con los órganos y la actividad de la Unión Europea en general o cualquier otra actividad de formación práctica relacionada con la Unión Europea. Los estudios y tareas realizadas corresponden al Congreso de los Diputados.
De dichas becas se reservará una de ellas para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento siempre que reúnan los requisitos establecidos en la base cuarta y acrediten, dentro del plazo a que se refiere el apartado 1 de la base quinta, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el caso de que dicha beca no quedara cubierta, acrecerá el turno libre.
Los aspirantes que deseen acogerse al turno de reserva previsto en el párrafo anterior deberán consignarlo y justificarlo documentalmente así en la correspondiente instancia.
Segunda. Duración y cuantía.1. Cada una de las tres becas tendrá una duración de doce meses y su cuantía total será de doce mil novecientos euros (12.900 €) brutos por año, que se percibirán finalizado cada mes a razón de una cuantía bruta de mil setenta y cinco euros (1.075 €). ...
2. Las becas podrán prorrogarse por un período máximo de seis meses, ...
Cuarta. Condiciones de los solicitantes.1. Pueden solicitar la concesión de beca los licenciados o graduados universitarios, o título equivalente, españoles o de otros países miembros de la Unión Europea, que reúnan las siguientes condiciones:
a) Haber obtenido la licenciatura, grado o título equivalente en los tres años anteriores a la fecha de la publicación oficial de esta convocatoria.
b) Acreditar preparación teórica específica en materias relacionadas con los órganos o actividades de la Unión Europea y, en su caso, experiencia práctica sobre tales materias.
c) No haber disfrutado de otra beca del Congreso de los Diputados o del Senado.
d) Poseer una competencia suficiente en lengua castellana y en lengua inglesa, como mínimo, y en otras lenguas de países miembros de la Unión Europea.
e) Haber nacido después del 1 de enero de 1984.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera, los solicitantes no podrán padecer enfermedad o defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas, incluida, en su caso, la posibilidad de desplazamientos, con cargo al Congreso, a sedes de órganos de la Unión Europea, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier ente territorial.
Quinta. Solicitudes.1. Los solicitantes deben presentar una instancia como el modelo oficial anexo a esta convocatoria dirigida a la Secretaría General del Congreso de los Diputados dentro de los quince días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro de la Secretaría de la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones del Congreso de los Diputados (calle de Floridablanca, s/n, primera ampliación, 2.ª planta, Palacio del Congreso de los Diputados, 28071 Madrid), en horario de 10 a 14 horas, de lunes a viernes, o bien remitirla en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. La instancia deberá cumplimentarse exclusivamente en el modelo que figura en el anexo, con expresión de los méritos que concurran en el candidato, y se acompañará necesariamente de copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.
3. Los 25 aspirantes seleccionados, una vez reciban la comunicación de tal circunstancia, en el plazo de siete días naturales desde la recepción por correo electrónico de la notificación de su selección, deberán presentar justificación fehaciente (documentación original o copia debidamente compulsada) de los méritos alegados con carácter previo a la celebración de la entrevista prevista en la base sexta.

3 plazas de Auxiliar Administrativo, (C2). Ayuntamiento de Teruel, Gerencia Municipal de Urbanismo

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Teruel» número 37, de 21 de febrero de 2007, y en el «Boletín Oficial de Aragón» número 43, de 13 de abril de 2007, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer varias plazas.
En el «Boletín Oficial de la Provincia de Teruel» número 80, de 30 de abril de 2014, y en el «Boletín Oficial de Aragón» número 92, de 14 de mayo de 2014, se ha publicado resolución por la que se modifica dicha convocatoria, reduciendo el número de plazas convocadas, que serán las siguientes:
Tres plazas de Auxiliar Administrativo, perteneciente a la escala de Administración General, subescala Administrativa, mediante el sistema de oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 2 al 21 de julio de 2014, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín Oficial de la Provincia de Teruel» y en el tablón de anuncios de la Gerencia Municipal de Urbanismo. www.teruel.es Servicios  Por departamentos
C/ Temprado, 6 44001 Teruel Teléfono: 978618960.

2 plazas de Economista, Ayuntamiento de Córdoba

En el «Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba» número 24, de 4 de febrero de 2014, y en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» número 12, de 20 de enero de 2014, se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
Dos plazas de Economista, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Técnica, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».{del 2 al 24 de julio de 2014, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en «el Boletín Oficial» de la provincia y/o «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» y/o tablón de anuncios de este Ayuntamiento.  www.cordoba.es