Ayuntamiento de Albatera BASES REGULADORAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE AGENTE DE POLICÍA LOCAL INTERINOS PARA LA CONSTITUCIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO
1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA.1.1. El objeto de la presente convocatoria de pruebas selectivas, es la constitución de una bolsa de empleo para nombramiento interino de Agentes de la Policía Local, vacantes en la plantilla de funcionarios, en los casos de necesidad.
1.2. Las plazas de Agente están clasificadas en Administración Especial, escala Básica, categoría de agente (Subgrupo C1, de acuerdo con la titulación exigida para su ingreso). Están dotadas con las retribuciones básicas establecidas para el Subgrupo C1, y las complementarias que correspondan de conformidad con la legislación vigente y acuerdos municipales.
2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. 2.1. Para tomar parte en esta oposición, los aspirantes deberán reunir las siguientes condiciones:
a) Tener la nacionalidad española.
b) Tener cumplidos 18 años de edad, y no haber cumplido 36 años. A los solos efectos de la edad máxima se compensará el límite con los servicios prestados anteriormente en la Administración Local, Escala de Administración Especial, Subescala Básica, Clase Policía Local
c) Estar en posesión del título de Bachiller o técnico (art 76 EBEP), o cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias.
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impidan el desempeño de las correspondientes funciones, debiendo aportar a tal efecto, certificado médico oficial en donde conste que cumplen la totalidad de las prescripciones establecidas en el Anexo “cuadro de exclusiones médicas”, de la Orden de la Consellería de Justicia, Interior y Administraciones Públicas, de 23 de noviembre de 2005.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado o a la Administración
Local o Autonómica, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas.
f) Alcanzar la talla mínima de 1,65 metros para los hombres y 1,60 metros para las mujeres.
g) Estar en posesión de los permisos que habiliten para la conducción de vehículos de las clases BTP y A ; este último de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 818/2009 por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.
h) Carecer de antecedentes penales por delitos dolosos o tenerlos cancelados.
2.2. Todas las condiciones enumeradas, deberán cumplirse por los aspirantes el último día en que finalice el plazo de presentación de instancias, excepción hecha de las detalladas en la letra e), que habrá de referirse al momento de terminación de las pruebas selectivas con la publicación de la lista de aprobados.
3. INSTANCIAS. 3.1. Las instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas convocadas, se dirigirán a la Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Albatera.
Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo dirigirán su solicitud a la Presidencia del Ayuntamiento, en la que deberán
manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones y requisitos exigidos en la base segunda, referido todo ello a la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, y que se comprometen a prestar el preceptivo juramento o promesa.
3.2. Las solicitudes junto con fotocopia compulsada del D.N.I, y justificante de pago de las tasas se presentarán dentro del plazo de diez días naturales,
contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante{del 3 al 12 de julio de 2014, a.i.}, en días y horas hábiles, en el Registro General del Ayuntamiento (Plaza de España nº 1, CP-03340) ó en la forma que determina el artículo 38 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Además, se hará constar en la propia instancia un número de teléfono de contacto válido donde el aspirante puede ser localizado.
3.3 Los solicitantes manifestarán en sus instancias que reúnen todas y cada una de las condiciones exigidas en el apartado 2, referidas a la fecha en que termine el plazo de presentación de las mismas, y que se comprometen a prestar el juramento o promesa prevenido en el R.D. 707/1.979.
3.4 Se adjuntará a la solicitud justificante de haber abonado las tasas por participación en procedimientos de ingreso de personal al servicio de la Corporación, que se fija, según la ordenanza, en 40 euros. Dichas tasas se harán efectivas dentro del plazo de presentación de solicitudes mediante ingreso o transferencia, en BANCO SANTANDER CENTRAL HISPANO, a nombre del Excelentísimo Ayuntamiento de Albatera, número de cuenta ¿iban? 0049/2310/26/2114002631. En el ingreso tienen que hacer constar el nombre y apellidos del opositor, nº D.N.I., importe y la plaza a la que se opta.El impago de los derechos de examen, o el hecho de no aportar el justificante del ingreso, o no especificar a qué prueba selectiva corresponde, dará lugar a la exclusión del aspirante, en la resolución por la que se apruebe la relación de aspirantes admitidos y excluidos.
Los citados derechos de examen sólo serán devueltos a quienes no sean admitidos al procedimiento selectivo, por falta de alguno de los requisitos exigidos para tomar parte en el mismo.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia