jueves, 24 de julio de 2014

Bolsa de trabajo de Planchador/a y Lavandero/a, en el ámbito de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud y entidades adscritas a la Consellería de Sanidad.

Primero. Iniciar el plazo para la inscripción de las personas interesadas en las listas de aspirantes para la formalización de nombramientos estatutarios temporales en el ámbito del Servicio Gallego de Salud y entidades adscritas a la Consellería de Sanidad, en las siguientes categorías:
1. Planchador/a.
2. Lavandero/a.
Segundo.La selección de aspirantes se efectuará conforme a lo dispuesto en la Resolución de 26 de abril de 2011 por la que se aprueba el Pacto sobre selección de personal estatutario temporal (DOG nº 89, de 9 de mayo) y conforme a las bases y baremo de méritos contenidos respectivamente en los anexos I y II de esta resolución.
ANEXO I
Bases
Primera. Requisitos de participación. 1.1. Normas generales. Podrán inscribirse en las listas correspondientes al primer proceso de generación conforme al nuevo pacto, en las categorías indicadas, las personas que en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes que se indica en la base quinta, reúnan los siguientes requisitos:
1.1.1. Requisitos comunes.
a) Nacionalidad.
a.1) Tener la nacionalidad española.
a.2) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado en el cual, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as.
a.3) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los/las españoles y de los/las nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los/las nacionales de algún Estado al/a los que, en virtud de los tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as, siempre que no estén separados/as de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los/las de su cónyuge siempre que no estén separados/as de derecho, sean menores de 21 años o mayores de la dicha edad dependientes.
b) Edad: tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa.
c) Capacidad funcional: poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que deriven del/de los correspondiente/s nombramiento/s, que se acreditará conforme al procedimiento que al efecto se establezca.
d) Habilitación: no haber sido separado/a del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o administración pública en los seis años anteriores, ni estar inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.
En el caso de los/las nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado/a, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro, ni ser separado/a, por sanción disciplinaria, de alguna de las administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores.
e) Titulación: poseer la titulación o titulaciones que habilitan para el ejercicio de la profesión correspondiente o estar en condiciones de obtenerla antes de la fecha prevista en la base 5.1. Las titulaciones de acceso correspondientes a cada categoría se recogen en el anexo V.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán poseer el documento que acredite fehacientemente su homologación o, en su caso, su reconocimiento.
f) Abono de las tasas por derecho de primera inscripción que, en su caso, correspondan, según lo dispuesto en la base octava. ...
2.3. En el formulario de inscripción se hará constar expresamente la/s categoría/s a la/s que se opta y ámbito territorial de disponibilidad y deberán cubrirse las declaraciones que constan en el modelo relacionadas con los requisitos de admisibilidad.
Tercera. Ámbito de inscripción y compatibilidad. 3.1. El ámbito territorial de inscripción en las listas incluidas en esta resolución será por área/zona sanitaria, tal como se establece en el anexo III.
3.2. Cada solicitud de inscripción irá referida a una única categoría y a un único ámbito territorial.
Quinta. Plazo de presentación. 5.1. Para la primera generación de listas, se podrán formalizar las solicitudes desde el día 18 de julio hasta el 30 de agosto de 2014. Los méritos computables serán los causados hasta el 15 de agosto de 2014 que consten acreditados en la fecha límite de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
5.2. Una vez generadas las primeras listas, la inscripción será abierta y permanente. De registrar la inscripción en el expediente electrónico con posterioridad al 30 de agosto de 2014, el/la aspirante figurará en la siguiente generación de listas que se efectúe en las respectivas categorías.
Sexta. Lugar de presentación. El formulario de inscripción, después de formalizado electrónicamente, se dirigirá a una unidad de validación de las relacionadas en el propio formulario y podrá presentarse en el Registro General de los servicios centrales y periféricos de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud o a través de cualquiera de los procedimientos del artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
ANEXO V Requisitos de titulación/formación
Deberá poseer, por lo menos, una de las titulaciones indicadas:
• Certificado de escolaridad.
• Graduado/a en ESO o equivalente.
• Programa de calificación profesional inicial.

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