jueves, 24 de julio de 2014

V edición de los Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, correspondientes al año 2014.

Primero. Objeto. La presente orden tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la V edición de los Premios de Excelencia a la Innovación para Mujeres Rurales, correspondientes al año 2014.
Segundo. Candidaturas y requisitos. 1. Los premios están dirigidos a aquellas personas físicas o jurídicas españolas privadas que, en razón de lo dispuesto en sus estatutos o normas por las que se rijan, desempeñen su actividad preferentemente en el medio rural y cuyo domicilio social se encuentre en el medio rural, entendido según la definición de la Ley 45/2007, de 13 de diciembre, de desarrollo sostenible del medio rural.
2. Los premios constituyen un reconocimiento al carácter de excelencia e innovación de acciones y proyectos ya completados en la fecha de publicación de la convocatoria a la que concurran.
Tercero. Solicitud, forma y plazo de presentación. 1. Cada concursante deberá cumplimentar la correspondiente solicitud, según el modelo que se adjunta como anexo de la presente orden y de acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la orden por la que se establecen las bases reguladoras. La solicitud se acompañará de un ejemplar en papel, y una copia en formato digital que deberá coincidir exactamente con el ejemplar entregado en papel, del documento descriptivo de la actividad que justifica la candidatura debidamente firmado y sellado. Dicho documento descriptivo en ningún caso podrá tener una extensión superior a 25 folios a una sola cara, a doble espacio con letra Times New Roman 12. Se deberá incluir al inicio de la documentación descriptiva, una tabla resumen con los siguientes datos generales: Nombre del proyecto, nombre de la persona física o jurídica candidata al premio, N.I.F. (, actividad, sector, año de inicio de la actividad, domicilio, teléfono de contacto (fijo y móvil), fax, correo electrónico, página Web. Además, el documento descriptivo incluirá, al menos, los siguientes componentes, todo ello enfocado a la adecuada aplicación de los criterios de valoración establecidos en el artículo 8 de la mencionada orden por la que se establecen las bases reguladoras y en el apartado quinto de la presente orden:
a) Argumentación conceptual, justificación y objetivos de la innovación que justifican presentarse al premio.
b) Memoria técnica en relación con los objetivos de la convocatoria. Esta memoria técnica incluirá un análisis detallado correspondiente a cada uno de los criterios de valoración. Esta información se resumirá inicialmente en una tabla que se desarrollará posteriormente en los siguientes apartados:
Análisis de sostenibilidad (ecológico-ambiental, sociocultural y económica).
Análisis de originalidad e innovación del proyecto (con especial hincapié en su aportación para las mujeres, mediante un análisis del impacto producido sobre las mujeres como resultado de la actividad, a nivel social y económico).
Análisis de la contribución a la empleabilidad de los grupos en riesgo de exclusión social.
Análisis de la contribución a la mejora de la calidad de vida de la población rural y a la generación de condiciones de mayor equidad.
Análisis del carácter participativo y multilateral del proyecto, buscando la excelencia en materia de gobernanza respecto a la participación de las mujeres.
Análisis de la viabilidad de su transferencia y contribución al desarrollo sostenible del medio rural.
Análisis, para personas jurídicas, de la presencia de mujeres en el órgano de toma de decisiones.
Análisis del apoyo de personas o instituciones que respaldan la candidatura de acuerdo con el artículo 5.1.a).9.º de la orden por la que se establecen las bases reguladoras (apoyos que motiven el carácter de excelencia del proyecto presentado, haciendo mención a los resultados obtenidos por el mismo que lo hacen merecedor del premio. En esta memoria técnica se incluirá una relación numerada de estos apoyos que se corresponderá con el la letra g) del punto 1. de este apartado.
c) Memoria financiera y de resultados económicos.
d) Detalle de recursos humanos implicados, en particular de las mujeres trabajadoras. Se deberá presentar un detalle (por sexo, edad, porcentaje de mujeres…), tanto de los miembros de la empresa/socios trabajadores, como de las personas contratadas.
e) Análisis del impacto producido sobre las mujeres como resultado de la actividad, a nivel social y económico.
f) Reportaje fotográfico del proyecto. Será necesario presentar diez fotografías que ilustren el proyecto y que muestren la información suficiente para comprobar que el proyecto candidato está en proceso de avanzada ejecución o totalmente implementado en el momento de entrega de la solicitud (dichas fotografías se entregarán, impresas en papel y también se incluirá un archivo de las imágenes en la copia digital, cuya dimensión óptima debería ser de 1.600 x 1.200 píxeles con formato de imagen tif o jpg).
g) Cartas de apoyos institucionales (se entregarán, en papel, los documentos originales enumerados en el último punto de la memoria técnica y se incluirán en la copia digital los mismos documentos escaneados).
2. Además se entregará en papel, debidamente cumplimentado, el anexo adjunto a la presente orden (que también será incluido en la copia digital), y que incluye:
a) Declaración responsable del solicitante de no haber estado afectado por ningún expediente de regulación de empleo o haber sido sancionado por infracción de carácter medioambiental o contra la Hacienda Pública, así como por ninguna de las circunstancias señaladas en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
b) Autorización para la verificación por parte de la Dirección General de Desarrollo Rural y Política Forestal de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
c) Compromiso escrito del solicitante de proceder a la comunicación inmediata al Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y devolución del distintivo, en caso de incurrir, con posterioridad al otorgamiento, en cualquiera de los supuestos señalados en la letra a) anterior, según el procedimiento previsto en el artículo 42 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
d) Comunicación del número de identificación fiscal. Las candidaturas podrán corresponder a una persona física o a una persona jurídica, pero una vez entregada la solicitud no se admitirán modificaciones a este respecto. Se acompañará copia de la tarjeta acreditativa del número de identificación fiscal en el caso de que la candidatura corresponda una persona jurídica, o fotocopia del DNI si la candidatura corresponde a una persona física.
3. Las solicitudes y el resto de documentación se dirigirán al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, y se presentarán en el Registro General del Departamento, o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

4. Las solicitudes se presentarán en el plazo de veinte días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 25 de julio al 13 de agosto de 2014, a.i.}

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