Acuerdo de 18 de junio de 2014, de la Mesa del Congreso de los Diputados, por la que se convocan becas para la formación práctica de licenciados universitarios con conocimientos especializados en la Unión Europea.
Por acuerdo de la Mesa del Congreso de los Diputados, de 18 de junio de 2014, se convoca el presente concurso público con el fin de adjudicar tres becas individuales para la realización de estudios y tareas aplicadas de carácter documental, estadístico, informativo, analítico e institucional relacionadas con los órganos y actividades de la Unión Europea en general o cualquier otra actividad de formación práctica relacionada con la Unión Europea, de acuerdo con las bases que figuran a continuación.
Primera. Objeto. El Congreso de los Diputados convoca tres becas individuales para realizar las tareas o estudios aplicados que se les encomienden por la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones, la Dirección de Relaciones Internacionales o la Dirección de Comisiones, de carácter documental, estadístico, informativo, analítico e institucional relacionados con los órganos y la actividad de la Unión Europea en general o cualquier otra actividad de formación práctica relacionada con la Unión Europea. Los estudios y tareas realizadas corresponden al Congreso de los Diputados.
De dichas becas se reservará una de ellas para su concesión entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por ciento siempre que reúnan los requisitos establecidos en la base cuarta y acrediten, dentro del plazo a que se refiere el apartado 1 de la base quinta, el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. En el caso de que dicha beca no quedara cubierta, acrecerá el turno libre.
Los aspirantes que deseen acogerse al turno de reserva previsto en el párrafo anterior deberán consignarlo y justificarlo documentalmente así en la correspondiente instancia.
Segunda. Duración y cuantía.1. Cada una de las tres becas tendrá una duración de doce meses y su cuantía total será de doce mil novecientos euros (12.900 €) brutos por año, que se percibirán finalizado cada mes a razón de una cuantía bruta de mil setenta y cinco euros (1.075 €). ...
2. Las becas podrán prorrogarse por un período máximo de seis meses, ...
Cuarta. Condiciones de los solicitantes.1. Pueden solicitar la concesión de beca los licenciados o graduados universitarios, o título equivalente, españoles o de otros países miembros de la Unión Europea, que reúnan las siguientes condiciones:
a) Haber obtenido la licenciatura, grado o título equivalente en los tres años anteriores a la fecha de la publicación oficial de esta convocatoria.
b) Acreditar preparación teórica específica en materias relacionadas con los órganos o actividades de la Unión Europea y, en su caso, experiencia práctica sobre tales materias.
c) No haber disfrutado de otra beca del Congreso de los Diputados o del Senado.
d) Poseer una competencia suficiente en lengua castellana y en lengua inglesa, como mínimo, y en otras lenguas de países miembros de la Unión Europea.
e) Haber nacido después del 1 de enero de 1984.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en la base primera, los solicitantes no podrán padecer enfermedad o defecto físico que impidan la realización efectiva de las prácticas, incluida, en su caso, la posibilidad de desplazamientos, con cargo al Congreso, a sedes de órganos de la Unión Europea, ni haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio del Estado o de cualquier ente territorial.
Quinta. Solicitudes.1. Los solicitantes deben presentar una instancia como el modelo oficial anexo a esta convocatoria dirigida a la Secretaría General del Congreso de los Diputados dentro de los quince días naturales siguientes al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro de la Secretaría de la Dirección de Estudios, Análisis y Publicaciones del Congreso de los Diputados (calle de Floridablanca, s/n, primera ampliación, 2.ª planta, Palacio del Congreso de los Diputados, 28071 Madrid), en horario de 10 a 14 horas, de lunes a viernes, o bien remitirla en la forma prevista en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. La instancia deberá cumplimentarse exclusivamente en el modelo que figura en el anexo, con expresión de los méritos que concurran en el candidato, y se acompañará necesariamente de copia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.
3. Los 25 aspirantes seleccionados, una vez reciban la comunicación de tal circunstancia, en el plazo de siete días naturales desde la recepción por correo electrónico de la notificación de su selección, deberán presentar justificación fehaciente (documentación original o copia debidamente compulsada) de los méritos alegados con carácter previo a la celebración de la entrevista prevista en la base sexta.
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