domingo, 31 de marzo de 2019

bolsa de trabajo de Técnico/a de Juventud (A2), mediante concurso - oposición. Mancomunidad Servicios Sociales La Vega

Por Resolución de Presidencia N.º 23/19 de fecha 25 de marzo de 2019, se aprueban las Bases y la convocatoria para la creación de una bolsa de trabajo de Técnico/a de Juventud mediante concurso - oposición y cobertura de una plaza de Técnico/a de Juventud, con vinculación a la concesión de la subvención de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas para el apoyo a la Xarxa Jove. Así como para proveer las vacantes, sustituciones de puestos coyunturales de idénticas características a las convocadas o necesidades del servicio de carácter temporal, cuando se de alguno de los supuestos contemplados en el artículo 16 de la Ley 10/2010, de 9 de julio de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.

Las bases reguladoras que regirán la convocatoria y el modelo de instancia están disponibles en la web de la Mancomunidad la Vega, www.mancomunidadlavega.es .
///////////enlace BASES/////////////
PRIMERA. Objeto de la convocatoria Constituye el objeto de las presentes bases la creación de una Bolsa de Trabajo mediante el sistema de concurso-oposición, así como la cobertura de UNA plaza de Técnico/a de Juventud para la Mancomunidad la Vega, en nombramiento de personal funcionario interino, con vinculación a la concesión de la subvención de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas para el apoyo a la Xarxa Jove así como para proveer las vacantes, sustituciones de puestos coyunturales de idénticas características a la convocada o necesidades de carácter temporal, mediante nombramiento de funcionario/a interino/a. 
Dicha plaza pertenece a la escala de Administración General, Subescala Técnica, correspondiente al grupo de clasificación profesional A, subgrupo 2, conforme al artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Su función principal será la de planificar, coordinar y organizar las políticas integrales de juventud en el ámbito territorial de la Mancomunidad. 
TERCERA. Requisitos de las personas aspirantes.
Las personas aspirantes deberán poseer todos los requisitos establecidos en la presente base específica en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias y deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo.
Para ser admitido/a en el procedimiento selectivo que se convoca, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos: 
a. Ser español/a o, de acuerdo con lo establecido en la RDL 5/2015, de 30 de octubre, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, tener la nacionalidad de un país miembro de la Unión Europea o la de cualquiera de aquellos Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores/as, así como cualquiera que sea su nacionalidad, el/la cónyuge de los/as españoles/as y de los/as nativos/as de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados/as de derecho, sus descendientes y los/as de su cónyuge sean menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes.
b. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. Las personas aspirantes con minusvalía acreditarán los requisitos de estar afectados por discapacidad de grado igual o superior al 33% y ser compatibles con las funciones propias del puesto, mediante certificación expedida por el Centro Base de Orientación, Diagnóstico y Tratamiento de la Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas o de otro Organismo con igual competencia en la materia.
c. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.  
d. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargo público por Resolución Judicial para el acceso al Cuerpo o Escala de Personal Funcionario. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que le impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.  
e. Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación universitaria (Diplomatura, Licenciatura o Grado) de Educación Social, Trabajo Social, Sociología, Psicología, Pedagogía o Magisterio u otro título equivalente de conformidad con la normativa de aplicación, en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias. Las titulaciones obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su homologación por el Ministerio competente en la materia. Las equivalencias deberán acreditarse mediante certificado de la Administración competente.  
f. Estar en posesión del permiso de conducción clase B antes de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, para el correcto cumplimiento de sus funciones.
g. Carecer de antecedentes de delitos de naturaleza sexual. 
Si en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal Calificador tuviera conocimiento de que algún candidato no reúna algún requisito de los exigidos en la convocatoria deberá proponer su exclusión a la autoridad convocante. 
Corresponde a la autoridad académica competente declarar la equivalencia de los títulos. Los títulos extranjeros deberán estar debidamente convalidados en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias.  
De conformidad con lo establecido en la Ley 10/2010, de 9 de julio, de ordenación y gestión de la Función Pública Valenciana, serán admitidas las personas con minusvalía en igualdad de condiciones que el resto de personas aspirantes.
CUARTA. Instancia y documentos a presentar. Las personas que deseen participar en el proceso de selección lo solicitarán mediante instancia (Anexo II) dirigida al Sr. Presidente de la Mancomunidad la Vega, en la que se hará constar que se reúnen todos los requisitos establecidos en la Base Tercera. 
La presentación de instancias se hará en el Registro General de la Mancomunidad, sito en Plaza del Ayuntamiento, 4 de Redován, en horario de atención al público de 9:00 a 14:00h. o bien mediante alguna de las formas que establece el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común. De presentarse las instancias conforme los métodos establecidos en el citado artículo, las personas interesadas deberán comunicarlo a la Mancomunidad dentro del plazo de presentación de instancias, mediante la entrega del justificante sellado por el oportuno Registro a administracion@mancomunidadlavega.es
El plazo de presentación de instancias será de DIEZ DÍAS HÁBILES contados a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.[Alacant Nº 62 de 29/03/2019] {del 30 de marzo al 12 de abril de 2019, a.i.} 
En caso de necesitar adaptación de tiempos y/o medios deberán indicarlo en la solicitud, acompañando certificación o información adicional expedida por la Administración Pública competente a fin de que el Tribunal pueda dar cumplimiento a lo dispuesto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, que regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, si bien, sometiéndose a las mismas pruebas que tendrán idéntico contenido para todas las personas aspirantes. 
Junto con la instancia, se aportará la siguiente documentación:
a.
Justificante de haber ingresado la cantidad de 22,50€ en concepto de derechos de examen. Dicho ingreso podrá efectuarse directamente o mediante transferencia a la Entidad Banco Sabadell a la cuenta ES59 0081 1445 3400 0101 6606, de la que es titular la Mancomunidad la Vega, especificando “Bolsa Técnico/a Juventud 2019” junto a la identificación de la persona aspirante que efectúa el ingreso. Los citados derechos de examen solo serán devueltos a aquellas personas no admitidas en el procedimiento selectivo por falta de alguno de los requisitos exigidos para formar parte en el mismo. 
b. Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad.
c. Fotocopia compulsada de la titulación exigida o equivalente.
d. Documentación que acredite los méritos a valorar en la fase de concurso mediante fotocopia compulsada o cotejada de los mismos, junto con el ANEXO III, de relación de los documentos de carácter meritorio presentados.
e. Fotocopia compulsada del carnet de conducir categoría B, en vigor. 
f. Certificación negativa por delitos de naturaleza sexual, expedido por el Registro Central de Delincuentes Sexuales. 
Tablón de anuncios de la Mancomunidad https://mancomunidadlavega.sedelectronica.es/board/

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