viernes, 8 de marzo de 2019

oferta de empleo público para los sectores estratégicos ante la retirada del Reino Unido de la Unión Europea.

Artículo 1. Aprobación de la oferta de empleo público para el refuerzo de los sectores estratégicos ante la retirada del Reino Unido de la Unión Europea. En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, y en la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se aprueba la oferta pública para el refuerzo de los sectores estratégicos ante la retirada del Reino Unido de la Unión Europea, en los términos que se establecen en este real decreto.
Artículo 2. Cuantificación de la oferta. 1. La presente oferta de empleo público contiene las necesidades de recursos humanos con asignación presupuestaria que deban proveerse mediante la incorporación de personal de nuevo ingreso en los sectores estratégicos ante la retirada del Reino Unido de la Unión Europea. Tal como establece el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la oferta de empleo público, como instrumento de planificación de los recursos humanos, define y cuantifica los efectivos en función de las necesidades y prioridades derivadas de la planificación general de los recursos humanos. Dicha distribución se realizará de acuerdo con lo dispuesto en el articulado y en el anexo de este real decreto.
2. En el anexo se incluyen las plazas que se autorizan en la Administración General del Estado para ingreso de nuevo personal con especificación de los cuerpos y escalas de personal funcionario o convenio colectivo en el caso de personal laboral, distribuyendo el número de plazas para cada uno de los colectivos mencionados.
3. Las plazas que se autorizan mediante este real decreto computarán a efectos del límite máximo de plazas derivado de la tasa de reposición de efectivos correspondiente al ejercicio de 2019.
Artículo 3. Criterios de aplicación. 1. Los procesos selectivos de personal funcionario de carrera de cuerpos y escalas de la Administración General del Estado, derivados de esta oferta de empleo público, se realizarán de conformidad con la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado y les serán de aplicación los criterios generales establecidos en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018.
2. Las convocatorias que se publiquen derivadas de esta oferta de empleo público se adecuarán a lo establecido por el Acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018 por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar, en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.
Disposición adicional única. Acceso para personas con discapacidad. El cumplimiento de lo previsto en el artículo 59 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, relativo a la reserva de un 7 por ciento de las plazas ofertadas para ser cubiertas por personas con discapacidad, se llevará a cabo mediante la acumulación de las plazas correspondientes en la reserva que, para este fin, se incluya en el real decreto que apruebe la oferta de empleo público general para 2019.
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