Abogados
Resolución de 14 de octubre de 2010, de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se convocan las pruebas de aptitud para acceder al ejercicio de la profesión de Abogado en España por parte de ciudadanos de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
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Convocatoria.–Se convoca la prueba de aptitud para el acceso a las profesión de Abogado por parte de ciudadanos nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
Requisitos de los aspirantes.–Para ser admitido a la realización de la prueba los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
2. Estar en posesión del título exigido en el Estado de origen para el acceso o ejercicio de la profesión de Abogado en dicho Estado.Requisitos de los aspirantes.–Para ser admitido a la realización de la prueba los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea y otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
3. Haberse dictado en su favor, por parte de la Secretaría de Estado de Justicia o de esta Dirección General, Resolución en la que, por aplicación de lo dispuesto en el apartado noveno.2.a) de la Orden de 30 de abril de 1996, se exige la superación de una prueba de aptitud como requisito para autorizar el ejercicio profesional en España, siempre que la previa solicitud de reconocimiento del título profesional haya sido presentada con anterioridad a la publicación de esta Resolución.
Solicitud de admisión a la prueba de aptitud.–Quienes deseen participar en la prueba deberán hacerlo constar mediante solicitud dirigida a la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, del Ministerio de Justicia, cuyo modelo orientativo de instancia figura como Anexo I a esta Resolución.
Presentación de la solicitud y documentación adicional.–Para participar en la prueba de aptitud será necesario presentar la solicitud mencionada en el apartado tercero de esta Resolución, junto con el resguardo acreditativo del pago de los derechos de examen y fotocopia de la Resolución previamente dictada a favor del interesado en aplicación de lo dispuesto en el apartado noveno, punto 2, letra a), de la expresada Orden de 30 de abril de 1996. La falta de justificación del abono de los derechos de examen determinará la exclusión del solicitante.
El plazo de presentación de la solicitud y documentación adicional será de veinte días, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado»{del 30 de Octubre al 18 de Noviembre de 2010, a.i.} y podrá realizarse en el Registro General del Ministerio de Justicia, Plaza Jacinto Benavente, 3, 28012 Madrid, o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.