martes, 27 de noviembre de 2012

1 Beca de Formación en control interno de la gestión económico-financiera de las entidades locales, por parte del Colegio Oficial de Economistas de Alicante, con destino al Departamento de Intervención de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.

Convocatoria de una Beca de Formación en control interno de la gestión económico-financiera de las entidades locales, por parte del Colegio Oficial de Economistas de Alicante, con destino al Departamento de Intervención de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, según Convenio de colaboración entre la Excma. Diputación Provincial de Alicante y el Colegio Oficial de Economistas de Alicante, suscrito el 2 de mayo de 2012.
BASES DE LA CONVOCATORIA
1ª.- El número de becas a conceder será de una, su duración será de seis meses prorrogable por otros seis meses.
El gasto mensual total que supone a la Corporación será de 900,00 € e incluye la Seguridad Social a cargo de la Diputación de Alicante, derivado de la aplicación del Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre.
El beneficiario percibirá directamente por meses vencidos el importe mensual anterior, descontada la Seguridad Social a cargo de la Corporación.
Además, serán de aplicación los descuentos correspondientes al I.R.P.F. y Seguridad Social a cargo del becario.
2ª.- El becario realizará las tareas específicas de la beca en las dependencias del Departamento de Intervención de la Diputación de Alicante, sitas en la calle Tucumán nº 8 de Alicante.
3ª.- La beca objeto del presente Convenio se adjudicará mediante concurso entre los diversos aspirantes a la misma, que reúnan los siguientes requisitos y los acrediten documentalmente:
a) Ser español y residir en territorio de la provincia de Alicante.
b) Haber finalizado la licenciatura o grado en Ciencias Económicas y Empresariales o en cualquiera de las titulaciones indicadas en el artículo 9º del Estatuto Particular del Colegio de Economistas de Alicante como máximo, dentro de los tres cursos académicos inmediatamente anteriores al de la Convocatoria de la Beca.
c) Estar colegiado o formalizar la inscripción como tal antes de finalizar el plazo para presentar la solicitud de la Beca.
4ª.- Las solicitudes serán dirigidas al Colegio Oficial de Economistas de Alicante, y se presentarán, en plazo hábil, en la sede del mismo, de lunes a viernes, desde las 9 a las 15 horas. Tales solicitudes podrán recogerse en la propia sede del Colegio.
a) El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. [butlletí oficial de la província - alacant, 26 novembre 2012 - n.º 225] {del 27 de noviembre al .... de diciembre de 2012, a.i.}Si el último día fuera inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. No obstante, se dará noticia de cada convocatoria, con expresión de la apertura del plazo y de su término, mediante anuncios que se insertarán en los tablones del Colegio y de las Universidades de la provincia de Alicante y de la Diputación Provincial.
b) Las solicitudes deberán acompañarse de la siguiente documentación:
b.1) Certificación académica personal o documento sustitutivo que acredite haber alcanzado la titulación correspondiente, con las calificaciones obtenidas, nota media obtenida, convocatoria y curso.
b.2) Curriculum.
b.3) Certificado de empadronamiento.
b.4) Toda la documentación que juzgue pertinente adjuntar como mérito personal. En caso de trabajos realizados o publicados se deberá adjuntar una copia de ellos.
b.5) Fotocopia del D.N.I. y número de teléfono.
c) Toda la documentación deberá presentarse en documentos originales o en fotocopias debidamente compulsadas.
La documentación que no cumpla estos requisitos no será tenida en cuenta a la hora de baremar el expediente personal del solicitante.
d) Si la solicitud no reúne los requisitos previstos en esta Base, se requerirá al interesado para que, en el plazo de 2 días hábiles, complete dicha documentación exigida. En caso de no ser así se considerará que desiste de su petición y ésta será archivada.

M.I. Ayuntamiento de Xàbia/Jávea: ayudas a deportistas locales para 2012, por total de 6.000,00 euros, con la finalidad de colaborar en los gastos para la preparación y la formación deportiva.

M.I. Ayuntamiento de Xàbia/Jávea. SUBVENCIONES PARA DEPORTISTAS LOCALES.
Objeto.
Es la concesión de ayudas a deportistas locales para 2012, por total de 6.000,00 euros, con la finalidad de colaborar en los gastos para la preparación y la formación deportiva.
 Requisitos: Estar empadronado en Xàbia durante al menos cinco años o pertenecer a algún club deportivo local durante al menos cinco años. Practicar un deporte en niveles de rendimiento y tener condición de deportista federado.
Estar vinculado a club (deporte no profesional). Estar al corriente de obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social y a la Hacienda Municipal. No hallarse incluido en programa de Ayudas a Deportistas Olímpicos (ADO). No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario.
Solicitudes: Los aspirantes dirigirán sus solicitudes al Ilmo. Sr. Alcalde-presidente del M.I. Ayuntamiento de Xàbia según modelo en el Registro General, con correspondiente documentación, presentándose en referido registro general, sito en la Avenida Amanecer nº 2, en un plazo de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación en Boletín Oficial de Provincia.[butlletí oficial de la província - alacant, 26 novembre 2012 - n.º 225] {del 27 de noviembre al 11 de diciembre de 2012, a.i.}

Premios Nacionales de Innovación y Diseño 2012: Premio Nacional a la Trayectoria Innovadora, Premio Nacional a la Internacionalización, Premio Nacional al Diseño para la categoría de Profesionales y Premio Nacional al Diseño para la categoría de Empresas..

1. Objeto de la resolución. La presente resolución tiene por objeto aprobar la convocatoria de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño 2012 en las modalidades de Premio Nacional a la Trayectoria Innovadora, Premio Nacional a la Internacionalización, Premio Nacional al Diseño para la categoría de Profesionales y Premio Nacional al Diseño para la categoría de Empresas. 
2. Normativa aplicable. La concesión de los premios se rige por lo dispuesto en la Orden CIN/2570/2011, de 23 de septiembre, por la que establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño. 
3. Candidaturas. Podrán ser candidatos a los premios los sujetos previstos en el artículo 5 de la Orden CIN/2570/2011, de 23 septiembre de 2011, por la que establecen las bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño, según la modalidad de que se trate.
Los beneficiarios, en el momento de la presentación de su candidatura, deberán estar en activo y desarrollando una labor altamente significativa y con reconocido prestigio, tanto nacional como internacional.
4. Características de los Premios Nacionales de Innovación y Diseño. 1. La cuantía del Premio Nacional al Diseño para la categoría de Profesionales será de 30.000 €.
2. El Premio Nacional a la Internacionalización, el Premio Nacional a la Trayectoria Innovadora y el Premio Nacional al Diseño para la categoría de Empresas tendrán carácter honorífico.
3. Los ganadores de los Premios Nacionales de Innovación y de Diseño podrán hacer uso de esta denominación en el material promocional de su actividad.
5. Presentación de las candidaturas. 1. El plazo de presentación de las candidaturas comenzará el 28 de noviembre de 2012 a las 00:00 horas (hora peninsular) y finalizará el 27 de diciembre de 2012, a las 15:00 horas (hora peninsular).
2. Las candidaturas al Premio Nacional a la Trayectoria Innovadora y el Premio Nacional al Diseño para la categoría de Profesionales, deberán ser presentadas por una persona distinta al candidato.
3. Con carácter previo a la presentación electrónica de la candidatura es necesario que el representante de la misma se inscriba en el Registro Unificado de Solicitantes del Ministerio de Economía y Competitividad.
4. La presentación de las candidaturas se realizará a través de la cumplimentación del formulario electrónico disponible en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación «Procedimientos y servicios electrónicos».
6.-Modalidades:
a) Premio Nacional a la Trayectoria Innovadora.
b) Premio Nacional a la Internacionalización.
c) En la modalidad Premio Nacional al Diseño para la categoría de Profesionales.
d) En la modalidad Premio Nacional al Diseño para la categoría de Empresas.

se aprueban los objetivos ambientales de las estrategias marinas españolas.

Resolución de 13 de noviembre de 2012, de la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de noviembre de 2012, por el que se aprueban los objetivos ambientales de las estrategias marinas españolas.
El 2 de noviembre de 2012 el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, ha aprobado los objetivos ambientales correspondientes a las estrategias marinas de las cinco demarcaciones marinas españolas.
De acuerdo con el artículo 60.1 de la Ley 30/1992, de 26 de diciembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y teniendo en cuenta la necesidad de que los citados objetivos ambientales reciban la más amplia difusión por la trascendencia que las estrategias marinas tienen como instrumentos de planificación del medio marino, se resuelve la publicación del mencionado acuerdo, cuyo texto se transcribe a continuación:
«De acuerdo con el artículo 10.3 de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, y habiendo cumplido con los trámites de consulta y participación pública establecidos,
se aprueban los objetivos ambientales correspondientes a las estrategias marinas de las cinco demarcaciones marinas españolas.
Los objetivos ambientales de las demarcaciones marinas noratlántica, sudatlántica, del Estrecho y Alborán, levantino-balear y canaria se encuentran en el anexo al presente acuerdo.»
Dicho anexo, en el que se enumeran y detallan los objetivos ambientales de las estrategias marinas, figura en la página Web del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, en la siguiente dirección
: http://www.magrama.gob.es/es/costas/temas/estrategias-marinas.

1 plaza de Arquitecto Técnico, A2, ( 40 % de jornada). Ayuntamiento de Meliana ( Horta Nord-Valencia)

Resolución de 13 de noviembre de 2012, del Ayuntamiento de Meliana (Horta Nord-Valencia), referente a la convocatoria para proveer una plaza.
En el «Boletín Oficial de la Provincia de Valencia» número 265, de 6 de noviembre de 2012, y en el «Diario Oficial de la Comunitat Valenciana» número 6901, de 13 de noviembre de 2012, se ha publicado anuncio en extracto de las bases que han de regir la convocatoria para proveer:
1 plaza de Arquitecto Técnico, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Técnico Medio, al 40 % de jornada, mediante el sistema de concurso-oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Boletín Oficial del Estado».{del 28 de noviembre al ... de
diciembre de 2012, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el «Boletín de Oficial de la Provincia de Valencia» y/o en el tablón de anuncios y en la página web del Ayuntamiento de Meliana, en la forma prevista en las propias bases.
www.meliana.es

50 plazas de alumnos del Centro de Formación, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía.

Bases de la convocatoria
1. Número de plazas, sistema de provisión y fases del proceso selectivo
1.1
Número de plazas y sistema de provisión: Se convocan 50 plazas de alumnos del Centro de Formación, de la División de Formación y Perfeccionamiento, aspirantes a ingreso en la Escala Ejecutiva, categoría de Inspector, del Cuerpo Nacional de Policía, que serán cubiertas por el procedimiento de oposición libre.
1.2 Fases del proceso selectivo: El proceso selectivo constará de las siguientes fases: A) Oposición; B) Cursos de Formación y C) Módulo de formación práctica.

2. Requisitos de los aspirantes. 2.1 Requisitos: Para ser admitido a la práctica de las pruebas selectivas será necesario reunir, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
a) Ser español.
b) Tener una estatura mínima de 1,65 metros los hombres, y 1,60 las mujeres.
Este requisito se comprobará en la fecha en que los opositores comparezcan a la realización de la primera prueba (aptitud física).
c) Estar en posesión del título de Ingeniero técnico, Arquitecto técnico, Diplomado universitario u otros equivalentes o superiores.
A tenor de lo dispuesto en la disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, y de la Resolución de la Dirección General de Universidades de 11 de marzo de 2004, dictada para su aplicación, a efectos de lo dispuesto en la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, se considerará equivalente al título de Diplomado universitario:
1. El haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de licenciado, arquitecto o ingeniero o
2. El haber superado el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.
Respecto al segundo inciso, en el caso de titulaciones cuyo plan de estudios este estructurado en cuatro cursos académicos y los dos primeros cursos tengan una carga lectiva inferior a 180 créditos, se considerará que el alumno ha cursado estudios equivalentes al título de Diplomado universitario cuando haya superado los dos primeros cursos académicos y, además, materias del tercer curso de la titulación correspondiente, hasta completar 180 créditos.
Los que aleguen estar en posesión del Diploma Superior en Criminología, deberán acreditar que lo han obtenido tras cursar las enseñanzas que reúnan los requisitos señalados en el apartado segundo de la Orden del Ministerio de Educación y Cultura, de 19 de noviembre de 1996 («BOE» número 286, del 27), por la que se declara equivalente el Diploma Superior en Criminología al título de Diplomado Universitario, para el acceso a Cuerpos, Escalas y Categorías de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, dependientes de las distintas Administraciones Públicas, cuando se exija el título de Diplomado Universitario o equivalente.
d) Compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, que se prestará a través de declaración del solicitante.
e) No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, de la Administración Autonómica, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
f) Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
2.1.1 Asimismo los aspirantes deberán estar en posesión de la autorización (BTP) a que se refiere el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, antes del 1 de abril de 2013.
3. Solicitud de admisión y liquidación de las tasas de examen
3.1 Plazo:
Veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 28 de noviembre al 17 de diciembre de 2012,a.i.}
3.2 Procedimiento: La solicitud de admisión a este proceso se realizará utilizando el modelo de solicitud de admisión a pruebas selectivas de ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía (modelo 790, código de tasa 088), por alguno de los siguientes procedimientos:
a) A través de la sede electrónica del Cuerpo Nacional de Policía http://www.policia.es, eligiendo en «Procesos selectivos» la opción «Instancias» «Escala Ejecutiva» y siguiendo las instrucciones que se le indiquen.
b) A través de la página web http://www.policia.es, rellenando el formulario que se indica en la misma, que permite la cumplimentación automática del modelo 790.

1 plaza de la Escala Técnica Media de Prevención (perfil: seguridad en el trabajo). Universitat de València.

1.1 Esta convocatoria tiene por objeto la selección de personal para cubrir dos puestos vacantes del grupo A, subgrupo A2, por el turno libre, sector de administración especial, escala técnica media de prevención (perfil: seguridad en el trabajo), mediante el sistema de concurso-oposición.
2. Requisitos de las personas aspirantes. 2.1 Para ser admitidas en las pruebas selectivas, las personas deberán reunir los requisitos siguientes:
2.1.1
Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los otros estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún estado en el cual se aplique la libre circulación de trabajadores en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, en los términos en que se encuentra definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea, de acuerdo con lo que dispone el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 10/2010 de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
Igualmente podrán participar los familiares (cónyuges, ascendientes o descendientes) de dichos trabajadores o trabajadoras que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, y por el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.
2.1.2 Haber cumplido 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Poseer al menos el título de diplomatura o equivalente o estar en condiciones de obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredita su homologación.
2.1.4 Poseer estudios formativos de técnico/a superior en prevención de riesgos laborales, especialidad seguridad en el trabajo (homologados por la conselleria o el ministerio).
2.2 Los requisitos a qué se refiere el apartado 2.1, deberán reunirse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión.
2.3 En el momento de presentar la solicitud, sólo se exigirá una declaración expresa y formal de que se reúnen los requisitos establecidos en los subapartados 2.1.1 al 2.1.7 de esta convocatoria, los cuales se deberán acreditar posteriormente en caso de aprobar el concurso-oposición.
3. Solicitudes. 3.1 Las personas interesadas dispondrán de un formulario para cumplimentar la solicitud en soporte informático. Este formulario se encontrará en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS) de esta Universidad, que tiene la siguiente dirección: http://www.uv.es/pas.
3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Los sábados se consideran hábiles a efectos del cómputo de plazos. La publicación de la convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) tendrá sólo carácter informativo.{del 27 de noviembre al ........ de diciembre de 2012, a.i.}
3.4 Presentación de solicitudes. 3.4.1 Las solicitudes se podrán presentar en:
a)
El registro de entrada de la Universidad de Valencia (avenida de Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia), que se encuentra abierto al público de lunes a viernes (horario: de 9 a 14 h y de 16 a 18 h).
b) En el registro de cualquier otra administración pública, o las oficinas de Correos, en la forma que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

1 plaza de la Escala Técnica Media de Prevención (perfil: higiene industrial). Universitat de València.

1.1 Esta convocatoria tiene por objeto la selección de personal para cubrir un puesto vacante del grupo A, subgrupo A2, por el turno libre, sector de administración especial, escala técnica media de prevención (perfil: higiene industrial), mediante el sistema de concurso-oposición.
2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1
Para ser admitidas en las pruebas selectivas, las personas deberán reunir los requisitos siguientes:
2.1.1
Tener la nacionalidad española o ser nacional de alguno de los otros estados miembros de la Unión Europea, o nacional de algún estado en el cual se aplique la libre circulación de trabajadores en virtud de tratados internacionales establecidos por la Unión Europea y ratificados por España, en los términos en que se encuentra definida en el tratado constitutivo de la Unión Europea, de acuerdo con lo que dispone el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y la Ley 10/2010 de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
Igualmente podrán participar los familiares (cónyuges, ascendientes o descendientes) de dichos trabajadores o trabajadoras que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 17/1993, de 23 de diciembre, modificada por la Ley 55/1999, de 29 de diciembre, y por el Real Decreto 800/1995, de 19 de mayo.
2.1.2 Haber cumplido 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
2.1.3 Poseer al menos el título de diplomatura, o equivalente, o estar en condiciones de obtenerlo antes de que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la credencial que acredita su homologación.
2.1.4 Poseer estudios formativos de técnico/a superior en prevención de riesgos laborales, especialidad higiene industrial (homologado por la Consellería o el Ministerio).
2.2 Los requisitos para la admisión a estas pruebas a qué se refiere el apartado 2.1, deberán reunirse en el momento de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo hasta el momento de la toma de posesión.
2.3 En el momento de presentar la solicitud, sólo se exigirá una declaración expresa y formal de que se reúnen los requisitos establecidos en los subapartados 2.1.1 al 2.1.7 de esta convocatoria, los cuales se deberán acreditar posteriormente en caso de aprobar el concurso-oposición.
3. Solicitudes. 3.1 Las personas interesadas dispondrán de un formulario para cumplimentar la solicitud en soporte informático. Este formulario se encontrará en la página web del Servei de Recursos Humans (PAS) de esta Universidad, que tiene la siguiente dirección: http://www.uv.es/pas.
3.3 El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Los sábados se consideran hábiles a efectos del cómputo de plazos. La publicación de la convocatoria en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana» (DOCV) tendrá sólo carácter informativo.{del 27 de noviembre al ___ de diciembrede 2012, a.i.}
3.4 Presentación de solicitudes. 3.4.1 Las solicitudes se podrán presentar en:
a)
El registro de entrada de la Universitat de València (avenida de Blasco Ibáñez, 13, 46010 Valencia), que se encuentra abierto al público de lunes a viernes (horario: de 9 a 14 h y de 16 a 18 h).
b) En el registro de cualquier otra administración pública, o las oficinas de Correos, en la forma que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

1 plaza de Agente de la Policía Local, (C1). Ayuntamiento de Petrer (Alicante)

Resolución de 13 de noviembre de 2012, del Ayuntamiento de Petrer (Alicante), referente a la convocatoria para proveer una plaza.
En el «Boletín Oficial de la Provincia de Alicante» número 214, de 9 de noviembre de 2012, y en el «Diario Oficial de la Comunidad Valenciana» número 6.890, de 26 de octubre de 2012, se publica anuncio de convocatoria para proveer una plaza de Agente de la Policía Local, perteneciente a la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Policía Local y sus auxiliares, encuadrada en la escala básica, mediante el sistema de oposición, en turno libre.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 27 de noviembre al 16 de diciembre de 2012, a.i.}
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en la forma prevista en las propias bases.  www.petrer.es

Jefe del Departamento de Cooperación y Promoción Cultural. Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

Bases de la convocatoria
i) Características de la plaza y funciones.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 38.1 a), del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, el Jefe del Departamento de Cooperación y Promoción Cultural, tendrá la consideración de personal directivo.
Bajo la dependencia jerárquica del Director de Relaciones Culturales y Científicas de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, al Jefe del Departamento de Cooperación y Promoción Cultural le corresponde la planificación, coordinación y control de la cooperación y acción cultural exterior que desarrollan las Misiones Diplomáticas de España y las Oficinas Técnicas de Cooperación de la AECID. Dirección de los servicios culturales de la AECID: Publicaciones, Bibliotecas Hispánica e Islámica, Filmoteca y Difusión Audiovisual. Diseñar, gestionar y realizar el seguimiento de los diversos programas especializados en que se concreta la Estrategia Sectorial de Cultura y Desarrollo en coordinación con otros departamentos ministeriales y otras instituciones públicas en el ámbito de sus competencias.
ii) Régimen de contratación.
El candidato, designado para ocupar la plaza que se convoca, suscribirá contrato de trabajo de personal de alta dirección con una duración inicial de veinticuatro meses, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.
Las retribuciones del puesto serán las aprobadas por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones, de conformidad con lo establecido en la Orden de 26 de abril de 2012 del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas por la que se aprueba la clasificación de las Agencias Estatales de conformidad con el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se regula el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades.
iii) Requisitos de los aspirantes.
Los aspirantes a la plaza que se convoca deberán reunir los siguientes requisitos:
Tener la nacionalidad española.
Ser nacional de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores. También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
También podrán participar quienes no estando incluidos en el punto anterior se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.
Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el artículo 7 del Estatuto de los Trabajadores.
No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes.
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas por sentencia judicial firme.
Estar en condiciones de acreditar la Titulación de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o el Título Universitario de Grado. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
iv) Méritos específicos.A los candidatos se les valorará específicamente los siguientes méritos:
Experiencia de gestión en la Administración Pública.
Experiencia en dirección de equipos de trabajo.
Experiencia en Gestión Cultural.
Experiencia en la promoción y cooperación cultural para el exterior.
Conocimiento del Servicio Exterior Español: Red de Representaciones Diplomáticas y Consejerías Culturales, Red de Centros Culturales de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo y Red del Instituto Cervantes.
Experiencia en Programas de formación.
Competencia para las relaciones públicas (relaciones institucionales y comunicación). Conocimientos de idiomas, valorándose especialmente el idioma francés.
v) Solicitudes.
Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante escrito, acompañado de «currículum vitae», dirigido al Sr. Director de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que podrá ser presentado directamente en el Registro General de la AECID (avda. de los Reyes Católicos 4, 28040 Madrid), citando expresamente «Plaza de Jefe del Departamento de Cooperación y Promoción Cultural», o en el resto de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de quince días naturales, a contar desde el día siguiente al de publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la presente convocatoria.{del 27 de noviembre al 11 de diciembre de 2012, a.i.}Página web de esta Agencia Estatal (www.aecid.gob.es).

calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2013, a efectos de cómputos de plazos.

Primero. Aprobar el calendario de días inhábiles correspondiente al año 2013, para la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos, a efectos de cómputos de plazos.
Segundo. Son días inhábiles:
a) En todo el territorio nacional: los domingos y los días declarados como fiestas de ámbito nacional no sustituibles, o sobre las que la totalidad de las Comunidades Autónomas no ha ejercido la facultad de sustitución.
b) En el ámbito territorial de las Comunidades Autónomas: Aquellos días determinados por cada Comunidad Autónoma como festivos.
c) En los ámbitos territoriales de las Entidades que integran la Administración Local: los días que establezcan las respectivas Comunidades Autónomas en sus correspondientes calendarios de días inhábiles.
Los días inhábiles a que se refieren los puntos a) y b) de este apartado se recogen, especificado por meses y por Comunidades Autónomas, en el anexo adjunto.

jueves, 22 de noviembre de 2012

68 plazas de Auxiliar de Administración General, (C2). Ayuntamiento de Barcelona

Resolución de 12 de noviembre de 2012, del Ayuntamiento de Barcelona, referente a la convocatoria para proveer varias plazas.
En el «Boletín Oficial de la Provincia de Barcelona» de 12 de abril de 2011 se han publicado íntegramente las bases que han de regir la convocatoria, rectificadas mediante publicación de 13 de octubre de 2011, para proveer:
68 plazas de Auxiliar de Administración General, pertenecientes a la escala de Administración General, subescala Auxiliar y clase funcionarial, mediante el sistema de concurso oposición, en turno libre.
Asimismo las bases generales que regulan los procesos selectivos se han publicado íntegramente en la gaceta municipal número 16, de 10 de junio de 1991.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya».
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en la forma prevista en las propias bases.
  www.bcn.cat/

1 plaza de Técnico de Gestión, (A2). Bases.

Ajuntament de Sant Vicent de Raspeig. (Alacant). BASES ESPECÍFICAS DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR POR FUNCIONARIO DE CARRERA 1 PLAZA DE TÉCNICO DE GESTIÓN DE ADMINISTRACIÓN GENERAL POR EL TURNO LIBRE Y CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE EMPLEO
Aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el 5 de octubre de 2012.
BASE PRIMERA.- CARÁCTER Y ALCANCE DE ESTAS BASES. Las presentes bases regulan las normas específicas del proceso selectivo que se convoca. Para lo no dispuesto en ellas será de aplicación lo establecido en las Bases Generales de Selección de Personal, aprobadas por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 1 de febrero de 2008 y publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 38, de 21 de febrero de 2008 y en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana nº 5721, de 11 de marzo de 2008.
BASE SEGUNDA.- CARACTERÍSTICAS DE LAS PLAZAS Y SISTEMA DE SELECCIÓN. La presente convocatoria tiene por objeto cubrir por funcionario de carrera 1 plaza de Técnico de Gestión, encuadrada en la Escala de Administración General, Subescala de Gestión, Grupo A, subgrupo A2, de conformidad con el artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, Nivel de Complemento de Destino 24 y demás emolumentos que correspondan según la legislación vigente y acuerdos municipales, incluida en la Oferta de Empleo Público de 2009.
El sistema de selección es el de oposición libre.
BASE TERCERA.- CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Estar en posesión del título de Diplomado universitario, Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico, Formación Profesional 3er grado o equivalente. La equivalencia u homologación de títulos deberá acreditarse mediante certificación expedida por la Administración educativa.
e) No haber sido separado del servicio por expediente disciplinario o inhabilitado en los términos establecidos en el artículo 56.1.d) de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Los requisitos exigidos deberán reunirse por las personas interesadas en la fecha en que expire el plazo de presentación de instancias.
BASE CUARTA.- PUBLICIDAD DE LA CONVOCATORIA, SOLICITUDES Y DERECHOS DE EXAMEN.
Publicidad. Las bases específicas de la presente convocatoria se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, y en extracto en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana y en el Boletín Oficial del Estado, siendo la publicación en este último Boletín la que abra el plazo de 20 días naturales para la presentación de instancias.
Solicitudes y plazo de presentación. Los interesados tendrán a su disposición el modelo normalizado de solicitud en el Registro General y en la página Web municipal www.raspeig.org.
Las instancias se presentarán en el Registro General de este Ayuntamiento o a través de cualquier medio previsto en la normativa reguladora del procedimiento administrativo. El plazo de presentación de instancias será de veinte días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

ayudas y la gestión de medidas de apoyo del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores.

Objeto. La presente orden tiene por objeto establecer las bases, el régimen de ayudas y la gestión de medidas de apoyo del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores.
 Ámbito material. 1. El ámbito material de esta orden se circunscribe a las líneas instrumentales incluidas dentro de la medida 26 «Línea de Crédito para Jóvenes Emprendedores en Turismo» y medida 27 «Programa de Emprendedores Innovadores Turísticos» del Plan Nacional e Integral de Turismo 2012-2015, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de junio de 2012.
2. El ámbito material de esta orden se articula en torno al programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores dentro del Plan Nacional e Integral del Turismo.
Ámbito geográfico. Las actividades objeto de ayuda podrán realizarse en la totalidad o parte del territorio español.
Objetivos. Las actuaciones relacionadas en esta orden tienen como finalidad contribuir a la consecución de los objetivos del Plan Nacional e Integral de Turismo 2012-2015. En este sentido, constituyen objetivos prioritarios:
a) Facilitar el desarrollo de modelos de negocio innovadores que mejoren la competitividad y rentabilidad del sector turístico español.
b) Fomentar la incorporación al tejido turístico empresarial de jóvenes emprendedores innovadores.
c) Apoyar la puesta en marcha de los proyectos innovadores desarrollados por jóvenes emprendedores.

Características de las ayudas. 1. Estas ayudas se otorgan de conformidad con los artículos 23 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Las ayudas otorgadas revestirán la forma de préstamos. Las características de las ayudas en forma de préstamo serán las siguientes:
a) Financiación máxima: Hasta el 100 por ciento del coste financiable de los proyectos o acciones, sin que la cantidad financiada pueda superar la cifra de 1.000.000 euros, o la cifra del neto patrimonial acreditado de la empresa en el momento de la solicitud.
b) Plazo máximo de amortización de cinco años incluyendo opcionalmente un período de carencia máximo de dos años. El abono de la amortización y de los correspondientes intereses se realizará al final de cada período de amortización determinado en la resolución de concesión.
c) La modulación, tanto de la financiación máxima como de los plazos de amortización o de carencia se determinarán en cada convocatoria.
d) El tipo de interés de aplicación se determinará asimismo en cada convocatoria de acuerdo con el marco legal en vigor.
e) No se exigirán garantías para la concesión de estas ayudas.
3. La financiación de estas ayudas se imputará a las aplicaciones presupuestarias que para cada año se determinen en los correspondientes Presupuestos Generales del Estado y se especificarán en cada convocatoria.
Beneficiarios. 1. Podrán ser solicitantes y beneficiarios de estas ayudas los siguientes:
Las personas físicas, residentes en España, que tengan menos de cuarenta años en el momento de presentación de la solicitud y personas jurídicas válidamente constituidas en España, en las cuales la media de edad de los socios sea igual o inferior a cuarenta años en el momento de la presentación de la solicitud, y sean PYME con forma societaria, constituida, como máximo, en los veinticuatro meses anteriores a la solicitud.
2. Dentro del concepto empresa se diferencian las pequeñas y medianas empresas que, a su vez, se definen y dividen según se indica a continuación:
a) En la categoría PYME se define a una «mediana empresa» como una empresa que ocupa a menos de 250 personas, y cuyo volumen de negocio anual no excede de 50 millones de euros, o su balance general anual no excede de 43 millones de euros.
b) En la categoría PYME se define a una «pequeña empresa» como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocio anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.
c) En la categoría PYME se define a una «microempresa» como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.
3. Los solicitantes de estas ayudas deberán acreditar, como condición de solvencia económica en el momento de presentación de su solicitud que la suma de sus bienes y derechos, incluyendo créditos frente a terceros es superior a la suma de sus deudas incrementada en un 50 por ciento.
Forma y presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes de ayudas para el programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores se dirigirán al órgano instructor y se presentarán en el Registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, de acuerdo con la Orden IET/1902/2012, de 6 de septiembre, por la que se crea y regula dicho registro.
3. La solicitud de ayudas del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores constará de la solicitud, el cuestionario, la memoria técnica y la restante documentación, que se presentarán en la forma siguiente:
a) La solicitud y el cuestionario seguirán el modelo que figura, a título informativo, en el anexo II de esta orden. Dicho modelo estará disponible para su cumplimentación y presentación en la dirección de Internet del Ministerio de Industria, Energía y Turismo (https://sede.minetur.gob.es/).
Convocatoria
Vigésimo tercero. Avocación. Convocatoria.

1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, se dispone la avocación de la competencia para efectuar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2012.
2. Se convoca la concesión de las ayudas para el programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores para el ejercicio 2012.
3. Esta convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en el capítulo I de esta orden sin perjuicio de lo que en particular se establece en el presente capítulo.
Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir de la fecha de publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado». [Núm. 279 Martes 20 de noviembre de 2012]  .

ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur I+D+i compuesto por las líneas Emprendetur I+D y Emprendetur Desarrollo de productos innovadores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo.

Objeto. 1. La presente orden tiene por objeto establecer las bases, el régimen de ayudas y la gestión de medidas de apoyo del programa Emprendetur I+D+i.
Ámbito material. 1. El ámbito material de esta orden se circunscribe a las líneas instrumentales incluidas dentro de las medidas 4 «Lanzamiento del programa «Fidelización España», 8 «Apoyo a la reconversión de destinos maduros», 11 «Destinos inteligentes: Innovación en la gestión de destinos», 12 «Redes de agencias de gestión de experiencias», 15 «Puesta en valor del patrimonio cultural, natural y enogastronómico», y 16 «Fomento del turismo sostenible con el medio ambiente» del Plan Nacional e Integral de Turismo 2012-2015, aprobado por Acuerdo de Consejo de Ministros de 22 de junio de 2012.
2. El ámbito material de esta orden se articula en torno a las siguientes áreas y programas del Plan Nacional e Integral del Turismo:
a) Empredetur I+D.
b) Emprendetur Desarrollo de Productos Innovadores. 
Ámbito geográfico. Las actividades objeto de ayuda podrán realizarse en la totalidad o parte del territorio español. 
Objetivos. Las actuaciones relacionadas en esta orden tienen como finalidad contribuir a la consecución de los objetivos del Plan Nacional e Integral de Turismo 2012-2015. En este sentido, constituyen objetivos prioritarios:
a) Apoyar la investigación y desarrollo aplicado a productos del sector turístico.
b) Fortalecer los procesos de I+D+i en el sector turístico.
c) Impulsar el desarrollo de productos turísticos innovadores que mejoren la competitividad y rentabilidad del sector turístico español.
d) Facilitar a las empresas el acceso a desarrollos innovadores para la mejora de sus productos turísticos con el fin de la internacionalización de los mismos. 
Características de las ayudas.
1.
Estas ayudas se otorgan de conformidad con los artículos 23 y siguientes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. Las ayudas otorgadas revestirán la forma de préstamos. Las características de las ayudas en forma de préstamo serán las siguientes:
a) Financiación máxima: Hasta el 75 por ciento del coste financiable de los proyectos o acciones, sin que la cantidad financiada pueda superar la cifra de 1.000.000 euros, o la cifra del neto patrimonial acreditado de la empresa en el momento de la solicitud.
b) Plazo máximo de amortización de cinco años incluyendo opcionalmente un período de carencia máximo de dos años. El abono de la amortización y de los correspondientes intereses se realizará al final de cada período de amortización determinado en la resolución de concesión.
c) La modulación, tanto de la financiación máxima como de los plazos de amortización o de carencia se determinarán en cada convocatoria.
d) El tipo de interés de aplicación se determinará asimismo en cada convocatoria de acuerdo con el marco legal en vigor.
3. La financiación de estas ayudas se imputará a las aplicaciones presupuestarias que para cada año se determinen en los correspondientes Presupuestos Generales del Estado y se especificarán en cada convocatoria.
Beneficiarios.  Podrán ser solicitantes y beneficiarios de estas ayudas los siguientes:
1
. Las personas físicas residentes en España y las empresas legalmente constituidas en España. Se entenderá por empresa cualquier entidad que, independientemente de su forma jurídica y del origen de su financiación, tienen una actividad económica, es decir, pone bienes o presta servicios en un mercado determinado.
A los efectos de la presente orden, se excluyen de su ámbito subjetivo y no se podrán considerar beneficiarios las sociedades mercantiles públicas, los entes públicos empresariales y cualquier otra empresa constituida o regida de acuerdo con el derecho público.
2. Dentro del concepto empresa se diferencian las pequeñas y medianas empresas que, a su vez, se definen y dividen según se indica a continuación:
a) En la categoría PYME se define a una «mediana empresa» como una empresa que ocupa a menos de 250 personas, y cuyo volumen de negocio anual no excede de 50 millones de euros, o su balance general anual no excede de 43 millones de euros.
b) En la categoría PYME se define a una «pequeña empresa» como una empresa que ocupa a menos de 50 personas y cuyo volumen de negocio anual o cuyo balance general anual no supera los 10 millones de euros.
c) En la categoría PYME se define a una «microempresa» como una empresa que ocupa a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.
3. Los solicitantes de estas ayudas deberán acreditar, como condición de solvencia económica en el momento de presentación de su solicitud que la suma de sus bienes y derechos, incluyendo créditos frente a terceros es superior a la suma de sus deudas incrementada en un 50%.
Forma y presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes de ayudas para el programa Emprendetur I+D+i se dirigirán al órgano instructor y se presentarán en el Registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, de acuerdo con la Orden IET/1902/2012, de 6 de septiembre, por la que se crea y regula dicho registro.
Las solicitudes deberán especificar claramente la línea a la que optan, entendiéndose que la solicitud en una línea excluye la de la otra. En caso de que no se exprese en la petición, se solicitará al interesado su manifestación en el improrrogable plazo de 5 días. Su falta de definición en este tiempo dará lugar a que se desestime sin más la solicitud.
2. El plazo para la presentación de solicitudes, que será fijado por cada convocatoria, será como máximo de dos meses desde la publicación de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» cuando se trate de un plazo único. Las convocatorias podrán realizarse también en modalidad abierta en los términos previstos en el artículo 59 del Reglamento de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. En este último supuesto, la convocatoria especificará el calendario de los plazos de presentación de solicitudes a los que se corresponderán varios procedimientos de evaluación y concesión, Cuando a la finalización de uno de los plazos de una convocatoria abierta se hayan concedido los préstamos correspondientes y no se haya agotado el importe máximo a otorgar, el importe restante será automáticamente trasladado y agregado al importe disponible para el siguiente período de la misma convocatoria.
3. La solicitud de ayudas del programa Emprendetur I+D+i constará de tres elementos: solicitud, cuestionario y memoria.
Convocatoria
Vigésimo tercero. Avocación. Convocatoria.
1.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, se dispone la avocación de la competencia para efectuar la convocatoria correspondiente al ejercicio 2012.
2. Se convoca la concesión de las ayudas para el programa Emprendetur I+D+i para el ejercicio 2012, compuesto por las líneas Emprendetur I+D y Emprendetur Desarrollo de Productos Innovadores.
3. Esta convocatoria se regirá por las bases reguladoras contenidas en el capítulo I de esta orden sin perjuicio de lo que en particular se establece en el presente capítulo.
Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a partir de la fecha de publicación de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado».[Núm. 279 Martes 20 de noviembre de 2012] {del 21 de noviembre al 11 de diciembre de 2012,a.i.}

examen de aptitud acreditativo de los conocimientos necesarios para la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial y el examen de aptitud acreditativo del conocimiento del Derecho español para el reconocimiento de la cualificación profesional para el ejercicio en España de la actividad de Agente de la Propiedad Industrial a ciudadanos de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.

Resolución de 16 de noviembre de 2012, por la que se corrigen errores en la Resolución de 19 de octubre de 2012, de la Oficina Española de Patentes y Marcas, por la que se convoca el examen de aptitud acreditativo de los conocimientos necesarios para la actividad profesional de Agente de la Propiedad Industrial y el examen de aptitud acreditativo del conocimiento del Derecho español para el reconocimiento de la cualificación profesional para el ejercicio en España de la actividad de Agente de la Propiedad Industrial a ciudadanos de la Unión Europea o de Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo.
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta resolución en el «BOE».[Núm. 280 Miércoles 21 de noviembre de 2012] {del 22 de noviembrea al 21 de diciembre de 2012, a.i.}   www.oepm.es

subvenciones para formación e investigación para el año 2013. Centro de Investigaciones Sociológicas -CIS-

Objeto. La presente Resolución tiene por objeto convocar, en régimen de concurrencia competitiva, y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, cinco ayudas para la explotación del Banco de Datos del CIS, y dos ayudas para la finalización de tesis doctorales en ciencia política o sociología, en materias de interés para el Organismo. De las cinco ayudas para la explotación del Banco de Datos del CIS, dos serán para investigadores individuales y tres para equipos de investigación.
Dotación de las ayudas. 1. La dotación económica para cada modalidad de subvención y con carácter individual será la siguiente:
a) En las ayudas individuales para la explotación del Banco de Datos del CIS la cuantía de cada una será de 6.000 euros.
b) En las ayudas a un equipo investigador para la explotación del Banco de Datos del CIS la cuantía de cada una será de 10.000 euros.
c) En las ayudas para la finalización de tesis doctorales la cuantía será de 5.000 euros cada una.
Requisitos de los beneficiarios. 1. Podrán ser beneficiarios de las ayudas previstas en la presente convocatoria todas aquellas personas de nacionalidad española. También podrán ser beneficiarios de estas ayudas los ciudadanos de algún Estado miembro de la Unión Europea o de terceros países que desarrollen su labor investigadora en España. En todos los casos deberán encontrarse, en el plazo de presentación de las solicitudes, en las condiciones que exige esta convocatoria para acceder a la subvención.
2. En relación con la titulación académica exigida para concurrir a las distintas ayudas previstas, ésta se refiere a un título oficial español u otro equivalente expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior. Asimismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, previa homologación de sus títulos o reconocimiento del grado académico. ...
5. Los beneficiarios individuales de las ayudas para la explotación del Banco de Datos del CIS deberán acreditar que han superado el Diploma de Estudios Avanzados (Suficiencia investigadora) o equivalente.
6. Los investigadores principales de equipos de investigación beneficiarios de las ayudas para la explotación del Banco de Datos del CIS deberán estar en posesión del título de doctor en alguna disciplina o área de las ciencias sociales.
7. Los beneficiarios de las ayudas para la finalización de tesis doctorales deberán acreditar que han superado el Diploma de Estudios Avanzados (Suficiencia investigadora) o equivalente, y justificar que se está en la fase de finalización de la tesis doctoral en ciencia política o sociología.
Duración de las ayudas. El disfrute de las ayudas concluirá el día 31 de diciembre de 2013.
Formalización de solicitudes. 1. Las solicitudes se formalizarán en los modelos que figuran como anexo I o anexo II, según se trate de solicitudes individuales o de equipos de investigación, se dirigirán al Presidente del Centro de Investigaciones Sociológicas y podrán presentarse en el Registro General del Centro de Investigaciones Sociológicas (calle Montalbán, n.º 8, 3.ª planta, 28014. Madrid), en horario de lunes a viernes, entre las 9:00 y las 14:00 horas) o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Asimismo, los interesados, siempre que posean un certificado de firma electrónica válida, podrán presentar las solicitudes a través de la Sede Electrónica del Centro de Investigaciones Sociológicas, https://sedempr.gob.es/cis, utilizando para ello la aplicación informática disponible a este efecto dentro de la Sede Electrónica del Ministerio de la Presidencia –en la página web www.mpr.es–, de acuerdo con lo establecido en la Orden PRE/1009/2010, de 23 de abril, por la que se regula el Registro Electrónico del Ministerio de la Presidencia. Para que se considere que la solicitud ha sido recibida en tiempo y forma será necesario contar con resguardo acreditativo de la presentación emitido por el Registro Electrónico.
El Centro de Investigaciones Sociológicas facilitará información sobre la convocatoria en el Departamento de Publicaciones y Fomento de la Investigación, en los teléfonos 91 580 76 96/91 580 76 15, por correo electrónico: fomento_investigacion@cis.es y a través de la página web: www.cis.es, donde también se expondrán las bases de la convocatoria, el modelo de solicitud, la Resolución provisional de adjudicación así como la definitiva.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será de 20 días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».[Núm. 281 Jueves 22 de noviembre de 2012] {del 23 de noviembre al 12 de diciembre de 2012, a.i.}

ayudas para participar en el Programa de Cooperación Territorial «Escuelas viajeras» durante el periodo de primavera 2013.

1. Se convocan en régimen de concurrencia competitiva, para la etapa de primavera del curso 2012-2013, ayudas para 186 grupos de 12 a 15 alumnos y un profesor de centros españoles ordinarios del territorio nacional que cursen 5º y 6º de Educación Primaria, para el desarrollo de la actividad de Escuelas Viajeras, ...
2. Para la participación en este programa, se concederán dos tipos de ayuda:
2.1 Ayudas para sufragar los gastos de alojamiento, manutención y desarrollo de la actividad de los grupos participantes, ...
2.2 Ayudas para el desplazamiento y preparación de la actividad ...
5. La distribución territorial de las ayudas se detalla en el anexo I de la presente Resolución.
6. Las Escuelas Viajeras convocadas por esta Resolución se llevarán a cabo del 4 de marzo al 23 de junio de 2013.
7. La incorporación de los grupos a la cabecera de ruta se realizará siguiendo las instrucciones de los coordinadores de ruta, y ateniéndose al día fijado en la misma. En cualquier caso, la duración de la actividad, incluyendo los días de viaje (ida y vuelta), será de cinco días.
Segundo. El catálogo de rutas para la primavera del año 2013 será el que se indica en el anexo II de la presente Resolución.
Tercero. En el anexo III figura la distribución de los 186 grupos, tanto por comunidad autónoma o ciudad autónoma de procedencia, como por la ruta en la que van a participar.
Cuarto. 1. El alumnado que desee participar, deberá solicitarlo a través de la Dirección de su centro, formando un grupo de 12 a 15 alumnos con un profesor que deberá ser el tutor, o en su caso, un profesor de los que habitualmente les imparte clase, que se responsabilizará a todos los efectos de la adecuada participación del grupo en la actividad.
2. El profesor acompañante será el responsable de la elaboración de un proyecto de participación de acuerdo con las orientaciones generales que figuran como anexo IV y en el que se recogerá:
a) Conocimientos que van a adquirir los alumnos mediante el trabajo previo en el centro y durante el desarrollo de la ruta.
b) Actitudes, hábitos y normas de convivencia que se deseen potenciar teniendo en cuenta las características e intereses de los alumnos participantes.
c) Principales capacidades y actitudes que, a través de esta actividad se pueden desarrollar en el grupo participante.
3. La documentación precisa para participar en esta convocatoria estará compuesta por:
– Impreso oficial de la solicitud obtenido a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (https://sede.educacion.gob.es) una vez completados los datos de solicitud y debidamente firmado por la Dirección del centro (solo en los casos incluidos en la letra b del punto 5 del presente apartado).
– Proyecto de participación a la que se refiere el apartado cuarto 2, en soporte electrónico, que se adjuntará a la solicitud siguiendo las instrucciones de la aplicación.
– Aprobación del Consejo Escolar u órgano colegiado que lo sustituya (en el caso de centros privados no concertados cuando lo tengan establecido), o certificado de la Dirección del centro en el que se haga constar que dicha actividad está contemplada en la programación general anual, que igualmente se adjuntará en fichero electrónico.
4. La Dirección del centro recabará y custodiará la autorización del padre, madre o tutor de los alumnos participantes (modelo anexo V). 
5. Cumplimentación y presentación de solicitudes: quienes, reuniendo las condiciones exigidas, deseen acceder a esta convocatoria deberán formular su solicitud mediante el modelo de inscripción que será accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte (https://sede.educacion.gob.es sección «Trámites y Servicios»).
9. El plazo de presentación de solicitudes finalizará el día 29 de noviembre de 2012.
 NO ESTÁ INCLUIDA LA COMUNIDAD VALENCIANA) ... MONEY?

se anuncia la contratación del servicio de ayuda a domicilio, mediante procedimiento abierto con varios criterios de valoración de ofertas. Ajuntament de Xàbia/Jávea

AYUNTAMIENTO DE JÁVEA/XÀBIA
ANUNCIOAcuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 29 de octubre de 2012, por el que se anuncia la contratación del servicio de ayuda a domicilio, mediante procedimiento abierto con varios criterios de valoración de ofertas, conforme al siguiente contenido.
1.- OBJETO DEL CONTRATO: Prestación del servicio de ayuda a domicilio.
2.- DURACIÓN DEL CONTRATO: Un año prorrogable otro más.
3.- TIPO DE LICITACIÓN: 169.896 Euros/año, IVA incluido (a razón de 16,64 Euros/hora), según el siguiente desglose: Base Imponible: 163.361,53 Euros/año, IVA del 4%: 6.534,47 Euros/año.
4.- FINANCIACIÓN: Con cargo a la partida 231.227.06, rc. referencia 22012001290 del presupuesto municipal vigente para la anualidad 2012, comprometiéndose a consignar cantidad suficiente en el presupuesto ordinario correspondiente, para la completa financiación del contrato, al ser su duración de un año prorrogable un año más.
5.- PUBLICIDAD DE PLIEGOS: En el Departamento de Contratación del Ayuntamiento (Plaza Iglesia, nº 4, 03730 Xàbia, Alicante), todos los días hábiles de 9 a 14 horas, excepto Sábados, y en el perfil del contratante del Ayuntamiento de Xàbia, página de Internet www.ajxabia.com, apartado el Ayuntamiento, perfil del contratante).
6.- GARANTÍA PROVISIONAL: Por importe de 4.900,85 Euros, equivalente al 3% del presupuesto del contrato, excluido IVA.
7.- GARANTÍA DEFINITIVA: 5% del presupuesto de adjudicación del contrato, excluido IVA.
8.- SOLVENCIA DEL CONTRATISTA: Mediante la presentación de los documentos indicados en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
9.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: En el departamento de Contratación, durante los 15 días naturales siguientes a la publicación del anuncio de licitación en el BOP. [butlletí oficial de la província - alacant, 19 novembre 2012 - n.º 220] {del 20 de noviembre al 4 de diciembre de 2012, a.i.}
10.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES: En el Ayuntamiento, en acto público, en la fecha que se dará a conocer a las empresas licitadoras.
11.- CRITERIOS BASE PARA LA SELECCIÓN:
- Vehículos propios para desplazamientos: hasta 10 puntos.
- Compromiso formación personal del SAD: hasta 10 puntos.
- Bolsa trabajo activa: hasta 10 puntos.
- Propuestas mejoras del servicio: hasta 10 puntos.
- Contratos no en prácticas de los trabajadores del SAD: hasta 5 puntos.
- Presencia física de la empresa en el municipio: hasta 15 puntos.
- Bajo precio de licitación: hasta 40 puntos.
12.- MODELO DE PROPOSICIÓN:
El recogido en Anexo I al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.