BDNS(Identif.): 401335.
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios.
a) Organismos públicos de investigación definidos
en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación.
b) Universidades públicas e institutos
universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de
21 de diciembre, de Universidades, inscritas en el Registro de
Universidades, Centros y Títulos, creado por el Real Decreto 1509/2008,
de 12 de septiembre, por el que se regula el Registro de Universidades,
Centros y Títulos.
c) Otros centros públicos de I+D: Organismos
públicos y centros con personalidad jurídica propia dependientes o
vinculados a la Administración General del Estado, y los dependientes o
vinculados a las administraciones públicas territoriales y sus
organismos o participados mayoritariamente por el sector público,
cualquiera que sea su forma jurídica.
Las entidades beneficiarias, con independencia de
su naturaleza jurídica, deberán formar parte del sector público
institucional y estar inscritas en el Inventario de Entidades del Sector
Público Estatal, Autonómico y Local, de conformidad con lo dispuesto en
el título II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. Adicionalmente, deberán cumplir las condiciones
recogidas en el artículo 2.a) de las bases reguladoras y los requisitos
específicos establecidos en la resolución de convocatoria.
Segundo. Objeto. El objeto de la convocatoria es fortalecer las
capacidades científico-técnicas de los grupos de investigación, mediante
la adquisición, mejora o actualización del equipamiento
científico-tecnológico necesario que facilite una investigación
científico-técnica de calidad e impulse su liderazgo internacional en la
generación de conocimiento de frontera, el desarrollo de tecnologías
emergentes y la generación de conocimientos prioritarios y orientados a
la resolución de las necesidades presentes y futuras de nuestra
sociedad, así como para el propio funcionamiento de las infraestructuras
de investigación existentes. En particular, la finalidad preferente de
la convocatoria es la financiación de equipamiento para uso compartido
de varios grupos de investigación y proyectos.
Adicionalmente, se pretende fomentar la
programación conjunta con comunidades autónomas, facilitando que
aquellas solicitudes que, habiendo obtenido una evaluación favorable en
esta convocatoria, no hubieran sido financiadas, puedan recibir
financiación en convocatorias análogas de las comunidades autónomas.
Estas actuaciones de programación conjunta se articularán, en su caso,
mediante convenios con las comunidades autónomas.
Tercero. Bases reguladoras. Orden ECC/2193/2013, de 18 de noviembre, por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas
públicas a la ciencia y tecnología dentro del Subprograma Estatal de
Infraestructuras Científicas y Técnicas y de Equipamiento, en el marco
del Programa Estatal de Fomento de la Investigación Científica y Técnica
de Excelencia del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y
de Innovación 2013-2016, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo
del Consejo de Ministros, en su reunión de 29 de diciembre de 2017, por
el que se aprobó el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica e
Innovación 2017-2020.
Cuarto. Cuantía. La cuantía máxima destinada a financiar esta
convocatoria es 187 millones de euros, que se distribuyen conforme a la
siguiente estimación: 27 millones de euros en subvención y 160 millones
de euros en anticipo reembolsable FEDER y préstamo, que se imputará a
las aplicaciones presupuestarias 27.402.463B.740, 750 y 760, y
27.12.463B.823, correspondientes de los Presupuestos Generales del
Estado para 2018.
Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes. Las solicitudes de participación serán
presentadas por los candidatos, de conformidad con el procedimiento que
se describe en el artículo 15 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y presentación telemática de
la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios
electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica de la
Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación.
El plazo de presentación de las solicitudes de
participación será del 07 de junio de 2018 a las 00:00 (hora peninsular
española) al 26 de junio de 2018 a las 15:00 horas (hora peninsular
española).
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