miércoles, 10 de julio de 2019

73 plazas Escala Administrativa (C1), 10 plazas Escala Auxiliar Administrativa (C2), y 10 plazas Escala Auxiliar de Servicios (AP). Universidad Pompeu Fabra

Personal de administración y servicios 
ANEXO 1
Bases de la convocatoria P01/2019
1. Normas generales. 1.1 Se convoca el proceso selectivo para acceder a la escala administrativa de la Universitat Pompeu Fabra de funcionarios del grupo de clasificación profesional C, subgrupo C1.
1.2 El número total de plazas vacantes objeto de esta convocatoria es de 73 del turno libre.
1.3Se reservan cinco plazas para las personas aspirantes que acrediten la condición legal de discapacidades.
3. Requisitos de las personas candidatas. 3.1 Requisitos generales:
Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes tienen que poseer los requisitos siguientes:
a) Tener la nacionalidad española o la de cualquiera de los otros estados miembros de la Unión Europea o de los estados a los cuales, en virtud de tratados internacionales subscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores.
También pueden ser admitidos el cónyuge, los descendientes y los descendientes del cónyuge, tanto de los ciudadanos españoles como de los nacionales de los otros estados miembros de la Unión Europea o de los estados a los cuales, en virtud de tratados internacionales subscritos por la Unión Europea y ratificados por España, les sea aplicable la libre circulación de trabajadores, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que los cónyuges no estén separados de derecho y, en cuanto a los descendientes, sean menores de veintiún años o mayores de esta edad dependientes.
b) Haber cumplido 16 años y no superar la edad ordinaria establecida para la jubilación de funcionarios.
c) Estar en posesión de la titulación de bachillerato o técnico, o equivaliendo, o cualquier otra titulación de nivel superior o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes. Si se trata de un título obtenido al extranjero, se debe que disponer de la homologación correspondiente.
d) Poseer la capacidad física y psíquica para ejercer las funciones propias de las plazas convocadas.
e) No estar separado, por causa de expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública ni encontrarse inhabilitado para ejercer las funciones públicas.
f) Tener los conocimientos de lengua catalana de nivel de suficiencia (C1).
g) Las personas aspirantes que no tengan la nacionalidad española deberán poseer conocimientos de lengua castellana de nivel C2 o equivalente.
Los requisitos indicados anteriormente se tienen que cumplir el último día del plazo de presentación de solicitudes y se tienen que continuar cumpliendo hasta la toma de posesión como funcionarios/arias de carrera.
4. Solicitudes. 4.1 La solicitud para tomar parte a la convocatoria se debe realizar mediante el formulario electrónico al cual se accede desde la web https://www.upf.edu/web/personal/ofertes-pas. Una vez cumplimentado el formulario, se generará una solicitud que llegará a la persona aspirante por correo electrónico.
4.2 La presentación de la solicitud generada se podrá realizar de dos maneras:
– Presencialmente en el registro general de la Universitat Pompeu Fabra, pl. de la Merced, 10-12, 08002 Barcelona, de lunes a viernes, de 9.00 a 14.00 h, o bien por cualquiera de los medios que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
– Electrónicamente mediante el registro electrónico https://seuelectronica.upf.edu/ciutadans o https://seuelectronica.upf.edu/comunitat-universitaria (navegador Explorer) seleccionando el trámite «Presentación de la solicitud de admisión a la convocatoria de selección de personal funcionario». Las instrucciones para realizar el trámite se especifican en el documento «Anexo 2» de estas bases.
La presentación de la solicitud se debe realizar dentro del plazo de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente de la publicación de la convocatoria en el «Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña» o en el «Boletín Oficial del Estado» {del 11 al 30 de julio de 2019, a.i.} siendo la fecha que inicia el plazo la de la última publicación.


ANEXO 1
Bases de la convocatoria P02/2019
1. Normas generales. 1.1 Se convoca el proceso selectivo para acceder a la Escala Auxiliar Administrativa de la Universitat Pompeu Fabra de funcionarios del grupo de clasificación profesional C, subgrupo C2.
1.2 El número total de plazas vacantes objeto de esta convocatoria es de 10 plazas del turno libre.
1.3Se reservan una plaza para los aspirantes que acrediten la condición legal de discapacidad.
3. Requisitos de las personas candidatas. 3.1 Requisitos generales.
Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las personas aspirantes tienen que poseer los requisitos siguientes:
c) Estar en posesión de la titulación de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, o equivalente, o cualquier otra titulación de nivel superior o estar en condiciones de obtenerla en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes. Si se trata de un título obtenido al extranjero, se debe disponer de la homologación correspondiente.


ANEXO 1
Bases de la convocatoria P03/2019
1. Normas generales. 1.1 Se convoca el proceso selectivo para acceder a la escala auxiliar de servicios de la Universitat Pompeu Fabra de funcionarios de agrupaciones profesionales.
1.2 El número total de plazas vacantes objeto de esta convocatoria es de 10 plazas del turno libre.
1.3Se reserva una plaza para las aspirantes que acrediten la condición legal de discapacidad.
3. Requisitos de las personas candidatas. 3.1 Requisitos generales. Para ser admitidas a la realización del proceso selectivo, las persones aspirantes tienen que poseer los requisitos siguientes:
c) En conformidad con la disposición adicional 6.ª del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado público, no se exige ninguno de las titulaciones previstas en el sistema educativo.

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