domingo, 28 de julio de 2019

ayudas para alumnos con necesidad específica de apoyo educativo para el curso académico 2019-2020

BDNS(Identif.):466820
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias).
Primero. Convocatoria Se convocan las siguientes ayudas:
Ayudas directas para los alumnos incluyendo a los afectados por TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad) que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad o trastornos graves de conducta.
Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.
Segundo. Beneficiarios Podrán solicitar las ayudas los alumnos que no superen una determinada renta y/o patrimonio familiar y que presenten necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad o trastornos graves de conducta y que se encuentren cursando en centro específico, en unidad de educación especial de centro ordinario o en centro ordinario que escolarice alumnos que presentan necesidades educativas especiales, alguno de los niveles educativos no universitarios.
Para obtener el subsidio se requerirá ser miembro de familia numerosa.
Tercero. Solicitudes Las solicitudes tanto de ayuda como de subsidio deberán cumplimentarse mediante el formulario accesible por internet en la dirección http://www.educacionyfp.gob.es o a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional en la dirección https://sede.educacion.gob.es.
El plazo de presentación de solicitudes se extenderá hasta el 26 de septiembre de 2019, inclusive.
Cuarto. Componentes de las ayudas y cuantías
Enseñanza: hasta 862,00 euros.
Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
Libros y material didáctico:
Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica, Formación para la transición a la vida adulta y otros programas formativos de formación profesional: hasta 105,00 euros.
Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros.
Reeducación pedagógica o del lenguaje y ayuda asociada a altas capacidades: hasta 913,00 euros para cada una de ellas.
Quinto. Información sobre la tramitación de la ayuda La información sobre el estado de tramitación del procedimiento podrá consultarse a través de la dirección electrónica https://sede.educacion.gob.es. Asimismo, los interesados podrán dirigirse a la unidad de becas de la provincia correspondiente identificándose como interesados en el expediente con el NIF o NIE correspondiente.

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