miércoles, 26 de junio de 2019

Bases: ayudas públicas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i

1. Objeto y ámbito de aplicación. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases de la concesión, seguimiento y justificación de las ayudas para incentivar la formación, la incorporación y el fomento de la movilidad de docentes universitarios, investigadores y profesionales de la investigación en organismos de investigación y de difusión de conocimientos, definidos en el artículo 3 y en el anexo I, en el campo de sus actividades no económicas.
Las actuaciones que se financien al amparo de esta orden se enmarcarán dentro de alguno de los siguientes subprogramas estatales del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020 (en adelante Plan Estatal de I+D+i):
a) Subprograma Estatal de Formación en I+D+i.
b) Subprograma Estatal de Incorporación.
c) Subprograma Estatal de Movilidad.
2. Finalidad de las ayudas. 1. La presente orden persigue las siguientes finalidades:
a) La formación de Profesores universitarios, investigadores, tecnólogos, personal técnico y otros profesionales en I+D+i.
b) La promoción de la incorporación de Profesores universitarios, investigadores, tecnólogos, personal técnico y otros profesionales en I+D+i, facilitando su inserción laboral tanto en el sector público como en el privado para contribuir a incrementar la competitividad de la investigación y la innovación en España. En este ámbito de promoción, se incluye el perfeccionamiento de la formación posdoctoral de jóvenes doctores facilitando el desarrollo de su actividad docente investigadora, con carácter temporal, en Universidades, centros públicos o centros de I+D+i empresariales de reconocido prestigio diferentes de aquellos en los que han venido desarrollando su actividad.
c) El fomento de la movilidad de Profesores universitarios, investigadores, tecnólogos y personal técnico, tanto dentro del sector público como entre éste y el sector empresarial, así como la movilidad internacional. En el ámbito de la formación universitaria se persigue además fomentar la cooperación bilateral internacional mediante acuerdos o Convenios con instituciones de otros países, dirigida a Profesores y Graduados universitarios que participen en proyectos conjuntos de docencia e investigación de posgrado, como instrumento de intercambio de conocimientos y métodos que impulsen la mejora del sistema universitario.
2. Las actuaciones objeto de ayuda deberán cumplir con los criterios y procedimientos de selección de operaciones previstos en la normativa comunitaria reguladora de los Fondos Estructurales y de Inversión Europeos (en adelante Fondos EIE), en el caso de que estén cofinanciadas por dichos fondos. Dichos criterios y procedimientos de selección de operaciones deberán recogerse, de forma explícita, en las convocatorias dictadas al amparo de esta orden.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia