viernes, 21 de junio de 2019

bolsa de empleo temporal de monitores deportivos, . Ayuntamiento de Miramar (La Safor-València)

Resultado de imagen de miramar comarcaAnuncio del Ayuntamiento de Miramar sobre convocatoria de concurso-oposición para la constitución de una bolsa de empleo temporal de monitores deportivos, de naturaleza laboral, para atender necesidades temporales o urgentes.
ANUNCIO
Mediante resolución de Alcaldía número 2019-0437 de 10 de junio de 2.019, se convoca proceso selectivo, por el sistema de concurso-oposición, para la constitución de una bolsa de empleo temporal para personal laboral, con sujeción a las siguientes:
BASES REGULADORAS DE UNA BOLSA DE EMPLEO TEMPORAL DE MONITORES DEPORTIVOS, PARA SELECCIONAR A CANDIDATOS POR EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICION, CON LOS QUE CUBRIR PUESTOS DE NATURALEZA LABORAL POR RAZON DE NECESIDADES TEMPORALES O URGENTES:
PRIMERA. - OBJETO El objeto de las presentes bases es la de regular las condiciones que van a regir en la constitución de una bolsa de empleo temporal para satisfacer las necesidades de contratación temporal o urgente para varios puestos de trabajo de naturaleza laboral del Ayuntamiento de Miramar, por sistema de concurso-oposición, para la prestación de servicios como monitor deportivo en alguna o algunas de las siguientes modalidades deportivas en el «Centre Esportiu El Molí» de Miramar.
Las modalidades deportivas para las que se puede postular como monitor es alguna/s de las siguientes:
1. Monitor de actividades dirigidas:
a. Pilates.
b. Zumba.
c. Yoga.
d. Ejercicios cardio-vasculares.
e. Tonificación Muscular.
f. Otros.

2. Monitor de actividades acuáticas en piscina (natación, aquagim, etc.)
3. Monitor de tenis/pádel.
4. Otros (baile, danza, etc.)
SEGUNDA. - CONTRATO LABORAL La modalidad de los contratos de trabajo que se ofertarán en desarrollo de la bolsa serán las de carácter temporal que se prevean en la legislación vigente. Los grupos profesionales y conceptos salariales serán como mínimo los establecidos en el <> en vigor.
Se contempla también la retribución a monitores de actividades dirigidas de la productividad, en cuanto superen los 10 usuarios por sesión dirigida. La productividad se calculará según la media mensual y se retribuirá con un plus salarial.
TERCERA. - REQUISITOS PARA SER SELECCIONADO Y CONTRATADO Los requisitos para participar en el proceso selectivo que deberán reunirse el último día del plazo de presentación de solicitudes y continuar poseyéndolos en el momento de la celebración del contrato de trabajo y durante todo el tiempo de duración del mismo, son los siguientes:
a. Ser mayor de 16 años y no haber alcanzado la edad de jubilación.
b. Poseer la nacionalidad española, nacional de un Estado miembro de la Unión Europea y en el supuesto de personas extranjeras no comunitarias, tener permiso de trabajo y permiso de residencia legal en España, en los términos establecidos en el art. 57 del EBEP y L.O. de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
c. Estar en posesión de la titulación requerida o título homologado equivalente en el supuesto de nacional de Estado miembro de la Unión Europea o en condiciones de obtener el título académico cuando se han abonado por derechos por su expedición. Las titulaciones mínimas que dan acceso a este proceso de selección son las de Enseñanza Secundaria Obligatoria (ESO) o equivalente.
d. Poseer capacidad funcional para el desempeño de las funciones correspondientes a las plazas convocadas.
e. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario o despido del mismo carácter del servicio al Estado, a las Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales.
f. No estar incurso/a en causa de incapacidad específica conforme a la normativa vigente.
g. Hallarse en posesión, según especialidad a la que se opte, de la titulación, certificado o diploma federativo correspondiente.
CUARTA. € PRESENTACION DE SOLICITUDES Las instancias, debidamente cumplimentadas y firmadas deberán ser presentadas, de forma presencial o electrónica, en el Registro del Ayuntamiento de Miramar en el plazo de diez días naturales a contar desde el siguiente a su publicación en el BOP de Valencia.  {del 21 de junio al1 de julio de 2019, a.i.}

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