viernes, 22 de noviembre de 2019

1 plaza de Especialista Técnico de Comunicación (Subgrupo C1), de la Universidad Miguel Hernández de Elche

Primera. Normas generales. 1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir una plaza vacante, de la Escala Técnica Básica de Comunicación, con denominación Especialista Técnico de Comunicación, grupo C, subgrupo C1, por el sistema general de turno libre.   ...
Segunda. Requisitos de los aspirantes. 2.1 Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los requisitos siguientes:
2.1.1 Tener la nacionalidad española o alguna otra que, conforme a lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 10/2010, de la Generalitat, de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana, permita el acceso al empleo público.
2.1.2 Haber cumplido los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa o de aquella otra que pueda establecerse por ley.
2.1.3 Estar en posesión del título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o su equivalente, o cumplir los requisitos para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.
2.1.4 Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas.
2.1.5 No haber sido separada o separado, o haberse revocado su nombramiento como personal funcionario interino, con carácter firme mediante procedimiento disciplinario de ninguna administración pública u órgano constitucional o estatutario, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de cualesquiera funciones públicas o de aquellas propias del cuerpo, agrupación profesional o escala objeto de la convocatoria. En el caso del personal laboral, no hallarse inhabilitado por sentencia firme o como consecuencia de haber sido despedido disciplinariamente de forma procedente, para ejercer funciones similares a las propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder. Tratándose de personas nacionales de otros Estados, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en los mismos términos en su Estado el acceso al empleo público.
2.1.6 Haber abonado la tasa por derechos de examen a que se refiere la base 3.2, salvo encontrarse en alguno de los supuestos de exención de la misma, conforme a la base 3.4.
2.2 Todos los requisitos enumerados en la base 2.1, deberán cumplirse en el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.
2.3 El mes de agosto es inhábil a efectos del cómputo de plazos en este procedimiento administrativo de gestión propia, en el cual la resolución corresponde a la Universidad, en virtud del artículo 2 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre de Universidades.
Tercera. Solicitudes. 3.1 Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas, deberán completar el formulario que encontrarán en la página web del Servicio de Personal de Administración y Servicios http://serviciopas.umh.es y seguir las instrucciones para obtener la solicitud de participación. Una vez finalizada dicha solicitud, deberá imprimirse la misma y presentarla en los términos descritos en el siguiente párrafo.
La cumplimentación de dicho formulario sin su presentación en la Universidad, en los términos descritos a continuación, carece de eficacia a todos los efectos.
La solicitud de participación se dirigirá al Rector de la Universidad Miguel Hernández de Elche y se presentará en el Registro General de la Universidad o en los Registros Auxiliares de los Centros de Gestión de Campus, en el plazo de 20 días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» {del 23 de noviembre al 23 de diciembre de 2019, a.i.}. Se podrán emplear los cauces establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en virtud de lo dispuesto en la disposición derogatoria única, apartado 2, último párrafo de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia