lunes, 18 de noviembre de 2019

2 becas de formación en Comunicación Audiovisual. Anualidad 2020. Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):482004
Extracto del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, adoptado en sesión ordinaria celebrada el día 23 de octubre de 2019, en virtud de las facultades que le fueron delegadas por Resolución el Ilmo. Sr. Presidente núm. 2.946, de 24 de julio de 2019 (BOP núm. 145, de fecha 1 de agosto de 2019), por el que se aprueban las Bases y Convocatoria pública anticipada para la concesión de dos becas de formación en Comunicación Audiovisual. Anualidad 2020.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la sede electrónica de la página web de la Diputación de Alicante (www.diputacionalicante.es):
Primero. Beneficiarios:
Podrán optar a la beca las personas que reúnan los siguientes requisitos en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes:
Tener nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, y residir en la provincia de Alicante con anterioridad a la fecha de publicación de las Bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
Estar en posesión de los siguientes títulos: Grado o Licenciatura en Comunicación Audiovisual, o titulaciones equivalentes.
No haber transcurrido, en ningún caso, más de 5 años desde la obtención de la titulación exigida hasta la fecha de la convocatoria, lo que supone haber finalizado los estudios requeridos con posterioridad al 31 de diciembre de 2014. 
No haber disfrutado con anterioridad de la misma modalidad de beca que se solicita concedida por la Excma. Diputación Provincial de Alicante. Esta condición no se aplicará a aquellos becarios, suplentes de anualidades anteriores, que podrán concurrir a la presente convocatoria, que reúnan los requisitos, siempre que el periodo de la beca disfrutado sea inferior a un semestre.
Encontrarse al corriente de sus obligaciones devengadas con anterioridad a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOP, respecto de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.
Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Segundo. Finalidad:
Constituye el objeto de la Convocatoria Anticipada la concesión de dos becas de formación en Comunicación Audiovisual, en las que se desarrollarán prácticas formativas relacionadas con la grabación y seguimiento institucional, documentales, spots promocionales y cualquier otro tipo de práctica relacionada con las nuevas tecnologías audiovisuales en el Departamento de Imagen y Promoción Institucional de la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
Tercero. Bases Reguladoras y modelo de instancia:
Las Bases de la Convocatoria anticipada para la concesión de dos becas de formación en Comunicación Audiovisual, anualidad 2020, y modelo de instancia, publicadas en la sede electrónica de la página web de la Diputación de Alicante (www.diputacionalicante.es), tablón de edictos de la Diputación de Alicante y Boletín Oficial de la Provincia de Alicante.
Cuarto. Importe:
La cuantía máxima de cada una de las becas concedidas será de 800 € brutos mensuales, incluyéndose en los mismos el importe total de los gastos de seguridad social que se derivan de la aplicación del real decreto 1493/2011, de 24 de Octubre, así como la retención de IRPF que corresponda.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 219 de 18/11/2019] {del 19 de noviembre al 10 de diciembre de 2019, a.i.}, por conducto de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans), una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación. Si el último día fuese inhábil, se entenderá que el plazo expira el primer día hábil siguiente. 
Los aspirantes, junto a la solicitud, presentarán relación detallada de los méritos que quieran alegar, según el modelo que acompaña a la solicitud (anexo: relación de méritos), así como la documentación relacionada en la Base 7.3 de la Convocatoria.

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