jueves, 18 de agosto de 2011

Ajuntament de Dénia: Subvenciones a ONGD para Cooperación Internacional al Desarrollo; y Área de Bienestar Social.

AYUNTAMIENTO DÉNIA.
-CONVOCATORIA PARA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A ONGD PARA FINANCIAR PROYECTOS DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL AL DESARROLLO. AÑO 2011. página 12
-CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS Y ACTUACIONES EN EL ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL PARA EL EJERCICIO 2011 página 17
Convocatoria de subvenciones a proyectos de cooperación internacional al desarrollo, cuyas Bases se desarrollan a continuación.
PRIMERA.- OBJETO Y CUANTIA.- Convocar para el año 2011 ayudas económicas destinadas a la financiación de proyectos de cooperación al desarrollo y fomentar la realización de proyectos de cooperación internacional que permitan promover en los países empobrecidos del mundo la mejora de las condiciones de vida de la población en general y de los sectores con mayores necesidades en particular, a través de la movilización de sus propios recursos y apoyar la iniciativa y la participación de las ONGDs.
Estas ayudas se abonarán con cargo a la partida presupuestaria 231 48900, «Transferencias a entidades sin fines de lucro», por un importe global de 13.600€.
CUARTA.- PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN. La presentación de solicitudes se hará mediante instancia conforme al modelo especificado en el ANEXO I y, en su caso, ANEXO II, dirigida a la Sra. Alcaldesa del Ayuntamiento de Dénia, por quién tenga la representación legal de la entidad solicitante, en el Registro General del Ayuntamiento o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el articulo 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de treinta días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación de esta Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 19 de agosto al 17 de septiembre de 2011, a.i.}
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BASES QUE HAN DE REGIR EN LA CONVOCATORIA PÚBLICA DE SUBVENCIONES PARA PROGRAMAS Y ACTUACIONES EN EL ÁREA DE BIENESTAR SOCIAL PARA EL EJERCICIO 2011 DIRIGIDAS A ASOCIACIONES Y ENTIDADES SIN ANIMO DE LUCRO DEL MUNICIPIO (Dénia).
PRIMERA.- OBJETO Y CUANTIA. Es objeto de las presentes bases el regular el régimen de subvenciones en el Área de Bienestar Social a Asociaciones y Entidades sin animo de lucro, radicadas en Dénia, que desarrollen proyectos de bienestar social en el municipio mediante la prestación de actividades de carácter preventivo, asistencial, rehabilitador y de igualdad de oportunidades, en cualquiera de sus ámbitos de actuación: personas mayores, discapacitados, mujer, drogodependientes, infancia, familia, minorías étnicas, inmigrantes, personas sin hogar o en riesgo de exclusión social y otros colectivos en situación de desigualdad social.
La cuantía de la presente convocatoria asciende a 57.000 € con cargo a la partida presupuestaria 231 48900 denominada «Transferencias a entidades sin fin de lucro»
SEGUNDA.- FINALIDAD. La presente convocatoria tiene como finalidad contribuir a la financiación de gastos de las entidades que operan en el ámbito de la acción social.
Las subvenciones serán destinadas a financiar los gastos derivados de:
Concepto I.- Funcionamiento y mantenimiento de la entidad.
Concepto II.- Diseño, desarrollo y ejecución de programas y proyectos sociales propios de la entidad.
Sólo se podrá solicitar subvención para uno de los dos conceptos indicados.
CUARTA.- SOLICITUDES, DOCUMENTACIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN. Las asociaciones y entidades interesadas podrán dirigir sus peticiones a la Ilma. Señora Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Dénia, a través del Registro General Municipal o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 4/1999, de13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante la presentación de las solicitudes de subvención firmadas por el presidente de la entidad (ANEXO I) y, en su caso, ANEXO II.
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El plazo para solicitar las subvenciones será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia.
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