viernes, 9 de marzo de 2018

162 plazas de Policía Local correspondientes a los Ayuntamientos de Artà (tres), Bunyola (tres), Calvià (cincuenta y una), Capdepera (nueve) y Palma (noventa y seis), Subgrupo C1 de la categoría de Policía Local, concurso oposición, en turno libre. Escuela Balear de Administración Pública

En el «Boletín Oficial de las Illes Balears» número 14, de 30 de enero de 2018 se ha publicado íntegramente la Resolución de la presidenta de la Escuela Balear de Administración Pública de 26 de enero de 2018 por la que se aprueban la convocatoria, las bases, los temarios, los ejercicios y el baremo de méritos y se designa el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas del proceso especial unificado para cubrir las plazas de la categoría de policía de los ayuntamientos de Artà, Bunyola, Calvià, Capdepera y Palma.
En el marco de la anterior resolución, se convocan:
Ciento sesenta y dos plazas de Policía Local correspondientes a los Ayuntamientos de Artà (tres), Bunyola (tres), Calvià (cincuenta y una), Capdepera (nueve) y Palma (noventa y seis), pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales, Grupo C, Subgrupo C1 de la categoría de Policía Local, mediante el sistema de concurso oposición, en turno libre.
Los sucesivos anuncios referentes a esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se harán públicos en el tablón de anuncios de la Escuela Balear de Administración Pública, así como en las páginas web (http://oposicionsPL2018.caib.es) y de los respectivos ayuntamientos.
Contra la mencionada convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición contra el órgano delegante en el registro de la EBAP en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa-Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución, de acuerdo con los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia