
BDNS(Identif.):390986
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3b y 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
Primero. Beneficiarios:
Entidades, organizaciones no gubernamentales,
organismos internacionales y entidades de naturaleza análoga que reúnan
los siguientes requisitos:
o Tener como fines institucionales primordiales
la realización de actividades a favor de los colectivos de inmigrantes,
solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y
protección temporal.
o Carecer de fines de lucro.
o Tener ámbito de actuación estatal, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.
o Estar legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.
o Disponer de la estructura y capacidad
suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando
la experiencia operativa necesaria.
o No haber reintegrado más del 40 por ciento de
las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco
convocatorias.
Segundo. Objeto:
El objeto de estas subvenciones será la
realización de proyectos que faciliten a las personas nacionales de
terceros países en situación de vulnerabilidad social y económica, la
posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de
procedencia para favorecer su reintegración, viable y sostenible.
Existen dos tipos de proyectos distintos, cofinanciados por el Fondo de
Asilo, Migración e Integración, en las condiciones y con los requisitos
que se recogen en la Resolución de Convocatoria.
o Proyecto de retorno voluntario asistido y
reintegración: tiene como principal objetivo facilitar, a personas
nacionales de terceros países en situación de especial vulnerabilidad,
la posibilidad de retornar voluntariamente desde España a sus países de
procedencia a través de itinerarios individualizados de retorno y
reintegración.
o Proyecto de retorno voluntario productivo:
tiene como principal objetivo facilitar a personas nacionales de
terceros países el retorno voluntario a sus países de procedencia y la
reintegración sostenible en éstos, a través de itinerarios
individualizados de retorno y reintegración que incluyan el apoyo a las
habilidades emprendedoras, por medio de actividades de formación en
autoempleo y gestión empresarial, así como asistencia técnica y
seguimiento de la puesta en marcha de iniciativas empresariales
asociadas al retorno, y teniendo en cuenta su vulnerabilidad como
criterio prioritario de selección.
Tercero. Bases Reguladoras:
Orden ESS/1423/2012, de 29 de junio, modificada
por Orden ESS/109/2017, de 10 de febrero, que establece las bases
reguladoras para la concesión de subvenciones del Ministerio de Empleo y
Seguridad Social en el área de la integración de los inmigrantes,
solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y
protección temporal.
Cuarto. Cuantía:
Las subvenciones a otorgar para los proyectos
objeto de la presente convocatoria tendrán una cuantía máxima a otorgar
de 400.000 euros, que podrán ser cofinanciados por el Fondo de Asilo,
Migración e Integración hasta en un 90%.
Sin perjuicio de lo anterior, se establece una
cuantía adicional de 2.600.000 euros, que se prevé en concepto de
financiación suplementaria derivada, en su caso, de una incorporación o
generación de crédito. La efectividad de esta cuantía adicional estará
condicionada a la obtención de la financiación añadida, que será
publicada antes de la resolución de concesión.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
Las solicitudes para participar en la presente
convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales
contados a partir del día siguiente al de la publicación de este
extracto en el Boletín Oficial del Estado.{del 27 de marzo al 15 de abril de 2018, a.i.}
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