lunes, 27 de agosto de 2018

6 plazas de Auxiliar de Enfermería (C2). Bases. Ajuntament de Dènia.

Expediente nº: 2018/9840 (1J41/2018/3 )
Procedimiento: 0123 Selecció de funcionaris de carrera
BASES ESPECÍFICAS QUE HAN DE REGIR LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA COBERTURA COMO FUNCIONARIO/A DE CARRERA DE SEIS PLAZAS DE AUXLIAR ENFERMERIA, POR TURNO LIBRE Y UNA PLAZA DE AUXILIAR DE ENFERMERIA POR PROMOCIÓN INTERNA VACANTES EN PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO DE DÉNIA, MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN.
BASE PRIMERA. - OBJETO. Es objeto de la presente convocatoria la cobertura mediante el sistema de CONCURSO-OPOSICIÓN, de SEIS PLAZAS DE AUXILIAR DE ENFERMERIA, por TURNO LIBRE y UNA PLAZA DE AUXILIAR DE ENFERMERIA por PROMOCIÓN INTERNA de la plantilla de este Ayuntamiento, correspondiente a la Oferta Pública de Empleo del año 2017, para la provisión como funcionario/a de carrera de siete puestos vacantes de naturaleza funcionarial de AUXILIAR DE ENFERMERÍA.
ESCALA: ADMINISTRACIÓN ESPECIAL
SUBESCALA: SERVICIOS ESPECIALES
CLASE: COMETIDOS ESPECIALES
CATEGORIA: AUXILIAR
Estas plazas están dotadas de las retribuciones correspondientes al Subgrupo de clasificación “C2” del art. 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y demás que correspondan de conformidad con la normativa vigente.
BASE SEGUNDA. - REQUISITOS DE LOS/AS ASPIRANTES. Para ser admitido/a en el proceso selectivo, los/as aspirantes además de los requisitos que se indican en las bases genéricas, deberán reunir los siguientes:
En TURNO LIBRE:
a. Tener la nacionalidad española, o nacionalidad de uno de los restantes estados miembros de la Unión Europea o de aquellos estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos previstos en la ley estatal que regule esta materia, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 57 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b. Haber cumplido los dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa para el acceso al empleo público.
c. Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas. El Ayuntamiento de Dénia se reserva el derecho a someter a los/as aspirantes a cuantas pruebas considere pertinentes para evaluar el cumplimiento de este requisito.
d. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e. Poseer el carnet de manipulador de alimentos.
f. Estar en posesión del TÍTULO DE AUXILIAR DE ENFERMERIA (FP1) O DE TÉCNICO EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERIA (GRADO MEDIO) o cumplidas las condiciones para su obtención en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación.
La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica competente. Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación u homologación.
...
La titulación se acreditará mediante la expedición de los títulos correspondientes por la autoridad académica competente. Los/as aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación u homologación
Todos los requisitos deberán cumplirse el último día de plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo, en este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas, debiéndose aportar todos los requisitos que determinen las bases.
BASE TERCERA. - PRESENTACIÓN DE LAS INSTANCIAS. Quienes, reuniendo los requisitos exigidos de la Base Segunda, deseen formar parte de este proceso selectivo deberán solicitarlo a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación, a través del modelo normalizado de instancia, pudiendo obtenerse el mismo, a través de la página web del Ayuntamiento de Dénia (www.denia.es), que deberá presentarse por Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Dénia o sede electrónica municipal o cualquiera de los lugares a que se refiere el art. 16 de Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo Común de Administraciones públicas, durante el plazo de 20 días naturales, a partir del siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia