MINISTERIO DE SANIDAD Y CONSUMO
Resolución de 21 de enero de 2009, del Instituto Nacional del Consumo, por la que se convocan subvenciones para el fomento de actividades de las Juntas Arbitrales de Consumo para el ejercicio 2009.
Resolución de 21 de enero de 2009, del Instituto Nacional del Consumo, por la que se convocan subvenciones para el fomento de actividades de las Juntas Arbitrales de Consumo para el ejercicio 2009.
Objeto.
1. La resolución tramitada anticipadamente conforme a lo previsto en el artículo 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tiene por objeto la convocatoria de subvenciones para el fomento de actividades durante el ejercicio 2009, de las Juntas Arbitrales de Consumo, constituidas por acuerdos suscritos entre el Instituto Nacional del Consumo y las diferentes Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, y que se encuentren actualmente en vigor.
2. La gestión de estas subvenciones se realizará en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, transparencia e igualdad. No obstante, en los términos previstos por el artículo 5 de la Orden de bases reguladoras, el 40 % de los créditos afectados a la concesión de estas ayudas se distribuirán conforme a lo establecido en el párrafo último del artículo 22.1 de la Ley General de Subvenciones.
3. Con el fin de fomentar el desarrollo y desempeño efectivo y eficaz de las actividades de las Juntas Arbitrales de Consumo, potenciando el Sistema Arbitral de Consumo, se financiarán todas aquellas que tengan como fin la gestión y administración del arbitraje de consumo, así como el fomento y desarrollo de esta institución entre empresarios, consumidores o sus asociaciones. Igualmente se podrán financiar los recursos o equipamientos cuya adquisición o contratación redunde en la mejora del funcionamiento de las Juntas Arbitrales de Consumo.
1. La resolución tramitada anticipadamente conforme a lo previsto en el artículo 56 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tiene por objeto la convocatoria de subvenciones para el fomento de actividades durante el ejercicio 2009, de las Juntas Arbitrales de Consumo, constituidas por acuerdos suscritos entre el Instituto Nacional del Consumo y las diferentes Administraciones Públicas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.2 del Real Decreto 636/1993, de 3 de mayo, por el que se regula el Sistema Arbitral de Consumo, y que se encuentren actualmente en vigor.
2. La gestión de estas subvenciones se realizará en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, transparencia e igualdad. No obstante, en los términos previstos por el artículo 5 de la Orden de bases reguladoras, el 40 % de los créditos afectados a la concesión de estas ayudas se distribuirán conforme a lo establecido en el párrafo último del artículo 22.1 de la Ley General de Subvenciones.
3. Con el fin de fomentar el desarrollo y desempeño efectivo y eficaz de las actividades de las Juntas Arbitrales de Consumo, potenciando el Sistema Arbitral de Consumo, se financiarán todas aquellas que tengan como fin la gestión y administración del arbitraje de consumo, así como el fomento y desarrollo de esta institución entre empresarios, consumidores o sus asociaciones. Igualmente se podrán financiar los recursos o equipamientos cuya adquisición o contratación redunde en la mejora del funcionamiento de las Juntas Arbitrales de Consumo.
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