jueves, 10 de enero de 2019

Plan Provincial de Ahorro Energético de 2019, a favor de Ayuntamientos para la redacción de los proyectos incluidos en dicho Plan

Diputació d'Alacant. EXTRACTO DEL ACUERDO DE 13 DE DICIEMBRE DE 2018 DEL PLENO DE LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE, CELEBRADO EN SESIÓN ORDINARIA, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y CONVOCATORIA DEL PLAN PROVINCIAL DE AHORRO ENERGÉTICO DE 2019 Y SE CONVOCA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES A FAVOR DE AYUNTAMIENTOS PARA LA REDACCIÓN DE LOS PROYECTOS INCLUIDOS EN DICHO PLAN (CONVOCATORIA ANTICIPADA PARA LA ANUALIDAD 2019).
BDNS(Identif.):433758
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero.- Beneficiarios: 
Podrán optar a estas ayudas los municipios de la provincia de Alicante que cumplan los requisitos establecidos en la base segunda de las que rigen la convocatoria, entre ellas, las siguientes:  
Estar adherido al Pacto de los Alcaldes y haber sido registrado oficialmente en la Oficina del Pacto de los Alcaldes en Bruselas.
Haber realizado el Plan de Acción de Energía Sostenible y haberlo presentado. Haber rellenado las fichas resumen  del Inventario de Emisiones y del Plan de Acción de Energía Sostenible en la Web del Pacto de los Alcaldes. 
Segundo.- Objeto:
Es objeto de la presente convocatoria la aprobación del Plan Provincial de Ahorro Energético de 2019 y la concesión de subvenciones a favor de Ayuntamientos para la redacción de los proyectos incluidos en dicho Plan, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva ordinaria. La ejecución de los proyectos que se incluyan en el Plan se prevé mediante posteriores convocatorias según disponibilidades presupuestarias.
Cuarto.- Cuantía: 
La presente convocatoria es objeto de tramitación anticipada, quedando el total de subvenciones no monetarias a otorgar a través del presente procedimiento limitado por la cuantía total máxima de 150.000,00 euros (IVA incluido). Esta cuantía tiene carácter estimado, quedando la concesión de las subvenciones condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el Presupuesto Provincial de 2019, operando como límite global el crédito que inicialmente se consigne en las aplicaciones correspondientes de dicho Presupuesto.
La subvención a otorgar a los ayuntamientos beneficiarios será del 100 % del presupuesto máximo de la subvención, que será ejecutado por la Excma. Diputación Provincial de Alicante.
El presupuesto máximo de la subvención por actuación solicitada es de 2.500 € (IVA incluido). La subvención consiste en la redacción de Proyectos/Proyectos Simplificados/Memorias Valoradas necesarios. 
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes:
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2008, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes será de 20 DIAS HÁBILES, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia [Alacant Nº 7 de 10/01/2019 ]. Sí el último día del plazo fuese sábado, domingo o festivo se trasladará al siguiente día hábil. -del 11 de enero al 7 de febrero de 2019, a.i.-
Sexto.- Otros datos:
La documentación a aportar se detalla en la Base Quinta de la Convocatoria, figurando en la misma un anexo como modelo de solicitud que incluye declaración responsable, compromisos que se adquieren.

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