lunes, 24 de abril de 2017

11 becas de formación para titulados universitarios (en materias relativas a la actividad presupuestaria y fiscal de la Hacienda Pública). Instituto de Estudios Fiscales

BDNS(Identif.):341799
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).
Primero. Beneficiarios:
Podrán concurrir a la convocatoria de estas becas todas aquellas personas de nacionalidad española o nacional de algún Estado miembro de la Unión Europea y que se encuentren al término del plazo de presentación de solicitudes en posesión del título de Grado, de acuerdo con el RD 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, o de Licenciado, Ingeniero, o titulación superior equivalente, dependiendo del Área solicitada. En los supuestos de haber obtenido la titulación en universidades extranjeras será necesaria la previa homologación o reconocimiento de título académico por resolución definitiva antes del día de finalización del plazo de presentación de solicitudes. En todo caso, el título deberá haberse obtenido entre los años 2013 a 2017 (ambos incluidos).
Segundo. Objeto:
Contribuir a su formación en el ejercicio de tareas formativas e investigadoras en materias relativas a la actividad presupuestaria y fiscal de la Hacienda Pública.
Tercero. Bases reguladoras:
Orden EHA/510/2007, de 5 de marzo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Instituto de Estudios Fiscales.
Cuarto. Cuantía:
Se convocan 11 becas por 150.642,58 euros anuales. La cuantía individual de la beca será de 1.100 euros mensuales brutos, y se abonará por mensualidades vencidas. En todos los pagos se efectuará la correspondiente retención a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y de la cotización a la Seguridad Social.
Igualmente se habilitará un fondo de 12.000 euros para financiar los gastos derivados de la asistencia a cursos, seminarios o actividades que se determinen, a propuesta del tutor o de los responsables de las unidades del Instituto a las que se incorpore el becario.
El periodo máximo de disfrute de las becas será de 12 meses y, podrá ser prorrogada si fuera conveniente para el programa de formación y lo permitieran las disponibilidades presupuestarias, por otro año más.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de instancias finalizará el 9 de mayo de 2017.

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