viernes, 14 de abril de 2017

subvenciones para la elaboración y evaluación de Planes de Igualdad de género, anualidad 2017, a Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) de la provincia de Alicante

BDNS(Identif.):342085
Extracto del Decreto de la Sra. Diputada de Familia y Ciudadanía núm. 10186 de fecha 6 de abril de 2017, por el que se convocan subvenciones a Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) de la provincia de Alicante para la elaboración y evaluación de Planes de Igualdad de género, anualidad 2017.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios:

Podrán concurrir a la presente convocatoria aquellos Ayuntamientos y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio (E.A.T.I.M.) que pertenezcan a la provincia de Alicante.
Segundo. Objeto:
Serán subvencionables los proyectos que tengan como finalidad:
4.1.-
La elaboración de un plan de igualdad de género, ya sea por vez primera o se trate de un segundo o posterior plan.
A efectos de esta convocatoria, se entiende por elaboración todos aquellos trabajos destinados a:
· la confección de un diagnóstico previo incluyendo aquí todo lo relativo a la recogida de información, cumplimentación de encuestas para evaluar la situación de partida en materia de igualdad, análisis de situación y contexto social, formación previa para la elaboración del plan, etc.;
· la propia redacción del plan;
· el diseño, impresión y edición del plan.
4.2.- La evaluación externa del plan de igualdad, ya se trate de una evaluación intermedia como de una evaluación a la finalización de la vigencia del mismo, en el que se detalle el grado de cumplimiento y los resultados según las líneas estratégicas o acciones contempladas.
Cuarto. Cuantía: Las subvenciones previstas en la presente Convocatoria se concederán con cargo a los créditos consignados en la aplicación 23.2318.4620100, del Presupuesto Provincial para el ejercicio 2017 por una cuantía máxima de CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHENTA Y SIETE EUROS CON CINCUENTA CÉNTIMOS (49.187,50 €, pudiendo alcanzar hasta el 100% de la cantidad solicitada como subvención, sin que en ningún caso pueda, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, superar el coste de la actividad a desarrollar por la Entidad local beneficiaria, con el límite de 3.000 euros por entidad.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.),[Nº 72 de 12/04/2017] {del 13 de abril al 9 de mayo de 2017, a.i.} por conducto de la Base Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación. En caso de que el último día del plazo fuese inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia