miércoles, 19 de abril de 2017

Bolsa de Empleo de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos. Ayuntamiento de Orihuela. (Baix Segura-Alacant)

El Ayuntamiento de Orihuela convoca pruebas selectivas para la constitución de una bolsa de trabajo para cubrir mediante nombramiento interino, plazas de INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS, cuyas bases fueron aprobadas por resolución del Concejal Delegado de Recursos Humanos Nº 2017-0648 de fecha 17/03/2017, y que a continuación se transcriben íntegras: 
B A S E S BASES PARA LA CONSTITUCION DE UNA BOLSA DE EMPLEO DE INGENIERO DE CAMINOS, CANALES Y PUERTOS CON CARACTER INTERINO.
PRIMERA: OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Es objeto de la presente convocatoria la constitución de una Bolsa de Empleo para provisión, mediante nombramiento interino, de plazas de INGENIERO . DE CAMINOS CANALES Y PUERTOS encuadradas en el Grupo A, Subgrupo A1 de la Escala de Administración Especial, Subescala Técnica; Clase, Técnico Superior, que se encuentren vacantes en la plantilla de funcionarios de este Ayuntamiento. 
SEGUNDA: REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder participar en el Concurso-Oposición los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o nacional de uno de los restantes Estados miembros de la Unión Europea; o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores según los tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España y la Ley 17/93 de 23 de diciembre.
b) Tener cumplidos 16 años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del Título de Ingeniero de Caminos, Canales y Puertos o Título equivalente que habilite para el ejercicio de la profesión regulada. 
d) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones de la plaza convocada.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionarios, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
Todos los requisitos exigidos en la presente base, habrán de cumplirse en el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta llegar a la toma de posesión.
TERCERA: SOLICITUDES. Quienes deseen tomar parte en las pruebas lo solici tarán mediante instancia dirigida al presidente de la Corporación, en la que deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la base segunda, referidos a la fecha en que termina el plazo de presentación de instancias.
Las instancias se acompañarán de justificante acreditativo de haber ingresado en la Tesorería Municipal la cantidad de 24,04 €., en concepto de derechos de examen, estarán exentos del pago de la tasa las personas con discapacidad igual o superior al 33%, debiendo acreditar este extremo, igualmente, mediante documento justificativo acompañará a la solicitud, debidamente compulsado.
Dichas tasas se harán efectivas directamente o mediante transferencia, en la cuenta del Ayuntamiento de Caja Murcia (Banco Mare Nostrum - BMN) y cuyo código de identificación es ES94-0487.0421.55.2080000071, especificando en el documento de ingreso a que prueba selectiva corresponde.
Se presentarán dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.[Nº 73 de 18/04/2017] {del 19 de abril al 10 de mayo de 2017, a.i.}
El impago de los derechos de examen o el hecho de no aportar el justificante del ingreso, dará lugar a la exclusión del aspirante, en la resolución por la que se apruebe la relación de aspirantes admitidos.

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