viernes, 29 de julio de 2011

subvenciones a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de actuación de infraestructuras científico-tecnológicas, del Plan Nacional de Investi

Resolución de 30 de junio de 2011, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2011 del procedimiento de concesión de subvenciones a la ciencia y tecnología en la línea instrumental de actuación de infraestructuras científico-tecnológicas, del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011.
1. Objetivos de la subvención. La finalidad que se persigue con estas ayudas, que pertenecen al Subprograma para adquisición de infraestructura científico-técnica en los centros de I+D+i agroalimentaria dependientes del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria y de las Comunidades Autónomas, es el apoyo a la investigación agroalimentaria a través de la dotación de infraestructura necesaria para el desarrollo de una actividad de I+D competitiva.
5. Descripción de los gastos subvencionables. Serán financiables los gastos derivados de la adquisición e instalación de nuevo equipamiento científico-técnico, de la modernización y mejora de prestaciones del equipamiento ya existente, y de la adquisición de equipamiento para la gestión de la documentación científica. No podrá financiarse mobiliario de administración, equipamiento para laboratorios de alumnos o docencia en general.
6. Plazo de realización. El plazo de realización de la actividad objeto de ayuda será entre el 1 de enero de 2011 hasta el 31 de marzo de 2012.
7. Beneficiarios. De acuerdo con lo establecido en el artículo 89 de la Orden CIN/1862/2009, de 7 de julio podrán ser beneficiarios de las subvenciones convocadas en este subprograma:
Los centros públicos de investigación agraria y alimentaria del INIA y de las Comunidades Autónomas, cuyas actuaciones estén localizadas en la regiones de los Objetivos de Convergencia, Phasing Out y Phasing in.
Los centros dependientes de las Comunidades Autónomas deberán estar integrados en las Consejerías responsables de la investigación agroalimentaria de las CC.AA. y participantes en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria.
11. Presentación de documentos en las distintas fases del procedimiento. 1. En virtud de lo previsto en los artículo 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre y en artículo 20 de la Orden CIN/1862/2009, de 7 de julio, la publicación y notificación de los actos adoptados en el procedimiento de concesión, seguimiento, justificación y reintegro de las ayudas previstas en este subprograma se realizará mediante su inserción en la web www.inia.es, surtiendo todos los efectos de notificación practicada, sin perjuicio de su notificación por escrito a los beneficiarios.
2. Sin perjuicio de lo anterior, el órgano de instrucción podrá remitir a los interesados avisos de las publicaciones producidas, mediante mensajes de correo electrónico. Dichos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada.
3. La presentación de documentación por los beneficiarios en los procedimientos de concesión y justificación se efectuará de forma telemática a través de las aplicaciones disponibles en la web www.inia.es, en la forma que se describe para cada procedimiento en esta convocatoria.
12. Formalización y presentación de las solicitudes. 1. Plazo de presentación de solicitudes: El plazo de presentación de solicitudes será del 1 al 30 de septiembre de 2011, ambos incluidos.

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