miércoles, 7 de diciembre de 2016

1 plaza de Facultativo Especialista de Área de Obstetricia y Ginecología, en el Hospital de Jaca (Adscrito al Hospital San Jorge de Huesca)

- RESOLUCIÓN de 18 de noviembre de 2016, de la Gerencia de Sector de Huesca, del Servicio Aragonés de Salud, por la que se convoca procedimiento de selección para la provisión, con carácter temporal, de una plaza de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Obstetricia y Ginecología, en el Hospital de Jaca (Adscrito al Hospital San Jorge de Huesca)..
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... convocar procedimiento selectivo para la provisión temporal de una plaza vacante, de la categoría de Facultativo Especialista de Área de Obstetricia y Ginecología, con arreglo a las siguientes bases:
1. Número de plazas, situación y especialidad.
Una plaza vacante, de Facultativo Especialista de Área de Obstetricia y Ginecología en el Hospital de Jaca (Adscrito al Hospital San Jorge de Huesca).
2. Características del puesto de trabajo.
a) Centros de trabajo. - Hospital de Jaca (adscrito al Hospital San Jorge de Huesca mediante Orden de 17 de junio de 2015, del Departamento de Sanidad, Bienestar Social y Familia, por la que se publica el Acuerdo del Gobierno de Aragón de 11 de junio de 2015, por el que se adscribe al personal procedente del extinto Consorcio Aragonés Sanitario de Alta Resolución al Servicio Aragonés de Salud y se modifican las plantillas orgánicas de determinados centros con las dotaciones necesarias para la citada adscripción, de dicho personal; "Boletín Oficial de Aragón", número 123, de 30 de junio de 2015.
b) Jornada de trabajo. - La dedicación del personal seleccionado será en turno de mañanas y/o tardes, prestando sus servicios en régimen de dedicación exclusiva, salvo que se opte por la no percepción del complemento Específico y se obtenga la oportuna autorización de compatibilidad.
c) Funciones. - Las propias de la profesión de Facultativo Especialista en Obstetricia y Ginecología en la correspondiente Unidad Clínica y programas que pudieran implantarse.
d) Retribuciones. - Las que correspondan para este puesto de trabajo según las disposiciones, acuerdos y pactos vigentes.
e) Tipo de nombramiento. - Al facultativo seleccionado para desempeñar las funciones de la plaza convocada, se le expedirá nombramiento de personal estatutario temporal de carácter interino. Se dispondrá el cese en el nombramiento citado cuando se incorpore personal fijo, por el procedimiento legal o reglamentariamente establecido, a la plaza desempeñada interinamente, así como cuando dicha plaza resulte amortizada.
3. Requisitos de los aspirantes.
a) Poseer la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del empleado público, en cuanto al acceso al empleo público de nacionales de otros Estados.
b) Estar en posesión del título oficial de especialista en Obstetricia y Ginecología, expedido por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerlo dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación por el Ministerio de Educación, o en condiciones de obtenerla dentro del plazo de presentación de solicitudes.
c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones y tareas propias de la categoría y especialidad convocada.
d) Tener cumplidos dieciséis años, y no exceder de la edad de jubilación forzosa de 65 años.
e) No haber sido separado del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier Servicio de Salud o Administración pública en los seis años anteriores, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas, ni para el ejercicio de la profesión de Médico. En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el apartado A), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente, que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
f) No tener la condición de personal estatutario fijo, ya sea en activo o en excedencia, de la misma categoría y especialidad convocada, en el Sistema Nacional de Salud.
g) No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.
Los requisitos exigidos en esta base tercera deberán poseerse el día de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión.
4. Solicitudes y documentación.
Los interesados en participar en esta convocatoria, deberán presentar solicitud, dirigida a la Gerencia de Sector de Huesca del Servicio Aragonés de Salud, Av. Martínez de Velasco, 36 Huesca 22004, en el modelo que se adjunta como anexo I. Junto con la citada solicitud, presentarán necesariamente los siguientes documentos:
- Copia del DNI, NIE, pasaporte o documento acreditativo de identidad.
- Copia del título oficial exigido.
- Breve currículum vitae donde figuren los datos personales, formación académica, experiencia profesional, así como actividades formativas, docentes y de investigación.
- El formulario de auto-baremación que se acompaña como anexo II.
- Copia de los documentos acreditativos de los méritos que se aleguen, los cuales serán valorados de conformidad con el baremo que se adjunta como anexo III, y que deberán poseerse en la fecha de publicación de esta convocatoria, sin que puedan computarse los adquiridos con posterioridad. La experiencia profesional se justificará mediante un certificado de servicios prestados.
5. Plazo y lugares de presentación.
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el "Boletín Oficial de Aragón". {del 8 al 27 de diciembre de 2016, a.i.}
Las solicitudes, junto con los demás documentos citados en la base anterior, podrán presentarse en la Oficina de Registro del Hospital San Jorge, a través de las Unidades de Registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No se admitirán documentos acreditativos de méritos presentados fuera del plazo de presentación de solicitudes, salvo imposibilidad material por causa ajena al aspirante, alegada y probada por éste, y debidamente apreciada por el órgano convocante.

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