Orden EIC/414/2017, de 9 de mayo, por la que se convoca la cuarta edición de los Premios Nacionales de la Moda.
Primero. Convocatoria. Se convoca la cuarta edición de los Premios
Nacionales de la Moda, correspondiente a la convocatoria de 2016, cuyas
bases reguladoras son las que figuran en la Orden IET/398/2016, de 19 de
febrero, por la que se aprueban las bases reguladoras para la
organización, gestión y concesión de los Premios Nacionales de la Moda
durante el período 2015-2016 y se efectúa la convocatoria
correspondiente al año 2015.
Segundo. Actuaciones objeto de galardón y requisitos de los candidatos. La convocatoria de los Premios Nacionales de la
Moda en su cuarta edición tiene como objeto galardonar las siguientes
actuaciones:
a) Premio Nacional Honorífico a la Gran Empresa
del Sector de la Industria de la Moda. El premio será una distinción
otorgada por el Jurado y tiene como objetivo valorar a una Gran Empresa
de especial relevancia que haya realizado un esfuerzo continuado y
modélico en la industria del sector y en todas las áreas relacionadas
con el mismo, valorando actuaciones relacionadas con diseño, tecnología,
arte, cultura, producción, innovación, distribución,
internacionalización y empleo, adecuando su labor a las nuevas
circunstancias del sector, y además, haber realizado una eficaz gestión
de los recursos humanos y materiales.
b) Premio Nacional a la PYME del Sector de la
Industria de la Moda. El premio valorará a la PYME que haya realizado un
esfuerzo continuado y modélico en la industria del sector y en todas
las áreas relacionadas con el mismo, valorando actuaciones relacionadas
con diseño, tecnología, arte, cultura, producción, innovación,
distribución, internacionalización y empleo, adecuando su labor a las
nuevas circunstancias del sector, y además, haber realizado una eficaz
gestión de los recursos humanos y materiales.
A los efectos de este premio, se entenderán por
pequeñas y medianas empresas las definidas por el anexo I del Reglamento
(UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se
declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado
interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea.
c) Premio Nacional al Emprendimiento del Sector
de la Industria de la Moda. El premio valorará al emprendedor o empresa
emprendedora que haya destacado por la introducción de nuevos conceptos
en la industria del sector en cualquiera de las áreas relacionadas con
el mismo, reconociendo su capacidad de aportar soluciones novedosas que
le hayan permitido posicionarse en el mercado.
A los premios b) y c) podrán acceder aquellas
empresas y emprendedores del sector que hayan abierto nuevas
oportunidades de negocio, que hayan conseguido un alto nivel de calidad y
con un marcado esfuerzo en innovación tecnológica, tanto en procesos y
productos como en la gestión del negocio.
También se tendrán en cuenta especialmente la
evolución y el dinamismo de las empresas y emprendedores del sector en
sus exportaciones e inversiones en el exterior, su esfuerzo en la
promoción exterior y la internacionalización, incluida su versión on
line, su estrategia de gestión de la marca como factor de competitividad
internacional y su contribución a la mejora de la imagen internacional
de nuestro país, contribuyendo a desarrollar la «Marca España».
Igualmente se podrá reconocer a aquellas empresas
y emprendedores del sector que, mediante la distribución y la
comercialización de sus productos, se hayan convertido en actores
principales del negocio de la moda alrededor de España y del mundo, y
que con ello hayan contribuido de modo muy significativo a incrementar
la competitividad de la industria española de la moda y a consolidar su
posición en el mercado nacional e internacional.
d) Premio Nacional al Diseñador de Moda. Este
premio tendrá dos modalidades: Premio Nacional a la Trayectoria y Premio
Nacional al Nuevo Valor.
A la Trayectoria: Accederán al mismo aquellos
diseñadores de amplia trayectoria profesional con prestigio, proyección
social y méritos reconocidos, que les haga acreedores de dicho
reconocimiento.
Además, el premio tiene como objetivo que el
candidato elegido sea ejemplo en el sector y sirva de punto de
referencia para jóvenes y emprendedores del mismo.
Nuevo Valor: Con él se pretende distinguir, con
carácter personal, a un diseñador de corta trayectoria profesional, pero
que haya desarrollado un trabajo meritorio y que sea ejemplo para otros
diseñadores.
Además, este premio tiene como objetivo que el
candidato elegido sea ejemplo en el sector y sirva de punto de
referencia para jóvenes y emprendedores del mismo.
e) Premio Nacional a las Industrias de Cabecera
de la Moda. Con éste premio se quiere reconocer la importancia de los
curtidos y de las otras materias primas, a través de la industria
productora de hilados, tejidos, componentes de calzado y otros
accesorios como punto de partida en el proceso de transformación
productiva para las empresas del sector, su papel en las cadenas de
valor, en la diversificación e innovación de la oferta en el sector, su
aportación al fortalecimiento de la productividad, la mejora en sus
rendimientos, el respeto al medio ambiente y como proveedores de las
industrias de la moda.
f) Premio Nacional a la Comunicación en el sector de la Industria de la Moda.
g) Premio Nacional a la Academia y a la Cultura en el sector de Industria de la Moda.
En las modalidades f) y g) se premiarán a
personas, instituciones y organizaciones que destaquen por su labor de
puesta en valor del Sector de la Industria de la Moda Española, desde el
ámbito de la comunicación, de la información y de los medios de
difusión en un caso y desde el entorno académico y de la cultura en el
otro.
Con estas dos últimas modalidades de premios se
reconocerá, por un lado, a todos aquellos relacionados con los medios de
comunicación y que han contribuido a difundir la actividad de la
industria de la moda, su reconocimiento social y su promoción nacional e
internacional y con ello, hayan logrado mejorar el posicionamiento del
Sector de la Industria de la Moda española.
Pero, también se premiarán a aquellas personas,
instituciones y organizaciones académicas o culturales que, o bien han
tenido un papel destacado en la formación de profesionales
especializados dando una visión integral de la moda y del sector
industrial que la rodea y que conocen los principales aspectos y
singularidades de la misma; o bien han logrado difundir los diferentes
valores que representa el Sector de la Industria de la Moda en nuestra
sociedad.
Tercero. Presentación de candidaturas. 1. Las candidaturas a cualquiera de las
modalidades de los premios, a excepción del Premio Nacional Honorífico a
la Gran Empresa, necesariamente se formularán mediante una carta o
propuesta que deberá ir acompañada de un breve dossier con información
de la candidatura y los motivos por los que se presenta a los Premios.
A los efectos de facilitar la presentación y la
clasificación de las candidaturas, las solicitudes deberán incluir el
Anexo de esta orden en la documentación para la identificación de la
candidatura.
Las candidaturas podrán ser presentadas
directamente por el propio candidato o por las personas o entidades que a
continuación se relacionan:
a) Representantes en la Mesa de la Industria de la Moda.
b) Departamentos y otros organismos
pertenecientes a la Administración General del Estado, a los gobiernos
de las comunidades autónomas o entidades regionales y locales con
competencias en el Sector de la Industria de la Moda.
c) Centros de enseñanza relacionados con todas
las actividades y subsectores de la Industria de la Moda, tanto públicos
como privados.
d) Centros tecnológicos relacionados con todas
las actividades y subsectores de la Industria de la Moda y dotados de
personalidad jurídica propia.
e) Cámaras de Comercio, Industria y Navegación.
f) Fundaciones, asociaciones y federaciones y
otras entidades sin ánimo de lucro relacionadas con el Sector de la
Industria de la Moda.
g) Cualquier otro organismo o entidad relacionados con el Sector de Industria de la Moda.
2. La presentación deberá incluir los datos
correspondientes al candidato, a la modalidad del premio a la que se
presentan y una descripción de los méritos que en ellas concurren para
optar al mismo, y en su caso, además los datos correspondientes a la
persona o entidad que propone a otro candidato.
Además si se trata de una persona jurídica se
deben facilitar los datos correspondientes a la sede social de la
empresa cuya candidatura se propone, así como la persona de contacto, el
número de teléfono, el de fax y una dirección de correo electrónico
para futuras comunicaciones.
También es necesario la presentación de la
documentación acreditativa de que el candidato se halla al corriente de
las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, o en su
defecto, autorizar expresamente a la Secretaría General de Industria y
de la Pequeña y Mediana Empresa a consultar los datos de comprobación de
que la empresa se halla al corriente en el cumplimiento de las
obligaciones tributarias y sociales mediante escrito, que se acompañará a
la candidatura.
Además, los candidatos deberán declarar
expresamente su adhesión a los principios de RSE y respeto de los
convenios citados anteriormente.
Un mismo candidato puede proponerse o ser
propuesto para una o varias modalidades de los premios, a excepción del
Premio Nacional Honorífico a la Gran Empresa del Sector de la Industria
de la Moda, para lo que es requisito imprescindible enviar una propuesta
de candidatura distinta y completa, con toda la documentación
requerida, por cada candidatura presentada.
3. No podrán optar a premio ninguna persona
física o jurídica en la que concurra cualquiera de las circunstancias
expresadas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones.
4. La documentación presentada no será devuelta,
ni se mantendrá correspondencia sobre la misma. No podrá presentarse
documentación adicional una vez finalizado el plazo de admisión de
candidaturas, salvo la que sea requerida por el Comité de valoración
técnica o el Jurado correspondientes.
Cuarto. Plazo y lugar de presentación de candidaturas.
1. El plazo de presentación de candidaturas será
de treinta días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación
de esta orden en el «Boletín Oficial del Estado». {del 13 de mayo al 23 de junio de 2017, a.i.}
2. Las solicitudes y demás documentación deberán
ir dirigidos a la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y
Mediana Empresa y podrán presentarse en el registro electrónico del
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad, creado con el fin de
facilitar el acceso por medios electrónicos a la información y
procedimientos administrativos.
También se podrán presentar en el Registro
General del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad (paseo de
la Castellana, número 162, 28046 Madrid), o en cualquiera de los
registros y oficinas previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia