Extracto de la Orden de 12 de mayo de 2017, por la que se convocan
las subvenciones destinadas a instituciones y entidades de cualquier
titularidad, sin ánimo de lucro, para el fomento de la donación y el trasplante de órganos y tejidos humanos.
BDNS(Identif.): 347268
De conformidad con lo previsto en los artículos
17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios:
Los centros hospitalarios sin fines de lucro, de
cualquier titularidad, autorizados para la práctica de extracciones y/o
trasplante de órganos sólidos, y que hayan tenido actividad de
extracción y/o trasplante durante el año previo al de la convocatoria,
las oficinas de coordinación autonómica de trasplantes, adscritas a las
Administraciones Sanitarias de las Comunidades Autónomas, así como
aquellas entidades sin fines de lucro, de cualquier titularidad,
dependientes de las Administraciones Sanitarias o que colaboren con
ellas.
Segundo. Objeto:
Promover la donación y el trasplante de órganos y
tejidos humanos, con el fin de fomentar actividades encaminadas a
mejorar los índices de donación, de modo que se optimice el número de
trasplantes efectuados así como su calidad y viabilidad.
Tercero. Bases Reguladoras:
Orden SSI/248/2014, de 17 de febrero, por la que
se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones
destinadas a instituciones sin fines de lucro para fomentar la donación y
el trasplante de órganos, tejidos y células. ("BOE" núm. 47, de 24 de
febrero de 2014).
Cuarto. Cuantía:
Las subvenciones se financiarán con cargo a la
aplicación 26.04.3110O.481 de los Presupuestos Generales del Estado del
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para 2017, por un
importe global máximo de 2.059.170 euros.
El 50 por ciento se destina a las subvenciones
para compensar la extracción, el trasplante así como la calidad y la
seguridad de los órganos humanos.
El 50 por ciento se destina a las subvenciones
para compensar la formación en el ámbito de la donación y el trasplante
de órganos, tejidos y células.
Quinto. Plazo de solicitud:
Treinta días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el "BOE". {del 26 de mayo al 26* de junio de 2017, a.i.} [https://www.msssi.gob.es/]
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