sábado, 5 de mayo de 2018

subvenciones a los Programas de Escuelas Taller y Casas de Oficios y de Talleres de Empleo. Servicio Público de Empleo Estatal -SEPE-

BDNS(Identif.):395906
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans:
Primero. Beneficiarios. Órganos de la Administración general del Estado.
Segundo. Objeto. Desarrollo de proyectos de Escuelas Taller, Casas de Oficios, Talleres de Empleo y Unidades de Promoción y Desarrollo, en el ámbito exclusivo de gestión del Servicio Público de Empleo Estatal de proyectos en colaboración con órganos de la Administración General del Estado con cargo a la reserva de crédito establecida en su presupuesto de gastos a los que se refiere el artículo 18.h).3 del texto refundido de la Ley de Empleo (Real Decreto Legislativo 3/2015, de 23 de octubre).
Todos los proyectos que se pretenden subvencionar se configuran como programas mixtos de formación y empleo que tienen por finalidad mejorar las posibilidades de inserción de las personas trabajadoras que participen en ellos.
Tercero. Bases Reguladoras. La convocatoria se efectúa de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de noviembre de 2001, por la que se regulan el programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios y las Unidades de Promoción y Desarrollo y se establecen las bases reguladoras dela concesión de subvenciones públicas a dichos programas; en la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de noviembre de 2001, por la que se desarrolla el Real Decreto 282/1999, de 22 de febrero, por el que se establece el Programa de Talleres de Empleo.
Cuarto. Cuantía. Las subvenciones previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo a los créditos presupuestarios 19.101.000X.400.01 del Presupuesto de Gastos del Servicio Público de Empleo Estatal, por una cuantía total máxima de 11.360.000 euros, con la siguiente distribución por anualidades:
- 9.050.000 euros en 2018.
- 2.310.000 euros en 2019.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el "Boletín Oficial del Estado". {del 4 al 18 de mayo de 2018, a.i.}
Sexto. Otros datos. Las solicitudes para esta convocatoria se presentarán según los términos establecidos en el artículo 14 de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de noviembre de 2001 por la que se regulan el programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios y las Unidades de Promoción y Desarrollo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a dichos programas; en el artículo 10 de la Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 14 de noviembre de 2001, por la que se desarrolla el Real Decreto 282/1999, de 22 de febrero, por el que se establece el Programa de Talleres de Empleo, y se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas a dicho programa; y en el artículo 3 de la Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, dirigidas a la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal. Se podrán presentar en la sede central del Servicio Público de Empleo Estatal, sita en la calle Condesa de Venadito, número 9, 28027 Madrid, o en las Direcciones Provinciales de dicho Servicio Público de Empleo Estatal. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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