lunes, 24 de septiembre de 2018

ayudas para proyectos de salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial correspondientes a 2018.

BDNS(Identif.): 415574
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b y 20.8 a. de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios. Podrán concurrir a esta convocatoria de ayudas las personas jurídicas sin ánimo de lucro del sector público o privado, que deberán estar legalmente constituidas a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: ayuntamientos, diputaciones, mancomunidades y otros entes locales, asociaciones e instituciones sin fines de lucro, universidades y entidades dependientes de comunidades autónomas.
Los solicitantes deberán acreditar su capacidad y adecuación para la realización de la actividad para la que se solicita la ayuda.
Segundo. Finalidad. Las ayudas convocadas tienen por objeto la realización de proyectos de documentación, investigación, transmisión, perpetuación, difusión y promoción del Patrimonio Cultural Inmaterial. Serán objeto de atención prioritaria aquellos proyectos que afecten a bienes culturales inmateriales que hayan sido expresamente protegidos por la normativa de Patrimonio Cultural (declarados con la categoría de Manifestación Representativa del Patrimonio Cultural Inmaterial, Bien de Interés Cultural o asimilables) o que estén incluidos en los sistemas de inventarios, catálogos o atlas de Patrimonio Inmaterial gestionados por las administraciones competentes.
Las ayudas se convocan con los siguientes fines:
a. Favorecer la salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial en España, especialmente aquel que se encuentre en situación de peligro o vulnerabilidad.
b. Contribuir a la protección y salvaguarda de los bienes culturales inmateriales declarados por la normativa de Patrimonio Cultural de España.
c. Impulsar la transmisión, difusión y conocimiento del Patrimonio Cultural Inmaterial.
d. Apoyar proyectos que sirvan de marco de actuación a un conjunto de bienes, o que planteen soluciones que contribuyan a mejorar la sostenibilidad y las capacidades de gestión del Patrimonio Cultural Inmaterial a nivel general.
e. Apoyar aquellos proyectos que ayuden a fomentar la función social del Patrimonio Cultural Inmaterial.
Tercero. Bases Reguladoras. ORDEN CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos.
Cuarto. Importe. El importe máximo imputable a la totalidad de las ayudas será de 234.000 €.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes. Treinta días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el BOE.{del 25 de septiembre al 24 de octubre de 2018, a.i.

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