jueves, 20 de septiembre de 2018

subvenciones a empresas circenses para la atención educativa a la población itinerante en edad de escolarización obligatoria para el curso escolar 2018-2019.

BDNS(Identif.):415043
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):
Primero. Beneficiarios: Empresas y/o empresarios individuales, legalmente constituidos, dedicados a la actividad circense, cuya itinerancia sea permanente durante el período escolar lectivo.
Segundo. Finalidad: Atención educativa de los niños que, por desplazarse con los circos, no pueden asistir con regularidad a un centro educativo ordinario.
Tercero. Bases reguladoras: ORDEN ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE del 12 de mayo).
Cuarto. Importe: Importe total de la convocatoria: 60.000 euros. Cuantía máxima individual de subvención por circo: 3.000 euros.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: Diez días naturales, a partir del día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado. {del 21 de septiembre al 4 de octubre de 2018, a.i.}

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