miércoles, 19 de septiembre de 2018

Premios Nacionales de Juventud, 2018: a) Compromiso social. Reconocimiento a la labor desarrollada en el ámbito social y el voluntariado. b) Cultura. Reconocimiento a la utilización de disciplinas artísticas para transmitir valores. c) Medio Ambiente. Reconocimiento a la realización de actuaciones que fomenten el respeto al medioambiente. d) Deporte. Reconocimiento a actuaciones realizadas para que el deporte sea un medio para adquirir y transmitir valores entre los más jóvenes. e) Ciencia y tecnología. Reconocimiento a iniciativas o actuaciones desarrolladas en el ámbito de la ciencia y la tecnología. f) Derechos humanos. Reconocimiento a iniciativas o actuaciones desarrolladas en el ámbito de los derechos humanos.

Artículo 1. Objeto.
1. Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de concesión de los Premios Nacionales de Juventud cuya finalidad es la de estimular y reconocer la trayectoria y el esfuerzo de aquellos jóvenes que por su dedicación en su trabajo y su implicación personal, ponen de manifiesto su compromiso en distintos ámbitos de la sociedad, en concreto en las siguientes categorías:
a) Compromiso social. Reconocimiento a la labor desarrollada en el ámbito social y el voluntariado.
b) Cultura. Reconocimiento a la utilización de disciplinas artísticas para transmitir valores.
c) Medio Ambiente. Reconocimiento a la realización de actuaciones que fomenten el respeto al medioambiente.
d) Deporte. Reconocimiento a actuaciones realizadas para que el deporte sea un medio para adquirir y transmitir valores entre los más jóvenes.
e) Ciencia y tecnología. Reconocimiento a iniciativas o actuaciones desarrolladas en el ámbito de la ciencia y la tecnología.
f) Derechos humanos. Reconocimiento a iniciativas o actuaciones desarrolladas en el ámbito de los derechos humanos.
2. Estos premios se convocarán anualmente.
Artículo 3. Destinatarios. Los Premios Nacionales de Juventud están dirigidos a jóvenes de nacionalidad española, y a todos aquellos con residencia legal en España, que no superen la edad de treinta años en la fecha límite de la presentación de las candidaturas. 
Artículo 4. Presentación de las candidaturas. 1. Podrán presentar candidaturas a los premios, las entidades públicas o privadas que estén relacionadas con el objeto de los premios y que tengan sede legal en España.
Cada candidatura sólo podrá ser presentada en una de las seis categorías recogidas en el artículo 1.
Los ganadores de anteriores ediciones de los Premios Nacionales de Juventud no podrán ser candidatos de nuevo.
2. La solicitud de participación en la convocatoria de los Premios Nacionales de Juventud deberá formalizarse en el modelo de solicitud que se facilite por cada convocatoria que se realice.
Las candidaturas, dirigidas a la persona titular de la Dirección General del Instituto de la Juventud, se presentarán a través de la sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, de conformidad con el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La presentación de candidaturas deberá realizarse en el plazo que establezca la correspondiente convocatoria, que en ningún caso superará el de los treinta días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
3. La documentación que deberá acompañarse a la solicitud y que, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, deberá presentarse de manera electrónica salvo en los casos en que su conversión a dicho formato no sea posible, es la siguiente:
a) Una memoria en la que se hará constar los motivos que fundamentan la candidatura que se presenta y a la que se da su respaldo, la actuación concreta realizada por el candidato por la que se opta a uno de los premios previstos en el artículo 1, los motivos por los que la actuación se considera modélica e innovadora, así como el impacto positivo de dicha actuación.
En el caso de la categoría de Cultura, en la que la candidatura va asociada a una obra artística concreta que transmite valores, no se presentará el original de la misma sino una reproducción de ésta como parte de la memoria. Los formatos que admite la sede electrónica son jpg, jpeg pdf, doc, docx, xls, xlsx, txt, rtf, odf, tif, tiff y zip. Si el formato del archivo fuera diferente a los indicados o su tamaño excediese al permitido en la sede, deberá remitirse en un cd, dvd, pen drive, u otro dispositivo similar, indicando el número de registro que se ha obtenido al presentar la solicitud por sede electrónica, enviándolo al efecto por correo certificado o mediante su presentación en registro.
b) Documentación acreditativa de la personalidad de la entidad pública o privada que postula la candidatura, mediante certificado del registro en que se encuentren válidamente inscritas en el que se acredite su personalidad jurídica y vigencia actual.
c) Currículum del candidato.
d) Documento en el que el candidato al premio presta su consentimiento para que la entidad pública o privada presente su candidatura a los Premios Nacionales de Juventud.
e) Fotocopia del DNI/NIE del candidato o autorización expresa del candidato para que el órgano competente pueda comprobar los datos mediante el Sistema de Verificación de Datos de Identidad conforme al Real Decreto 522/2006, de 28 de abril, por el que se suprime la aportación de fotocopias de documentos de identidad en los procedimientos administrativos de la Administración General del Estado y de sus organismos públicos vinculados o dependientes.
f) Declaración expresa del candidato, en cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos), en la que queda informado de que sus datos serán incluidos en un fichero de datos de carácter personal titularidad del Instituto de la Juventud, que garantiza la seguridad y confidencialidad de los datos y cuya finalidad es la gestión de convocatorias de ayudas, premios y subvenciones gestionados por el Instituto de la Juventud a través de sus diferentes programas y la gestión económica derivada de éstas, estando previsto cederlos a organismos públicos con competencia en la materia.
g) Reconocimiento expreso del candidato que queda informado de que puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, dirigiéndose mediante comunicación escrita al siguiente domicilio, Instituto de la Juventud, Secretaría General, calle José Ortega y Gasset n.º 71, 28006 Madrid o al correo electrónico atencionalciudadano@injuve.es. Dicha comunicación deberá incluir nombre y apellidos, petición en que se concreta la solicitud, dirección a efectos de notificaciones, fecha y firma.
h) Autorización expresa del candidato a que el Instituto de la Juventud pueda utilizar, publicar o divulgar su nombre y su imagen en las comunicaciones que realice de carácter informativo o divulgativo, y tanto en medios de comunicación escritos en soporte físico, como en Internet.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia